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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 3 Viernes, 4 de enero de 2019 Pág. 508

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (DSP 1118/2017).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 1118/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Jesús Méndez Viña contra Cotemac, S.L., siendo parte el Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Juez: Javier López Cotelo

Procedimiento: despido número 1118/2017

Demandante: Jesús Méndez Viña

Letrado: Sr. Quintáns López

Demandada: Cotemac, S.L.

Letrado: Fogasa

Sentencia 471/2018

A Coruña, 27 de noviembre de 2018

Fallo:

1º. Estimo la demanda sobre despido formulada por Jesús Méndez Viña frente a la empresa Cotemac, S.L. y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido y la extinción de la relación laboral a la fecha de esta sentencia. Todo ello con condena de la empresa al abono de la indemnización detallada en el número segundo de este fallo.

2º. La indemnización a abonar por la empresa demandada, según lo dispuesto en el número anterior, asciende a la cantidad de 8.387,37 euros.

3º. Condeno a la empresa demandada a que abone al trabajador los salarios de tramitación desde la fecha del despido a la fecha de la extinción de la relación laboral en el día de hoy, a razón de 48,41 €/día, lo que da la cantidad de 20.574,25 euros.

El Fogasa deberá pasar por lo resuelto en la presente resolución sin perjuicio de los límites de su responsabilidad cuando proceda.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias, dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Firmada. Javier López Cotelo.

Publicada.

Firmado. Marta Yanguas del Valle.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Cotemac, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 29 de noviembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia