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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Jueves, 17 de octubre de 2019 Pág. 45660

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

DECRETO 127/2019, de 3 de octubre, por el que se aprueba la disolución de la agrupación voluntaria de los ayuntamientos de Esgos y Xunqueira de Espadanedo, de la provincia de Ourense, para el sostenimiento en común de la plaza de secretaría-intervención.

Los ayuntamientos de Esgos y Xunqueira de Espadanedo, en sesiones plenarias celebradas el 2 de mayo de 2019, acordaron aprobar definitivamente a la disolución de la agrupación de municipios constituida para el sostenimiento en común de la plaza de secretaría-intervención y remitir el expediente a la Dirección General de la Administración Local de la Xunta de Galicia.

Ambos ayuntamientos ponen de manifiesto en el expediente la necesidad de poner fin a la agrupación por haber variado las circunstancias que dieron lugar a su constitución; en concreto señalan la mejora de su situación financiera y la conveniencia de que las funciones de secretaría-intervención se presten de forma continuada en ambas entidades y no en determinados días. La agrupación voluntaria de los ayuntamientos de Esgos y de Xunqueira de Espadanedo fue aprobada por el Consello de la Xunta de Galicia por Decreto 201/2012, de 4 de octubre, que se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 200, de 19 de octubre, y supuso la desaparición de los puestos existentes en dichos ayuntamientos y la creación de un único puesto a consecuencia de la aprobación de la agrupación.

De conformidad con la normativa estatal, Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y el Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, corresponde a las comunidades autónomas, de acuerdo con sus normas propias, acordar la constitución y disolución de agrupaciones de secretaría dentro de su ámbito territorial.

La normativa autonómica regula el procedimiento de disolución de agrupaciones para el sostenimiento en común de plazas reservadas al personal funcionario de Administración local, en el artículo 167 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia y en los artículos 13 y 16 del Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal.

En el expediente se siguieron los trámites previstos en dicha normativa, constando los informes favorables de la Diputación Provincial de Ourense y de la Delegación del Gobierno. Asimismo, consta la propuesta de clasificación de los puestos resultantes y en cual de las entidades locales queda adscrito el personal funcionario con habilitación de carácter nacional que está desempeñando el puesto en la agrupación.

La competencia para la aprobación de la agrupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de régimen local, según dispone la normativa autonómica señalada.

En su virtud, a propuesta del vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día tres de octubre de dos mil diecinueve,

DISPONGO:

Primero. Aprobar la disolución de la agrupación voluntaria de los ayuntamientos de Esgos y Xunqueira de Espadanedo para el sostenimiento en común de un puesto único de secretaría-intervención.

Segundo. Clasificar los puestos reservados a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional resultantes de la disolución, en los siguientes términos:

Entidad local: Ayuntamiento de Esgos.

Puesto: secretaría de clase tercera.

Subescala: secretaría-intervención.

Forma de provisión: concurso.

Nivel de complemento de destino: 26.

Complemento específico: 16.680,00 €.

Entidad local: Ayuntamiento de Xunqueira de Espadanedo.

Puesto: secretaría de clase tercera.

Subescala: secretaría-intervención.

Forma de provisión: concurso.

Nivel de complemento de destino: 26.

Complemento específico: 12.287,21 €.

Tercero. Adscribir definitivamente a María Ángeles Alonso Paradela, titular actual del puesto de secretaría de la agrupación de los ayuntamientos de Esgos y Xunqueira de Espadanedo, al nuevo puesto de secretaría de clase tercera del ayuntamiento de Esgos.

Contra este acto, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación ante el órgano que dictó el acto o, directamente, interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, tres de octubre de dos mil diecinueve

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia