Mediante la Resolución de la Agencia Gallega de Innovación de 17 de diciembre de 2018 (DOG nº 8, de 11 de enero de 2019) se convocaron las subvenciones para el fomento de la contratación de personal tecnólogo para la realización de actividades de I+D+i en las empresas y organismos de investigación en Galicia.
En su artículo 18 se regula la resolución y notificación de estas ayudas una vez que la Comisión de Valoración establecida en el artículo 15 seleccione las solicitudes admitidas y emita un informe en el cual se concrete el resultado de la evaluación efectuada y la cuantía de la ayuda propuesta, conforme a los criterios establecidos en el artículo 16.
La Comisión de Valoración, en su sesión de 3 de julio de 2019, informó favorablemente la elaboración de una lista de espera para las entidades con los restantes contratos solicitados según el orden establecido en la convocatoria, de manera que, en primer lugar, figuren por orden decreciente de puntuación los contratos solicitados que aún no fueron seleccionados para acceder a financiación, y en segundo lugar, los restantes contratos solicitados por aquellas entidades que hayan solicitado más de dos contrataciones, teniedo en cuenta que la convocatoria no establece una puntuación mínima para ser beneficiario de estas axudas.
De acuerdo con esto, teniendo en cuenta las renuncias recibidas y resueltas hasta esta fecha, esta Agencia Gallega de Innovación
RESUELVE:
1. Conceder las ayudas para el fomento de la contratación de tecnólogos para la realización de actividades de I+D+i en las empresas y organismos de investigación en Galicia que figuran como anexo a esta resolución (agrupadas por aplicación y ordenadas por puntuación descendente).
2. Nuevas adjudicaciones:
Aplicación presupuestaria |
Año 2019 (€) |
09.A3.561A.470.0 |
140.000 |
09.A3.561A.480.0 |
20.000 |
Total |
160.000 |
3. Estas ayudas están financiadas con cargo a fondos propios libres de la Comunidad Autónoma de Galicia.
4. El pago de estas ayudas se realizará conforme a lo establecido en el artículo 24 de la resolución de convocatoria.
5. Para la justificación de la subvención deberá presentarse la documentación indicada en dicho artículo 24 de la resolución de convocatoria en el plazo establecido en su punto 1.
6. Contra esta resolución, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer cualquier otro que consideren procedente, podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, ante el presidente de la Agencia Gallega de Innovación, segundo el dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
Disposición final
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 25 de noviembre de 2019
La directora de la Agencia Gallega de Innovación
P.A. Resolución de 16.6.2014; DOG nº 127, de 7 de julio)
Benito Fernández Rodríguez
Director del Área de Gestión