BDNS (Identif.): 473959.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdns/index):
Primero. Beneficiarios
Las universidades del SUG que las destinarán a los centros de investigación del SUG que obtengan la acreditación como tales en esta convocatoria.
Segundo. Objeto
Ayudas para la estructuración y mejora de unidades de investigación supragrupales, para acreditarlas como centros de investigación del SUG, entendidas como estructuras organizativas de investigación que integran recursos, capacidades y objetivos para mejorar su eficiencia.
Estas ayudas pretenden dos objetivos:
a) La acreditación de unidades de investigación como «centros de investigación del SUG» según sus capacidades y el resultado del proceso de evaluación en concurrencia competitiva que se desarrolle al amparo de esta convocatoria.
b) La financiación de sus proyectos estratégicos de investigación, durante el período 2019-2022, para fortalecer sus capacidades científicas; potenciar el liderazgo internacional de la investigación hecha en Galicia; impulsar la agregación de capacidades científico-técnicas, incluyendo la colaboración con otros centros, unidades y con el tejido empresarial; mejorar la generación de resultados de alto impacto científico, social y económico; contribuir a la formación, atracción e incorporación de talento; incrementar la masa crítica de personal investigador; y actuar como agentes tractores en el Sistema gallego de I+D+i.
Tercero. Bases reguladoras
Se publican conjuntamente con la convocatoria.
Cuarto. Cuantía
El importe total de la convocatoria es de 20.480.000 €.
Las ayudas serán de aplicación por un período de 4 anualidades.
En las anualidades de 2020, 2021 y 2022 la cuantía mínima de la ayuda que se concederá será de 400.000 €, de los que por lo menos 320.000 € serán fondos Feder, y la máxima de 1.000.000 € de los que por lo menos 800.000 € serán fondos Feder. En la anualidad 2019 se aplicará el mismo criterio en función de la puntuación obtenida teniendo en cuenta que la cantidad mínima será de 5.000 € y la máxima de 10.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Un mes, que contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 19 de septiembre de 2019
Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional