Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 11 Miércoles, 16 de enero de 2019 Pág. 2451

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 26 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades locales para actuaciones de mejora de las infraestructuras turísticas en el medio rural y se anuncia la convocatoria para el año 2019.

BDNS (Identif.): 433340.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

(http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Entidades beneficiarias

Las entidades locales que desarrollen actuaciones de mejora de las infraestructuras turísticas, que se relacionan:

a) Ayuntamientos.

b) Mancomunidades y consorcios locales de Galicia constituidos de acuerdo con la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia. Estas entidades supramunicipales deberán tener atribuidas competencias en materia de turismo.

c) Agrupaciones de municipios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

No podrán participar en esta convocatoria las siete grandes ciudades gallegas: A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra, Vigo, Ferrol y Santiago de Compostela, ni las entidades locales de carácter supramunicipal en las que estén integradas.

No se admitirán las solicitudes presentadas por consorcios locales de los cuales forme parte la Xunta de Galicia y financie, en todo o en parte, sus gastos de funcionamiento.

Segundo. Objeto

Fomento de la recuperación, de la accesibilidad y de la señalización de los recursos turísticos en el medio rural, de cara a la consolidación de la oferta turística en las zonas rurales, a través de la puesta en valor de su riqueza histórica, cultural, patrimonial y paisajística.

Son subvencionables:

a) Actuaciones de embellecimiento de los accesos a los recursos turísticos de la entidad solicitante, que podrán incluir:

– Recuperación y tratamiento paisajístico del entorno de los recursos turísticos.

– Iluminación ornamental de los recursos turísticos, ya sea primera instalación o mejora, ampliación o sustitución de la existente. No será subvencionable el alumbrado urbano de la entidad local.

– Recuperación y creación de miradores paisajísticos, senderos, rutas u otros elementos de interés turístico.

– Adecuación de espacios destinados al estacionamiento de vehículos de los visitantes cuya finalidad sea reducir el impacto negativo que estos producen.

b) Actuaciones de embellecimiento de los bienes declarados de interés cultural o con un procedimiento de declaración ya iniciado, así como las que afecten a su entorno de protección, que podrán consistir en:

– Embellecimiento de vías.

– Enterramiento de contenedores de residuos.

– Eliminación de cableado aéreo y antenas de comunicaciones.

c) Actuaciones de puesta en valor turístico de los recursos, que podrán incluir las siguientes:

– Rehabilitación o restauración para su dedicación a usos turísticos distintos del alojamiento de personas.

– Recuperación de elementos de interés etnográfico o de la arquitectura tradicional.

d) Actuaciones de mejora de la accesibilidad de los recursos turísticos:

– Eliminación de barreras arquitectónicas en el acceso a los bienes, recursos y rutas turísticas.

– Las destinadas a facilitar el acceso de las personas con algún tipo de discapacidad sensorial a la información turística de los recursos.

En todo caso, deberá cumplirse la normativa vigente en materia de accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas.

e) Señalización de los recursos turísticos

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 26 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades locales para actuaciones de mejora de las infraestructuras turísticas en el medio rural y se anuncia la convocatoria para el año 2019.

Cuarto. Importe

Cuantía de 3.000.000 € de la aplicación presupuestaria 11.A2.761A.760.0, proyecto 2016 00002, financiada con fondos propios de la Comunidad Autónoma.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar solicitudes será de un mes a contar a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Plazo de justificación de la subvención

El plazo para justificar la subvención será el 20 de octubre de 2019.

Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2018

Mª Nava Castro Domínguez
Directora de la Agencia Turismo de Galicia