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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Lunes, 9 de diciembre de 2019 Pág. 52294

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 14 de noviembre de 2019, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la Resolución de 13 de noviembre de 2019, del mismo jurado provincial, relativa al acto de conciliación formulado por los representantes de los montes vecinales en mano común Testeiro, en el municipio de O Irixo, y montes de Zobra, en el municipio de Lalín.

Examinada la solicitud de conciliación formulada por los representantes de los MVMC Testeiro, en el municipio de O Irixo, y montes de Zobra, en municipio de Lalín, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. Con fecha 25 de abril de 2017 el presidente de la junta rectora de la CMVMC de Carballeda, Munín y Subirol presentó un escrito en la Oficina Agraria Comarcal de O Carballiño (nº 541/rx 1364830) en el que comunicó la realización de un deslinde entre la citada comunidad y la CMVMC de la parroquia de Zobra, en el municipio de Lalín, en la provincia de Pontevedra.

Con la citada solicitud presentó una memoria descriptiva con planos topográficos; un acta del deslinde practicado; certificados de los acuerdos de las asambleas generales de comuneros; un acta de conciliación levantada en el Juzgado de Paz de O Irixo, así como un CD con los archivos en formato PDF de los documentos y formato SHP de los puntos medidos.

Segundo. El informe del Servicio de Montes de la Jefatura Territorial de Ourense de fecha 4 de octubre de 2018 indica que la solicitud fue realizada de acuerdo con el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.

El perímetro limítrofe se encuentra perfectamente definido mediante el acta de deslinde que consta en la documentación, constituyendo una línea poligonal abierta en la que el límite situado en el punto nº 6 confluye con el MVMC da Hermida y con el MVMC Val de María. Tal y como se recoge en la citada acta de deslinde, la línea poligonal que define el perímetro límite puede considerarse una mejora de la que consta en la carpeta-ficha del expediente de clasificación.

De acuerdo con lo expuesto, el Servicio de Montes informó favorablemente el deslinde, sin perjuicio de la necesidad de que se emitiera el correspondiente informe favorable por parte del Servicio de Montes de Pontevedra, al estar situado uno de los montes vecinales en la citada provincia.

Tercero. El día 14 de diciembre de 2018 el Servicio de Montes de Ourense remitió al Jurado Provincial el informe favorable emitido por el Servicio de Montes de Pontevedra.

Consideracións legales y técnicas:

Primero. La presente resolución se dicta el amparo del artículo 53 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segundo. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento a seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el jurado provincial de clasificación de montes vecinales en mano común, tras el examen de la documentación presentada, dicte resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común acordó por unanimidad el día 4 de junio de 2019:

Aprobar el acto de conciliación acordado por las juntas rectoras de los MVMC Testeiro, en el minicipio de O Irixo, y montes de Zobra, en el municipio de Lalín, de acuerdo con los informes favorable de los servicios de Montes de Ourense y Pontevedra.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 14 de noviembre de 2019

Yago Borrajo Sánchez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales
en Mano Común de Ourense