Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 60 Miércoles, 27 de marzo de 2019 Pág. 16172

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Política Social

EDICTO de 8 de marzo de 2019, de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, por el que se notifica el acto administrativo dictado en el procedimiento competencia de esta dirección general (expediente 2018/131).

Ante la imposibilidad de notificación personal a la persona interesada que se relaciona en el anexo I, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a la persona interesada que se indica en el anexo I del presente edicto el acto administrativo de requerimiento de enmienda de la solicitud dictado en el procedimiento administrativo y que se indica en dicho anexo I.

Se emplaza a la persona interesada para que, por sí o por persona que legalmente la represente, comparezca en el plazo máximo de diez (10) días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, das 9.00 ás 14.00 horas, de lunes a viernes, en el Servicio de Apoyo a la Familia, a la Infancia y a la Adolescencia de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica (Edificio Administrativo de San Caetano, s/n, 15781 Santiago de Compostela; teléfono 981 95 77 81), para tener a su diposición el expediente y conocer el contenido íntegro que se le notifica.

Si la persona interesada no comparece en dicho plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Se le advierte que, de no hacer la enmienda y mejora de la solicitud en el plazo establecido en el requerimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se tendrá por desistida la solicitud tras la resolución dictada al amparo de lo dispuesto en el artículo 21 de dicha Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Santiago de Compostela, 8 de marzo de 2019

Mª Amparo González Méndez
Directora general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica

ANEXO I

Solicitud sujeta a enmienda de documentación

Nº de identificación

Nº de expediente

Acto que se notifica y fecha

Documentación a presentar

76721038F

2018/131

Requerimiento de 19.6.2018

D.1, D.3, D.4 y D.5

ANEXO II

Documentación requerida

Descripción del requerimiento

D.1

Copia del DNI o NIE de la persona solicitante.

D.2

Copia del libro o de los libros de familia de la unidad familiar o, en su caso, las certificacións correspondientes expedidas por el Registro Civil de las hijas o de los hijos.

D.3

Justificante de empadronamiento conjunto de toda la unidad familiar.

D.4

Declaración jurada o responsable de no mantener una relación de convivencia análoga a la conyugal.

D.5

Certificado negativo de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia.

D.6

Copia de la sentencia de nulidad, separación o divorcio o de la resolución judicial que establezca las medidas paternofiliales de las hijas y de los hijos comunes en las uniones de hecho, acompañada en su caso, del correspondiente convenio regulador.

D.7

Certificado de defunción de la persoa progenitora que no aparezca como solicitante.

D.8

Certificado de la/del letrada/o de la Administración de justicia, diligencia, providencia o documento análogo del juzgado que acredite que el procedimiento de reclamación de la pensión alimenticia está en curso.