Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 49 Lunes, 11 de marzo de 2019 Pág. 13382

III. Otras disposiciones

Consellería de Hacienda

ORDEN de 8 de marzo de 2019 por la que se establecen las condiciones de una emisión de obligaciones de la Comunidad Autónoma de Galicia por importe de 400 millones de euros.

En base al artículo 37.3 de la Ley 2/2018, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2019, se autoriza a la persona titular de la Consellería de Hacienda para formalizar operaciones de endeudamiento mediante la emisión de deuda pública, la concertación de créditos o cualquier otro instrumento financiero disponible en el mercado.

Asimismo, en el artículo 33 del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, se establece que las emisiones de deuda pública u operaciones de crédito que realice la Comunidad tendrán que ser autorizadas, en todo caso, por el conselleiro de Economía y Hacienda dentro de los límites señalados por la ley, al que le corresponderá, asimismo, autorizar sus características técnicas y su tipo de interés, si estos no fuesen determinados por su ley de creación. Dicha facultad le corresponde en la actualidad al conselleiro de Hacienda en virtud del Decreto 88/2018, de 26 de septiembre, de estructura orgánica de la Xunta de Galicia, y del Decreto 30/2017, de 30 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda.

Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 8 de febrero de 2019 se otorgó la autorización establecida en el artículo 14.3 de la Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas. Asimismo, el 14 de febrero de 2019, por resolución de la directora general del Tesoro y Política Financiera se concedió autorización específica de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, para cumplir lo establecido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de prudencia financiera.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo único

Se autoriza una emisión de deuda pública de la Comunidad Autónoma de Galicia (la emisora) por un importe nominal de 400 millones de euros. Esta emisión se realiza bajo la forma de obligaciones sénior, no garantizadas y no subordinadas de la Xunta de Galicia (las obligaciones), representadas mediante anotaciones en cuenta, al amparo de los artículos 59 y siguientes del Real decreto legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del mercado de valores.

La emisión de deuda pública que se autoriza tendrá las características que se detallan a continuación:

Importe nominal de la emisión: cuatrocientos (400) millones de euros.

Modalidad: obligaciones.

Procedimiento de emisión: colocación pública, no asegurada.

Divisa: euro.

Fecha de emisión y desembolso: 11 de marzo de 2019.

Fecha de vencimiento: 30 de abril de 2029.

Precio de emisión por obligación: 99,895 % del importe nominal de cada obligación.

Importe nominal de cada obligación: mil (1.000) euros.

Entidades colocadoras: Abanca, BBVA, Barclays y Société Générale.

Desembolso: el desembolso de la emisión de las obligaciones será realizado a través de las entidades colocadoras de la emisión en la fecha de emisión y desembolso, con la intervención del Banco de España con arreglo a los procedimientos que este tiene establecidos para los miembros del mercado de deuda pública en anotaciones.

Cupón: tipo de interés nominal fijo del 1,45 %, base Act/Act ICMA, no ajustado, convención día siguiente modificado, pagadero en los aniversarios comenzando el 30 de abril de 2020.

Convención de día hábil: cuando una fecha de pago tenga la consideración de día inhábil en el sistema Target 2 de pagos europeo, o aquel que pueda sustituirlo en el futuro, el pago de los cupones y el reembolso por la amortización de las obligaciones se efectuará en el día hábil siguiente según el calendario de dicho sistema. El tenedor de los valores no tendrá derecho a percibir intereses como consecuencia de ese posible retraso.

En los casos en que, según la legislación vigente, sea aplicable la devolución de la retención practicada en los cupones de esta emisión, será el Banco de España quien gestione el correspondiente procedimiento, según se establece en la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 16 de junio de 2004, publicada en Diario Oficial de Galicia el día 18 de junio de 2004.

Representación de las obligaciones: las obligaciones están representadas mediante anotaciones en cuenta registradas a través del Sistema de registro, compensación y liquidación del mercado de renta fija AIAF, gestionado por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (Iberclear).

Negociación de los valores: Mercado de Renta Fija AIAF.

Fiscalidad: de conformidad con lo previsto en el artículo 14.5 de la Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas, esta emisión goza de los mismos beneficios y condiciones que la deuda pública del Estado.

Amortización de las obligaciones: las obligaciones serán amortizadas en su totalidad a la par, en la fecha de vencimiento, el 30 de abril de 2029.

Pago de intereses y amortización: el pago de los intereses y la amortización de la deuda se realizarán por el Banco de España con arreglo a lo establecido en el convenio marco de fecha 7 de noviembre de 2005, sobre prestación del servicio de tesorería y del servicio financiero de la deuda pública.

Ley aplicable: las obligaciones y todas las cuestiones que se deriven o guarden relación con las obligaciones se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes españolas.

Jurisdicción: los jueces y tribunales de la ciudad de Santiago de Compostela tienen jurisdicción exclusiva para resolver cualquier disputa que surja o esté relacionada con las obligaciones.

Disposición final

Esta orden tendrá efectos desde el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 8 de marzo de 2019

Valeriano Martínez García
Conselleiro de Hacienda