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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 111 Jueves, 13 de junio de 2019 Pág. 28254

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 63/2019, de 29 de mayo, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la AC-163 en Fontán (puntos kilométricos 1+280-1+840) y en la AC-182, tramo Mandín-As Torres (puntos kilométricos 2+460-2+860), en el ayuntamiento de Sada (clave AC/16/094.06).

Antecedentes:

Primero. El día 6 de septiembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (núm. 170) el Anuncio de 29 de agosto de 2018 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la AC-163 en Fontán (puntos kilométricos 1+280-1+840) y en la AC-182, tramo Mandín-As Torres (puntos kilométricos 2+460-2+860), de clave: AC/16/094.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Segundo. Tras el análisis del informe y los certificados presentados, el 23 de abril de 2019 se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción del Itinerario peatonal y ciclista en la AC-163 en Fontán (puntos kilométricos 1+280-1+840) y en la AC-182, tramo Mandín-As Torres (puntos kilométricos 2+460-2+860), de clave: AC/16/094.06.

Este proyecto de construcción tiene por objeto la creación de una senda en las carreteras AC-163 y AC-182, en los municipios de Sada y Oleiros, con unos beneficios esperados, entre otros, como la mejora de la movilidad, la mejora de la calidad del aire, de la salud, de la igualdad y bienestar de la economía, del patrimonio y del urbanismo.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, le corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintinueve de mayo de dos mil diecinueve,

DISPONGO:

Artículo único

Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la AC-163 en Fontán (puntos kilométricos 1+280-1+840) y en la AC-182, tramo Mandín-As Torres (puntos kilométricos 2+460-2+860), de clave: AC/16/094.06.

Santiago de Compostela, veintinueve de mayo de dos mil diecinueve

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad