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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 38 Viernes, 22 de febrero de 2019 Pág. 10926

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2019 por la que se convoca el curso monográfico La Ley 40/2015 y el ejercicio de la competencia administrativa: manual para la desconcentración, delegación, avocación, encomienda y suplencia.

Aprobado el programa de actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP) para el año 2019 por el Consejo Rector, de conformidad con el artículo 6.2 de la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, modificada por la Ley 20/1989, de 10 de julio,

RESUELVO:

Convocar el curso monográfico La Ley 40/2015 y el ejercicio de la competencia administrativa: manual para la desconcentración, delegación, avocación, encomienda y suplencia, de acuerdo con las bases que se indican a continuación:

1. Objetivos.

De acuerdo con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, las competencias se ejercitarán por aquellos órganos que las tengan atribuidas como propias.

Sin embargo, esta misma norma prevé, al mismo tiempo, la posibilidad de acudir a técnicas de modulación competencial con el fin de agilizar el funcionamiento de la Administración, incrementar la eficacia de su actuación o acercar la gestión pública al ciudadano. Estas figuras, que permiten flexibilizar este principio de irrenunciabilidad de la competencia, son: la desconcentración, la delegación interorgánica, avocación, encomienda de gestión, delegación de firma y suplencia.

Pueden, así, destacarse como objetivos generales del curso los siguientes:

– Estudio de los elementos que integran la competencia administrativa.

– Análisis de las distintas figuras de modulación competencial y su régimen jurídico.

– Examen de los vicios que pueden afectar al acto, derivados de un defecto competencial, y sus consecuencias.

Como objetivo específico se estudiarán situaciones concretas que puede generar la actividad administrativa cotidiana, y que pueden hacer conveniente el uso de estas técnicas, en especial, la delegación y la suplencia.

2. Contenidos.

Los temas principales de estudio y análisis de este curso pueden clasificarse en los siguientes módulos:

Módulo I. La competencia y sus elementos. Vicios de competencia y efectos.

Módulo II. Desconcentración: naturaleza, sujetos, requisitos y efectos.

Módulo III. Delegación: naturaleza, sujetos, requisitos y efectos.

Módulo IV. Avocación: naturaleza, sujetos, requisitos y efectos.

Módulo V. Encomienda de gestión: naturaleza, sujetos, requisitos y efectos.

Módulo VI. Delegación de firma: naturaleza, sujetos, requisitos y efectos.

Módulo VII. Suplencia: naturaleza, sujetos, requisitos y efectos.

3. Personas destinatarias.

Personal empleado público, en situación de servicio activo o asimilada, de las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia, de los entes instrumentales de la Comunidad Autónoma y de las universidades del Sistema universitario de Galicia.

4. Desarrollo.

El curso tendrá una duración de 14 horas lectivas.

Lugar: Escuela Gallega de Administración Pública. Calle Madrid, 2-4. Santiago de Compostela.

Fechas: 11 y 12 de marzo de 2019.

Horario: de mañana y tarde.

5. Número de plazas: 70.

6. Inscripción.

1. El plazo para la inscripción estará abierto desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta el día 5 de marzo de 2019.

2. Las solicitudes de participación en esta actividad formativa sólo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula> desde las 8.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes hasta las 23.55 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad todas las personas deben introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo a los requisitos de selección establecidos en el punto 3 de esta convocatoria.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

7. Comprobación de datos.

1. Para la tramitación del procedimiento se consultarán los datos de las personas interesadas necesarios para realizar el proceso de selección de esta actividad formativa.

2. La presentación de la solicitud comportará la autorización de la persona solicitante al órgano gestor para pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios de la EGAP.

3. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta deberán enviar un correo electrónico a novas.egap@xunta.gal con la indicación expresa a este respecto y adjuntando los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración.

4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

8. Criterios de selección.

El orden de selección vendrá determinado por la fecha y hora de presentación de las solicitudes.

9. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado.

La EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> una relación de las personas seleccionadas para participar en dicho curso, así como un número adecuado de reservas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

Se entenderá que las personas que no figuren en la relación fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria u ocupan un puesto más alejado en el listado de espera.

10. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y asistencia.

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. Renuncia:

a) Las personas seleccionadas sólo podrán renunciar a la actividad formativa:

• Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

• Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.

• Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada, enviando un correo electrónico a novas.egap@xunta.gal, con una antelación mínima de tres días anteriores al inicio de la actividad formativa, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE de 2 de octubre). En la página web de la escuela estará disponible un modelo de renuncia.

c) Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. La asistencia y la puntualidad:

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa se realizarán controles de asistencia y puntualidad, incluidos controles extraordinarios.

c) Las faltas de asistencia:

1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante los/las responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado de asistencia a la actividad formativa.

2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

11. Modificaciones.

La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de este curso, así como la facultad de cancelarlo si el escaso número de solicitudes no justificase su realización.

12. Certificado de asistencia oficial.

Al final del curso se emitirá un certificado electrónico de asistencia, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula/), a aquellas personas inscritas que hayan participado asiduamente y siempre que su asistencia haya sido igual o superior al 90 % de las horas lectivas programadas. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, la fecha y el lugar de realización del curso, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.

Santiago de Compostela, 18 de febrero de 2019

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública