Mediante la Orden de 30 de abril de 2019 (DOG num. 90, de 13 de mayo) se convocaron para el año 2019 las ayudas para el fomento de la utilización de maquinaria agrícola en régimen asociativo en Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020.
En el artículo 27 de la convocatoria se establece que las entidades beneficiarias tendrán hasta el 31 de octubre de 2019 para presentar la documentación justificativa de la subvención. Teniendo en cuenta que la resolución de estas ayudas no se produjo en el plazo indicado en el artículo 10 de las bases reguladoras, motivada por el elevado número de solicitudes y el largo proceso de evaluación y resolución, con el fin de hacer viables los procesos de ejecución y justificación de las inversiones, sin que con eso se cause perjuicio a terceros, se considera necesario ampliar el plazo de justificación.
En consecuencia, de conformidad con lo previsto en lo artículo 30.1.3 del Estatuto de autonomía de Galicia, y en uso de las facultades que me confiere la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en uso de las competencias que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,
DISPONGO:
Artículo 1. Ampliación del plazo de ejecución y justificación
Se amplía hasta el 20 de diciembre de 2019 (incluido) el plazo para ejecutar y justificar estas ayudas.
Disposición final única. Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 10 de septiembre de 2019
José González Vázquez
Conselleiro del Medio Rural