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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Jueves, 8 de agosto de 2019 Pág. 36118

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 96/2019, de 26 de julio, por el que se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa de un tramo de la carretera PO-549 y de la rotonda denominada Glorieta de la Marina Española.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de las mismas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa solicita a la Agencia Gallega de Infraestructuras la transferencia de titularidad del tramo de la carretera autonómica PO-549 desde la Glorieta de la Marina Española hasta la Rotonda de Pablo Picasso, ambas incluidas.

El tramo que solicita el ayuntamiento coincide con el tramo inicial de la carretera PO-549, discurre por suelo clasificado como urbano por el vigente PGOM del Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa, cuenta con marcadas características urbanas, está integrado en el tejido urbano del núcleo de Vilagarcía de Arousa y su tráfico rodado es principalmente de ámbito local. La transferencia debe ser desde la rotonda del punto kilométrico 0+000 de la PO-549, que se denominada Glorieta de la Marina Española, hasta el punto kilométrico 0+710 de la propia PO-549.

Por otra parte, la rotonda denominada Rotonda de Pablo Picasso se encuentra entre los puntos kilométricos 0+710 y 0+750 de la PO-549. Su titularidad es estatal ya que corresponde a la N-640.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por los servicios competentes, formuló la propuesta favorable a la transferencia de titularidad de los tramos que se definen en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintiséis de julio de dos mil diecinueve,

DISPONGO:

Artículo 1

– Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa:

Clave

Denominación

PKi

Coordenadas UTM (ETRS89)

PKf

Coordenadas UTM (ETRS89)

PO-549

Vilagarcía de Arousa (PO-301) – Cambados (VG-4.3)

0+000

X=519.160

Y=4.715.481

0+710

X=518.553

Y=4.715.191

-

Glorieta de la Marina Española

(Nudo viario entre inicio de la PO-549 y final de la PO-301)

-

-

-

-

– Modificar el Decreto 308/2003, de 26 de junio, por el que se aprueba la relación de carreteras de titularidad autonómica, corrigiendo la nomenclatura de la PO-301 y de la PO-549 de la siguiente forma:

Carretera

Red

Denominación

Clave anterior

PO-301

PC

Ponte Arnelas (PO-300) – Vilagarcía de Arousa

PO-301

PO-549

PB

Vilagarcía de Arousa (N-640) - Cambados (VG-4.3)

C-550

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refiere este decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Artículo 4

Corresponden al Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de los viales, así como el ejercicio de las funciones de disciplina vial y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintiséis de julio de dos mil diecinueve

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad