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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 18 Viernes, 25 de enero de 2019 Pág. 4949

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo

EDICTO (modificación de medidas 15/2017).

Cédula de notificación de sentencia

En el procedimiento de referencia se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia nº 392

En Vigo, diecinueve de noviembre de dos mil dieciocho.

Vistos por mí, María Dolores Rodríguez Leirós, jueza sustituta del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo y su partido, la presente demanda de modificación de medidas, registrada con el número 15/2017, interpuesta por el procurador de los tribunales Pedro Lanero Taboas, en nombre y representación de Apolinar Nemesio Abelenda Varela, con la asistencia letrada de Marta Pérez Castiñeira Sánchez contra Gladys dos Santos Gómez, en rebeldía procesal y sin la intervención del Ministerio Fiscal, se declara,

Siguen antecedentes de hecho y razonamientos jurídicos

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda de modificación de las medidas definitivas presentada por el procurador Sr. Lanero Taboas, en nombre y representación de Apolinar Nemesio Abelenda Varela contra Gladys dos Santos Gómez, en rebeldía procesal, declaro extinguida desde la fecha de la presentación de la demanda (el 2 de enero de 2017) la pensión de alimentos que Apolinar Nemesio Abelenda Varela debe abonar a favor de sus dos hijas establecida en la Sentencia nº 465 de fecha 10 de julio de 2007 dictada en el procedimiento de divorcio contencioso tramitado ante este juzgado con el número 378/2007.

Sin imposición de las costas a ninguna de las partes.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Pontevedra en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la notificación de la sentencia.

Así lo acuerda, manda y firma, María Dolores Rodríguez Leirós, jueza del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo y su partido».

Y como consecuencia del ignorado paradero de Gladys dos Santos Gómez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Vigo, 4 de enero de 2019

La letrada de la Administración de justicia