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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Viernes, 22 de noviembre de 2019 Pág. 49738

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda

RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2019, del tribunal encargado de calificar el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna y cambio de categoría, en la categoría 033 (bombero/a forestal conductor/a de motobomba) del grupo IV de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia.

En la sesión que tuvo lugar el día 13 de noviembre de 2019, el tribunal nombrado por la Orden de 17 de diciembre de 2018 (DOG núm. 4, de 7 de enero), modificada por las órdenes de 7 de febrero de 2019 (DOG núm. 33, de 15 de febrero), de 1 de marzo de 2019 (DOG núm. 49, de 11 de marzo) y de 8 de abril de 2019 (DOG núm. 75, de 17 de abril), determinó, de conformidad con lo dispuesto en las bases de la convocatoria, adoptar los siguientes acuerdos:

Primero. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.2 de la convocatoria, superaron el segundo ejercicio del proceso selectivo las personas aspirantes que obtuvieron un resultado de apto/a.

Segundo. Realizar los trámites oportunos para publicar los resultados obtenidos por las personas aspirantes que se presentaron al segundo ejercicio del proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna y cambio de categoría, en la categoría 033 (bombero/a forestal conductorla de motobomba) del grupo IV de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia (DOG núm. 182, de 25 de septiembre), en el lugar donde se realizó el ejercicio, y en la página web de la Xunta de Galicia (funcionpublica.xunta.gal).

Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la orden de la convocatoria, las personas aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas en relación con los resultados en el plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto. De conformidad con la base III.13 de la orden de la convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 2019

Ángel Romero Baleirón
Presidente del tribunal