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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 149 Miércoles, 7 de agosto de 2019 Pág. 36042

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 24 de julio de 2019 por la que se clasifica de interés educativo la Fundación Universidad Intercontinental de la Empresa.

Examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación Universidad Intercontinental de la Empresa con domicilio en Rúa Nova 33, 15705 Santiago de Compostela (A Coruña).

Hechos:

1. El 4 de julio de 2019, Roberto Barreiro Rodríguez, en nombre de la Fundación, formuló solicitud de clasificación a los efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Universidad Intercontinental de la Empresa se constituyó en escritura pública otorgada en A Coruña el 17 de enero de 2019, ante el notario Isidoro Antonio Calvo Vidal, con número de protocolo 30, por la Fundación Galicia Obra Social.

3. Según consta en el artículo 4 de sus estatutos, la Fundación tiene por finalidad y objeto social exclusivo la educación superior mediante la realización de las siguientes funciones:

a) La creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura.

b) La preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos y para la creación artística.

c) La difusión, la valorización y transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de vida y del desarrollo económico.

d) La difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación a lo largo de toda la vida.

4. El patronato inicial de la Fundación está formado a propuesta de Abanca Corporación Bancaria, S.A. por Miguel Ángel Escotet Álvarez como presidente; Juan Carlos Escotet Rodríguez y Francisco Botas Ratera; y a propuesta de la Fundación Galicia Obra Social por José Luis Jiménez Martínez; José Fernández Pernas como vicepresidente y Ricardo Díaz-Casteleiro Romero.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia propuesta de clasificación como de interés educativo de la Fundación Universidad Intercontinental de la Empresa en base a las materias que constituyen su objeto fundacional.

6. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del patronato.

7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y según propuesta de la comisión de secretarios generales, procede su clasificación como de interés educativo y su adscripción a la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional.

Consideraciones legales:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de la fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. La escritura de constitución de la Fundación contiene los datos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

3. Según establece el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, corresponde a esta Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, la clasificación de la Fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.

De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la comisión de secretarios generales en su reunión de 22 de julio de 2019.

DISPONGO:

Clasificar de interés educativo la Fundación Universidad Intercontinental de la Empresa, adscribiéndola al protectorado de la Consellería de Educación, Universidade e Formación Profesional.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, pudiendo interponer previamente y con carácter potestativo recurso de reposición ante e mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 24 de julio de 2019

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia,
Administraciones Públicas y Justicia