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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Viernes, 28 de diciembre de 2018 Pág. 54461

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (856/2017).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 856/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Miguel Ángel Probaos Otero contra la Federación Gallega de Fútbol, Federación Gallega de Fútbol Sala, siendo parte el Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: despido número 856/2017.

Demandante: Miguel Ángel Probaos Otero.

Letrado: Sr. López Vázquez.

Demandados:

Federación Gallega de Fútbol.

Letrado: Sr. Gallego Rivera.

Federación Gallega de Fútbol Sala.

Letrado:

Fogasa.

Sentencia número 458/18

A Coruña, 21 de noviembre de 2018.

Fallo:

Estimar la demanda sobre despido formulada por Miguel Ángel Probaos Otero frente a la Federación Gallega de Fútbol y, en consecuencia, declaro la improcedencia de dicho despido y condeno a esta última a que readmita, inmediatamente, al trabajador a su puesto de trabajo con las mismas condiciones de trabajo de que disfrutaba en el momento inmediatamente anterior a que no fuera subrogado por esa empresa (31.7.2017), así como a que le pague los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la notificación de esta sentencia, a razón de 25,11 euros/día; o bien, a que extinga la relación laboral con el trabajador satisfaciéndole la indemnización de 621,49 euros.

Desestimar la demanda formulada por el demandante frente a la Federación Gallega de Fútbol Sala absolviéndola de todos los pedimentos formulados frente a ella.

Inscríbase esta resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que, contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Firmada. Javier López Cotelo

Publicada

Firmado. Marta Yanguas del Valle»

Y para que sirva de notificación en legal forma a la Federación Gallega de Fútbol Sala, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 28 de noviembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia