La Instrucción 2/2013, de 19 de marzo, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre la interpretación y aplicación del Reglamento de instalaciones térmicas en edificios (RITE) respecto de la temperatura y caudal de agua caliente sanitaria (ACS) determinados por el Código técnico de la edificación (CTE) (DOG núm. 69, de 10 de abril), recoge los parámetros y condiciones en que se debe suministrar la temperatura y caudal de agua caliente sanitaria (ACS).
Debido a la evolución normativa, la Dirección General de Energía y Minas, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas y conforme a lo establecido en el artículo 19 del Decreto 135/2017, de 28 de diciembre (DOG de 25 de enero de 2018), por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria,
acuerda:
Primero. Revocar y dejar sin efecto la Instrucción 2/2013, de 19 de marzo, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre la interpretación y aplicación del Reglamento de instalaciones térmicas en edificios (RITE) respecto de la temperatura y caudal de agua caliente sanitaria (ACS) determinados por el Código técnico de la edificación (CTE) (DOG núm. 69, de 10 de abril), aplicándose el Real decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (BOE de 29 de agosto).
Segundo. Publicar la presente resolución en la página web y en el DOG, informando de que a partir de este momento se regirá únicamente por lo que establezca la normativa vigente en materia de instalaciones térmicas en los edificios, sin que existan instrucciones de carácter interno.
Santiago de Compostela, 31 de julio de 2019
Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Energía y Minas