Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 246 Jueves, 27 de diciembre de 2018 Pág. 53912

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

ORDEN de 19 de diciembre de 2018 por la que se hace público el incremento del crédito previsto en la Orden de 12 de septiembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas, gestionado por la Consellería de Política Social.

Con fecha 25 de septiembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 12 de septiembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas, gestionado por la Consellería de Política Social, modificada por la Orden de 28 de septiembre de 2018, publicada en el Diario Oficial de Galicia de 4 de octubre de 2018.

En su artículo 2.2, según lo dispuesto en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, está prevista la ampliación excepcional de los créditos disponibles cuando el aumento venga derivado de una generación, ampliación o incorporación o existan remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o a créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio.

Puesto que el crédito previsto en la citada orden no ha resultado suficiente para atender todas las solicitudes cuyo objeto es susceptible de subvención, y dado que existe crédito disponible en las aplicaciones presupuestarias con cargo a las cuales se financia la convocatoria y se cumplen los requisitos establecidos en los citados artículos, se considera oportuno incrementarlo con el objeto de repartir entre las entidades de iniciativa social que concurran a la convocatoria de ayudas la totalidad de los fondos recaudados para este fin.

Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que me han sido conferidas,

RESUELVO:

Artículo único. Incremento de los créditos

Se incrementa el crédito destinado a la financiación de las ayudas previstas en la Orden de 12 de septiembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas, gestionado por la Consellería de Política Social.

El importe total del citado incremento es de novecientos noventa y tres mil trescientos ocho con setenta euros (993.308,70 €), consignado en las aplicaciones presupuestarias siguientes, en función de las líneas de actuación subvencionables relacionadas en el artículo 5 de la Orden de 12 de septiembre:

Líneas de actuación

Aplicación

Importe

Línea I. Actuaciones en el ámbito de la familia, infancia y dinamización demográfica

12.02.312B.481.1

83.661,30

Línea II. Actuaciones de inclusión social

12.03.313C.481.6

338.714,88

Línea III. Actuaciones de promoción de la autonomía personal y apoyo de personas mayores o con discapacidad

12.04.312E.481.1

220.714,37

Línea IV. Proyectos de inversión y adecuación de centros y unidades de atención destinados a personas mayores o con discapacidad

12.04.312E.781.1

300.000,00

Línea V. Actuaciones destinadas a la juventud

12.05.313A.481.0

20.000,00

Línea VI. Actuaciones destinadas al voluntariado

12.05.312F.481.0

30.218,15

Total

993.308,70

La publicación de esta orden no supone la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 19 de diciembre de 2018

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social