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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 54 Lunes, 18 de marzo de 2019 Pág. 14508

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (PO 1096/2016).

Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1096/2016 de este juzgado de lo social, seguido contra la empresa Cocinas Novara, S.L., y con la intervención de la entidad Fogasa, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezado y parte dispositiva se adjuntan:

«Sentencia.

A Coruña, 22 de febrero de 2019

Jorge Hay Alba, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el número PO 1096/2016 siendo parte en el mismo, de un lado como demandante Lorenzo Duro Barbeito asistido por el letrado Ricardo López Mosteiro, y como demandada Cocinas Novara, S.L., que no comparece pese a estar citado en legal forma y con la intervención del Fogasa que no comparece pese a estar citado en legal forma, sobre reclamación de cantidad, ha pronunciado en nombre del rey, la siguiente sentencia:

Fallo:

Que estimando la demanda interpuesta por el actor Lorenzo Duro Barbeito, con citación del Fogasa, debo condenar y condeno a la empresa Cocinas Novara, S.L. a que abone al actor la cantidad de 19.254,82 euros por los conceptos reclamados en demanda, más el 10 % de interés por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la misma solo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia y, en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita, deberá al anunciar el recurso entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banco de Santander de esta ciudad.

E, igualmente, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a la mercantil Cocinas Novara, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 22 de febrero de 2019

La letrada de la Administración de justicia