La Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional, establece en el artículo 3.5 que uno de los fines del Sistema nacional de cualificaciones y formación profesional es evaluar y acreditar oficialmente la cualificación profesional, cualquiera que sea su forma de adquisición y, en su artículo 4, establece que uno de sus instrumentos es el procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las cualificaciones profesionales.
La misma ley, en su artículo 8, apartado 2, establece que la evaluación y la acreditación de la competencia profesional adquirida a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación se debe desarrollar siguiendo criterios que garanticen la fiabilidad, la objetividad y el rigor técnico de la evaluación, y que tendrá como referente el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales; y en su apartado 3 recoge la posibilidad de realizar acreditaciones parciales acumulables.
El Real decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, define en su artículo 5, apartado b), la unidad de competencia como el agregado mínimo de competencias profesionales, susceptible de reconocimiento y acreditación parcial, a los efectos previstos en el artículo 8.3 de la Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional.
La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece como uno de sus principios generales la concepción de la educación como un aprendizaje permanente, que se desarrollará a lo largo de toda la vida. En su artículo 66.4, referido a la educación para las personas adultas, determina como uno de sus objetivos el de conectar las vías de aprendizaje (enseñanza reglada y no reglada, o a través de la experiencia laboral) y el de adoptar las medidas para la convalidación de estos aprendizajes.
El Real decreto 1224/2009, de 17 de julio (BOE de 25 de agosto), de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, viene a desarrollar lo establecido en el artículo 8.4 de la Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional, estableciendo el procedimiento y los requisitos para la evaluación y la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, así como sus efectos.
Para la implantación del procedimiento en Galicia, el Decreto 138/2018, de 8 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, atribuye a la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa las competencias para la promoción y el desarrollo del reconocimiento de competencias profesionales en las diferentes familias profesionales que componen el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales. Asimismo, indica que será la Subdirección General de Formación Profesional a la que corresponde la organización y la coordinación del sistema de reconocimiento, evaluación y acreditación de competencias profesionales.
El Decreto 114/2010, de 1 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo de Galicia, determina en su artículo 20.2 que las ofertas flexibles para atender las necesidades de cualificación de colectivos específicos podrán realizarse en los regímenes y en las modalidades que la consellería con competencias en materia de educación determine, así como a través del proceso de evaluación, reconocimiento y acreditación de competencias. Asimismo, en el artículo 52 se recogen las convalidaciones de módulos profesionales por la acreditación de unidades de competencia del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, indicando que quien tenga acreditada una unidad de competencia que forme parte del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales tendrá convalidados los módulos profesionales correspondientes, según se determine en la norma que establezca cada título y se recoja en la norma por la que se establezca el currículo correspondiente. Por su parte, el artículo 58.1 dice que quien no superara en su totalidad las enseñanzas de cada uno de los ciclos formativos tendrá derecho a que se le expida un certificado académico de los módulos profesionales superados, lo cual tendrá, además de los efectos académicos, efectos de acreditación parcial acumulable de las competencias profesionales adquiridas en relación con el Sistema nacional de cualificaciones y formación profesional.
La redacción dada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE de 10 de diciembre), añade un nuevo apartado al artículo 39 de la Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio; que introduce dentro del sistema educativo los ciclos de formación profesional básica, estableciendo que estarán referidos, al igual que los ciclos formativos de grado medio y superior, al Catálogo nacional de cualificaciones profesionales. La misma ley orgánica da una nueva redacción al artículo 44 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de la educación, estableciendo que «Las personas mayores de 22 años que tengan acreditadas las unidades de competencia incluidas en un título profesional básico, bien a través de certificados de profesionalidad de nivel 1 o por el procedimiento de evaluación y acreditación establecido, recibirán de las administraciones educativas el título profesional básico», lo que conduce al reconocimiento de las cualificaciones de nivel 1 en los títulos de formación profesional básica.
El Consejo Gallego de Formación Profesional tiene como una de sus funciones emitir informe sobre los planes y las acciones que se encaminen al reconocimiento y a la evaluación de la competencia de la población activa y colaborar en la implantación del dispositivo de reconocimiento y evaluación, según lo dispuesto en el artículo 1, punto k), del Decreto 214/2003, de 20 de marzo, por el que se modifica el Decreto 110/1999, de 8 de abril, por el que se crea y regula el Consejo Gallego de Formación Profesional.
El artículo 5 del Decreto 266/2007, de 28 de diciembre (DOG de 28 de enero de 2008), por el que se regulan los centros integrados de formación profesional en la Comunidad Autónoma de Galicia, establece entre sus fines la contribución a la evaluación y a la acreditación de competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral y de vías no formales de formación en el marco del Sistema nacional de las cualificaciones y de la formación profesional, promoviendo así la valoración social del trabajo. La Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional dispone de una red de centros integrados donde se lleva a cabo el desarrollo del procedimiento de acreditación de competencias.
El Decreto 77/2011, de 7 de abril (DOG de 10 de mayo), por el que se establece el Reglamento orgánico de los centros integrados de formación profesional, competencia de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional, contempla en su estructura organizativa, dentro del área de calidad, el departamento de acreditación y pruebas, atribuyéndole funciones organizativas y de coordinación y supervisión del procedimiento para el reconocimiento, la evaluación, la acreditación y la certificación de la competencia profesional.
Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en las normativas que regulan los sectores en que se desarrollan las familias profesionales objeto de esta convocatoria, correspondientes a títulos de formación profesional implantados en Galicia, y de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real decreto 1224/2009, y ante la importante demanda detectada, esta consellería procede a realizar esta convocatoria para unidades de competencia de las familias profesionales de Administración y Gestión, Agraria, Comercio y Marketing, Edificación y Obra Civil, Electricidad y Electrónica, Energía y Agua, Fabricación Mecánica, Hostelería y Turismo, Imagen Personal, Imagen y Sonido, Industrias Alimentarias, Informática y Comunicaciones, Instalación y Mantenimiento, Madera, Mueble y Corcho, Química, Sanidad, Servicios Socioculturales y a la Comunidad y Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Por todo esto, la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 138/2018, de 8 de noviembre, por el que se establece su estructura orgánica,
DISPONE:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
El objeto de esta orden es realizar la convocatoria y establecer el procedimiento para la evaluación y la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación (código de procedimiento ED517B), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, mediante la acreditación de unidades de competencia del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales.
Artículo 2. Estructura organizativa
La Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa será la encargada de la organización y del desarrollo del proceso de acreditación de competencias adquiridas por la experiencia laboral y por vías no formales de formación, a través de la Subdirección General de Formación Profesional.
Artículo 3. Lugar de realización (sedes)
El desarrollo del proceso tendrá lugar en los centros integrados de formación profesional (CIFP) recogidos en el anexo II de esta orden.
Artículo 4. Convocatoria del procedimiento
1. Las unidades de competencia y el número de plazas objeto de esta convocatoria, así como su relación con los títulos de formación profesional y los certificados de profesionalidad, son las recogidas en el anexo I de esta orden.
2. La convocatoria será publicada íntegramente en el Diario Oficial de Galicia, y un extracto en el BOE.
Artículo 5. Comisión coordinadora del procedimiento de acreditación de competencias
1. Con sede en la Subdirección General de Formación Profesional existirá una comisión de coordinación encargada de:
a) Calificar la documentación aportada por los solicitantes mayores de 25 años recogidos en el artículo 6.2 de esta orden.
b) Coordinar los trabajos de las distintas comisiones de cualificación de la documentación constituidas en cada centro sede de los procedimientos.
c) Supervisar el procedimiento de acreditación de competencia convocado por la presente orden.
d) Llevar a cabo la fase de acreditación y registro de las unidades de competencia demostradas.
2. Esta comisión tendrá la siguiente composición:
– La persona titular de la Subdirección General de Formación Profesional o persona en la que delegue, que actuará como presidente.
– La persona titular del Servicio de Orientación Profesional y Relación con Empresas.
– Un asesor o asesora de Acreditación de Competencias, que actuará como secretario/a.
– Dos funcionarios pertenecientes a los servicios centrales de la Consejería de Educación, Universidad y Formación Profesional.
Artículo 6. Requisitos de participación en el procedimiento
1. Para acceder a este procedimiento, los candidatos y las candidatas deberán cumplir los requisitos siguientes:
a) Poseer la nacionalidad española, encontrarse incluido como residente comunitario o familiar de este, en el ámbito de aplicación del Real decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos da UE; o ser titular de una autorización de residencia en España en vigor.
b) Haber cumplido 18 años, en el momento de realizar la inscripción, para las unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel 1, y 20 años para las unidades de competencia de nivel 2 y 3.
c) Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieran acreditar.
c.1) En el caso de experiencia laboral, justificar por lo menos tres (3) años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas, en los últimos diez años transcurridos antes de realizarse la convocatoria, para unidades de competencia de niveles 2 y 3 y, para unidades de competencia de nivel 1 justificarán, al menos, 2 años con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.
c.2) En el caso de formación, justificar por lo menos 200 horas para unidades de competencia de nivel 1 o 300 horas para las unidades de competencia de los niveles 2 y 3, en los últimos diez años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. En los casos en que los módulos formativos asociados a las unidades de competencia que se pretendan acreditar prevean una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en estos módulos.
d) Las personas candidatas no podrán estar matriculadas en un curso de formación profesional inicial (ordinario o modular), o realizando formación profesional para el empleo conducente a la acreditación de las unidades de competencia en que soliciten su inscripción. Tampoco podrán poseer o estar en condiciones de obtener un título de formación profesional o un certificado de profesionalidad que contenga las unidades de competencia que solicita, ni sus equivalentes o la acreditación parcial de las unidades de competencia que solicita. Además no podrán estar inscritas en otro procedimiento de reconocimiento de la experiencia profesional, o en pruebas libres para la obtención del título de formación profesional, llevado a cabo por cualquier Administración u organismo público, conducente a la acreditación de las mismas unidades de competencia que solicita. Para todo esto, presentarán declaración responsable que harán constar en la solicitud.
2. Las personas mayores de 25 años que cumplan los requisitos de experiencia laboral o formativa indicados en el apartado anterior y que no puedan justificarlos mediante los documentos señalados podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento, siempre y cuando presenten la justificación, mediante alguna prueba admitida en derecho, de su experiencia laboral o de los aprendizajes no formales de formación. La comisión de coordinación recogida en el artículo 5 de la presente orden será la encargada de estudiar estos casos, y emitirá un informe sobre la procedencia o no de la participación de la persona candidata en el procedimiento. Si el informe es positivo, se procederá a su inscripción definitiva como solicitante en la correspondiente sede.
Artículo 7. Justificación del historial profesional y/o formativo
1. La justificación de la experiencia laboral se hará con los siguientes documentos:
a) Para trabajadores y trabajadoras asalariados.
a.1) Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad laboral en que se tenga afiliación, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación (vida laboral).
a.2) Contrato de trabajo o certificación de la empresa en que se haya adquirido la experiencia laboral, que refleje específicamente la duración de los períodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el período en que se realizara dicha actividad. La certificación se presentará según el modelo anexo V de esta orden.
b) Para trabajadores y trabajadoras autónomos o por cuenta propia.
b.1) Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina, de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente (vida laboral).
b.2) Descripción de la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en que se realizó, adaptada al modelo de anexo V.
c) Para voluntarios o becarios.
Certificación de la organización donde se prestó la asistencia, donde consten específicamente las actividades y las funciones realizadas, el año en que se realizaron y el número total de horas dedicadas a ellas, adaptada al modelo del anexo V.
2. Justificación de la formación.
Para las competencias profesionales adquiridas a través de vías no formales de formación, la justificación se realizará mediante documento que acredite que la persona candidata posee formación relacionada con las unidades de competencia que se pretenda acreditar.
En cada certificado aportado deberán constar los contenidos y las horas de formación, la entidad que expide el certificado y el título de la actividad de formación. En el caso de haber realizado estudios parciales para la obtención de un título oficial o certificado de profesionalidad perteneciente a planes de formación extinguidos, se debe presentar el correspondiente certificado expedido por el centro oficial responsable.
3. Se deberá aportar necesariamente la traducción oficial de todos los documentos que no estén redactados en las lenguas gallega o castellana.
Artículo 8. Presentación de solicitudes, documentación y comprobación de datos
1. Solicitudes.
La solicitud de participación en el procedimiento deberá presentarse obligatoriamente por vía electrónica en la sede electrónica da Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) y requerirá cubrir previamente los datos en la aplicación informática que se encuentra en la dirección www.edu.xunta.es/acreditacion, desde donde deberá generarse el formulario normalizado.
Los datos relacionados con la documentación justificativa del historial profesional y/o formativo alegados y de los requisitos de participación en el procedimiento, según lo establecido en los artículos 6 y 7, de esta orden, se cargarán en la dicha aplicación informática.
Para la presentación de solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
La Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional pone a disposición de las personas solicitantes los medios técnicos y humanos suficientes en el sentido del que establece el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, como justificación de la obligatoriedad de presentar las solicitudes exclusivamente por medios electrónicos. Los solicitantes que lo necesiten serán asistidos en cualquier centro educativo con formación profesional.
Las personas que no posean DNI, NIE o certificado electrónico aceptado por la sede electrónica de la Xunta de Galicia deberán generar e imprimir la solicitud desde la aplicación informática y presentarla, junto con la documentación establecida en el artículo 8.2, en la secretaría del centro integrado de formación profesional (CIFP) donde se vaya a desarrollar el procedimiento, según lo recogido en el anexo II de esta orden. Solo para estos casos, de enviarse por correo, el envío de la solicitud deberá ser certificado, con el sello de Correos en el encabezamiento de la primera hoja del formulario para garantizar que la fecha de remisión es anterior a la finalización del plazo de presentación. Se deberá adjuntar copia compulsada de la documentación que se precise, que será cotejada con los originales en la secretaría del centro donde se presenten.
2. Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento.
Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:
a) Para todos los solicitantes.
– Currículo en formato Europass. Se podrá generar desde la aplicación con los datos incorporados en las pestañas de formación, experiencia e historial profesional y formativo.
– Copia de los certificados que acrediten la formación alegada, en los que consten los contenidos y las horas de formación, y el organismo que la acredita.
b) Solicitantes que reúnan los requisitos por la vía de la experiencia laboral.
b.1) Solicitantes que adquieran las competencias como trabajadores/as asalariados/as.
– Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina, o de la mutualidad laboral en la que se tenga afiliación, en donde consten la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación (informe de vida laboral).
– Copia de los contratos de trabajo.
– Certificado de la empresa en la que se adquiriera la experiencia laboral, en el que se refleje específicamente la duración de los períodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se haya realizado dicha actividad, según el modelo de anexo V.
b.2) Solicitantes que adquieran las competencias como trabajadores/as autónomos/as o por cuenta propia.
– Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente.
– Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se realizó, adaptada al modelo de anexo V.
b.3) Solicitantes que adquieran las competencias como trabajadores/as voluntarios/as o becarios/as.
– Certificación de la organización en la que consten las actividades y funciones realizadas, y el número total de horas, adaptada al modelo de anexo V.
c) Solicitantes que no puedan justificar su experiencia acogiéndose al artículo 6.2.
– Cualquier otra documentación de carácter laboral y/o formativo que sirva como prueba potencial de la competencia que se pretenda demostrar y permita contrastar los requisitos.
d) Solicitantes que no poseen DNI o NIE.
– Permiso de trabajo, en el caso de personas extranjeras, solo en el caso de oponerse expresamente a la consulta de residencia o de no presentar el documento acreditativo.
– Certificado del registro de ciudadano/a comunitario/a o tarjeta familiar de ciudadano de la Unión Europea o, en su caso, copia del pasaporte en vigor (en el caso de ciudadanos comunitarios que no estén contemplados en la situación anterior).
e) Solicitantes con discapacidad.
– Certificado acreditativo de la discapacidad, si no fue emitido por la Xunta, en el caso de solicitar alguna adaptación o la exención de tasas.
f) No será necesario adjuntar los documentos que ya hubieran sido presentados anteriormente para el caso de los/las solicitantes que hubieran participado en convocatorias anteriores dentro de los últimos cinco años, y hubieran pasado a la fase de asesoramiento y/o de evaluación o quedado como reservas por no disponer de plazas vacantes, de participar en la presente convocatoria y en la misma sede no tendrán que presentar la documentación ya aportada. También podrán acogerse en la aplicación informática a la opción de recuperar los datos cargados para actualizarlos, o cargar una solicitud de nuevo.
g) La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas solicitantes se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas solicitantes presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la subsane, a través de su carga en la aplicación informática y posterior presentación electrónica, excepto en los casos de personas que no posean DNI, NIE o certificado electrónico a que se hace referencia en el artículo 8.1. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuese realizada la subsanación.
h) De no presentar la solicitud y documentación según lo establecido anteriormente, las solicitudes serán excluidas del proceso de admisión.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de el.
4. Se deberá aportar necesariamente la traducción oficial de todos los documentos que no estén redactados en las lenguas gallega o castellana.
5. La falsedad en los datos aportados o declarados supondrá la exclusión del procedimiento.
6. Plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 13 de enero al 7 de febrero de 2020, ambos incluidos.
7. Cada participante presentará una única solicitud. Podrá elegir una o varias unidades de competencia de las que se convocan, siempre que estén incluidas en un mismo ciclo formativo y se desarrollen en una misma sede.
8. Comprobación de datos.
8.1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:
a) En el caso de personas extranjeras, certificado de residencia en España.
b) Discapacidad reconocida por la Xunta de Galicia.
c) Situación actual de desempleo.
8.2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente del formulario de la solicitud, anexo III, y aportar los documentos.
8.3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
9. Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud.
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento que no sean objeto de lo establecido en esta orden deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Artículo 9. Admisión de candidatos y candidatas
1. Lista de personas solicitantes.
a) Para la revisión y análisis de los documentos aportados por los solicitantes existirá en cada sede una comisión encargada de la calificación de la documentación, que estará integrada por el jefe del departamento de acreditación y pruebas, que actuará como presidente, y hasta un máximo de cinco personas, seleccionadas por este, entre el personal que presta servicios en el centro sede.
b) Las solicitudes recibidas en cada centro sede serán remitidas a la comisión indicada en el punto anterior, para la comprobación de los requisitos de los solicitantes.
c) La comisión constituida en cada sede para la calificación de la documentación será la encargada de la publicación de las listas de solicitantes correspondientes, para lo cual contará como mínimo de 10 días naturales desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
d) Las listas de personas solicitantes y de aquellas que necesiten subsanar documentación serán publicadas en el portal educativo de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa http://www.edu.xunta.es/fp, y tendrá efectos de notificación a las personas interesadas. En la lista aparecerán, al menos, los apellidos, el nombre y los cuatro últimos dígitos del número del documento nacional de identidad de las personas solicitantes. Las personas solicitantes podrán consultar su situación accediendo a su expediente en la aplicación informática.
2. Subsanación de la documentación presentada.
a) Los solicitantes tendrán un plazo de 15 días naturales contados desde el siguiente al de publicación de las listas de solicitantes para subsanar el defecto u omisión en la documentación entregada. Las subsanaciones se presentarán en el centro docente elegido para realizar el procedimiento o a través de la sede electrónica.
b) Solo serán tenidos en cuenta a los efectos de determinación de la prioridad de acceso al procedimiento, en los casos en que exista mayor número de demandantes que de plazas ofertadas, los méritos de experiencia y/o formación con los que cuente el solicitante en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Listas provisionales de personas admitidas.
a) Las solicitudes previamente revisadas por la comisión encargada de la calificación de la documentación en cada sede serán remitidas a las correspondientes comisiones de evaluación para su baremo y publicación de las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.
b) Las listas provisionales de personas admitidas y excluidas para cada unidad de competencia se publicarán a partir de los 20 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de las listas de personas solicitantes, con indicación de la causa de exclusión, en los lugares indicados en el apartado 1.d) de este mismo artículo y con los mismos efectos de notificación. En la lista aparecerán los datos de las personas según lo establecido en el punto 1.d) de este mismo artículo.
c) De existir mayor número de personas que cumplan los requisitos establecidos que número de plazas convocadas, las comisiones de evaluación aplicarán los criterios de selección según el baremo recogido en el anexo IV de esta orden, y se publicará la relación de admitidos con la correspondiente puntuación.
– Criterios de baremo de solicitudes cuando existan más personas candidatas que plazas.
Tendrán prioridad las personas que cumplan los requisitos de acceso por la vía de la experiencia profesional. En caso de empate se establecerán como criterios de prioridad, en primer lugar, la formación alegada, para el caso de cumplir requisitos por la experiencia laboral, o la experiencia profesional alegada, en el caso de cumplir requisitos por la formación. En segundo lugar la edad del candidato o de la candidata (primando la persona de mayor edad) y, en tercer lugar, el sexo, aplicando la discriminación positiva para las mujeres.
De persistir el empate en cualquiera de los casos, se aplicará como criterio el resultado del sorteo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
d) Las personas aspirantes podrán presentar reclamación contra las listas provisionales, que podrá generarse desde la aplicación informática de gestión del procedimiento, en el plazo de 7 días naturales contados desde el día siguiente al de su publicación, y deberá entregarse en el centro docente elegido para realizar el procedimiento.
4. Listas definitivas de personas admitidas.
a) Las listas definitivas de personas admitidas y excluidas para cada unidad de competencia se publicarán a partir del día 23 de marzo de 2020, con indicación de la causa de exclusión, en los lugares indicados en el punto 1.d) de este mismo artículo y con los mismos efectos de notificación. En la lista aparecerán los datos de las personas según lo establecido en el punto 1.d) de este mismo artículo.
b) Los candidatos admitidos estarán en disposición de pasar a las fases de asesoramiento y evaluación.
c) El resto de solicitantes quedará en situación de reserva para cubrir, según el orden de puntuación que hubieran alcanzado, los abandonos y las renuncias que se produzcan durante la fase de asesoramiento.
d) Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de las listas definitivas, que se deberá presentar en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El recurso de alzada se podrá generar desde la aplicación informática de gestión del procedimiento para su posterior presentación. La resolución estará a disposición de los candidatos en la aplicación informática en el expediente del candidato.
5. Por motivos organizativos y de eficacia y eficiencia, cuando en una determinada sede se presente un elevado número de solicitudes y en otra un número menor, y de cara a cubrir las plazas que podrían quedar desiertas, la Dirección General de Educación, Formación profesional y Enseñanzas Especiales podrá redistribuir el número de plazas previsto inicialmente para cada sede establecidas en el anexo I de esta convocatoria.
Artículo 10. Tasas
Para tener derecho a participar en las fases de asesoramiento y evaluación, la persona candidata admitida al procedimiento tendrá que formalizar el pago de las tasas correspondientes previamente a la realización de cada una de las fases.
1. Pago de la tasa de la fase de asesoramiento.
– El candidato admitido para la realización de la fase de asesoramiento deberá abonar una única tasa de 20,73 euros (o la vigente en el momento).
– El pago de la tasa deberá realizarse de forma telemática o a través del impreso de autoliquidación en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras en la recaudación de las tasas y precios de la Comunidad Autónoma de Galicia, consignando los siguientes datos:
Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional: código 07.
Delegación de servicios centrales: código 13.
Servicio de secretaría general: código 01.
Tasa denominación: asesoramiento del/de la candidato/a para participar en el procedimiento para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación: código 304201.
El justificante del pago deberá entregarse al asesor en la primera reunión de asesoramiento que se realice. La no presentación de este en el tiempo y forma procedentes supondrá la exclusión del aspirante.
2. Pago de la tasa de evaluación.
La persona candidata admitido para la realización de la fase de evaluación deberá abonar una tasa de 10,37 euros por cada una de las unidades de competencia en las que solicite su evaluación (o la vigente en el momento).
– El pago de la tasa de evaluación, igual que la de asesoramiento, deberá realizarse de forma telemática o a través del impreso de autoliquidación en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras en la recaudación de las tasas y precios de la Comunidad Autónoma de Galicia, consignando los siguientes datos:
Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional: código 07.
Delegación de servicios centrales: código 13.
Servicio de secretaría general: código 01.
Tasa denominación: evaluación de la unidad de competencia (por cada unidad de competencia para la cual se solicite la evaluación: código 304202.
El justificante del pago de la tasa de evaluación se entregará a la comisión de evaluación cuando la persona candidata sea citada para realizar esta fase. La no presentación de éste en el tiempo y forma procedentes supondrá la exclusión del aspirante.
3. Exenciones del pago.
– De acuerdo con el artículo 23, punto 10, de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, estarán exentas del pago de tasas las personas que en el momento de iniciarse las sesiones de asesoramiento y evaluación, figuren como desempleadas, así como aquellas personas con discapacidad igual o superior al 33 %.
– Justificación.
Las personas exentas del pago de las tasas deberán presentar, en el momento del asesoramiento y/o de la evaluación, la documentación que acredite este derecho:
– En el caso del/de la trabajador/a desempleado/a, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo expedida por los servicios públicos de empleo, solo en el caso de oponerse expresamente a su consulta.
– En el caso de discapacidad, certificado acreditativo del grado de discapacidad de no tener que ser emitido por la Xunta de Galicia o en el caso de oponerse expresamente a su consulta.
Artículo 11. Servicios de información y orientación
1. La Consellería de Educación, Universidad e Formación Profesional garantizará un servicio abierto y permanente que facilite información y orientación a todas las personas que la soliciten.
Esta información y orientación será facilitada por los departamentos de orientación de los centros integrados de formación profesional y en los centros de formación profesional de titularidad pública dependientes de la Administración educativa.
En cada punto de información existirá, por lo menos, un profesional (orientador u orientadora) para el desarrollo de estas funciones.
2. Funciones:
a) Informar sobre el proceso de evaluación y reconocimiento de las competencias profesionales para que se pueda seguir adecuadamente, y también sobre la formalización y la presentación de la documentación pertinente.
b) Elaborar, en el caso de orientadores u orientadoras de los centros donde se desarrolle el procedimiento, un plan de formación para las personas candidatas, donde se hará constar, según proceda:
– Las posibilidades de formación, con las orientaciones pertinentes, para que puedan acreditar en convocatorias posteriores las unidades de competencia cuya acreditación hubiesen solicitado.
– Las posibilidades de formación, con las orientaciones pertinentes, para completar la formación conducente a la obtención de un título de formación profesional o certificado de profesionalidad relacionado con ellas.
Artículo 12. Fases del procedimiento
La instrucción del procedimiento se desarrollará en las siguientes fases:
a) Asesoramiento.
b) Evaluación de la competencia profesional.
c) Acreditación y registro de la competencia profesional.
Artículo 13. Primera fase: asesoramiento
1. La fase de asesoramiento comenzará al día siguiente de la publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos y tendrá que estar finalizada el día 31 de mayo de 2020. El asesor o la asesora seguirá el procedimiento establecido en la guía de asesoramiento con el apoyo de la aplicación informática de gestión del procedimiento.
2. El asesoramiento será obligatorio, y para esta convocatoria se realizará de forma presencial, por lo que la falta de asistencia injustificada provocará la pérdida de la condición de persona candidata admitida en el procedimiento. La justificación deberá ser presentada en el centro en los cinco días siguientes a los de la sesión, por escrito y acompañada de la documentación acreditativa.
3. Se realizarán por lo menos dos reuniones o sesiones de asesoramiento. La convocatoria para la primera reunión grupal se publicará en la página web de la sede donde se desarrolle el procedimiento y en la página www.edu.xunta.es/fp de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional en los diez primeros días desde la publicación de las listas definitivas de admitidos y siempre con una antelación mínima de una semana respecto de la fecha de celebración, y tendrá efectos de notificación a las personas interesadas. La convocatoria a la reunión se reflejará en el expediente del candidato en la aplicación informática de gestión del procedimiento, debiendo el candidato realizar la confirmación de la recepción en la misma aplicación.
4. La primera reunión de asesoramiento será una reunión grupal donde se informe sobre el Sistema nacional de cualificaciones, el procedimiento, sus fases, las obligaciones y derechos del candidato y las funciones del asesor o la asesora, sobre el proceso concreto de evaluación y acreditación, y sobre los principales contenidos de las unidades de competencia correspondientes. Además, se les entregará la documentación de la fase de asesoramiento y se les hará una explicación sobre ella.
Se les informará también sobre el uso de la aplicación informática de gestión del procedimiento, sobre las funcionalidades de interés y el modo de acceso a su expediente, facilitándole de esta forma a los candidatos el seguimiento de su proceso, la consulta de las fechas de las convocatorias de reunión previstas, la presentación de reclamaciones y la realización en línea de determinadas tareas.
5. El/la asesor/a y las personas candidatas al final de la primera reunión grupal acordarán las fechas para la segunda reunión. El asesor, mediante el expediente del candidato en la aplicación informática, realizará la comunicación de la convocatoria a la reunión individual con base en las fechas acordadas, debiendo el candidato realizar la confirmación de su recepción en la misma aplicación.
6. La segunda reunión consistirá en una entrevista personal individual. El fin de esta entrevista es ayudar a la persona candidata a explicitar las competencias y aprendizajes adquiridos, a responder el cuestionario de autoevaluación, así como a ampliar la documentación acreditativa con el fin de mejorar el historial profesional y/o formativo. Asimismo, se motivará al candidato para proseguir en este proceso como un proceso de aprendizaje permanente a lo largo de la vida.
7. El asesor o la asesora, contrastando los contenidos del cuestionario de autoevaluación y del historial formativo y/o profesional de la persona candidata, y del expediente de competencias, identificará y valorará la información profesional aportada y realizará un informe firmado, destinado a la comisión de evaluación, que tendrá carácter orientativo, donde indicará de forma motivada si considera que hay o no evidencias suficientemente justificadas de la competencia de la persona candidata en cada una de las unidades de competencia y, por otra parte, le indicará la conveniencia de pasar o no a la fase de evaluación.
a) Si el informe es positivo (considera que hay evidencias suficientes sobre la competencia de la persona candidata), el asesor o la asesora trasladará a la comisión de evaluación el informe elaborado, así como toda la documentación aportada por la persona candidata.
b) Si el informe es negativo, el asesor o la asesora indicará a la persona candidata la formación complementaria que podrá realizar, así como los centros donde se ofrece.
– El informe del asesor o la asesora no es vinculante, por lo que la persona candidata podrá decidir pasar a la fase de evaluación. En este caso, el asesor o la asesora también trasladarán a la comisión de evaluación su informe, junto con la documentación referida.
8. Cuando la persona candidata decida no pasar a la fase de evaluación, por entender que después del asesoramiento no tiene evidencias de competencia, el asesor o la asesora informará al Departamento de Orientación para que este, en su caso, elabore un plan de formación específico en función de sus intereses y de sus expectativas.
Artículo 14. Segunda fase: evaluación de la competencia profesional
1. Esta fase comenzará para cada persona candidata al término de la fase de asesoramiento y deberá estar finalizada el día 22 de junio de 2020. El silencio administrativo será desestimatorio.
2. La evaluación, en cada una de las unidades de competencia en que esté inscrita la persona candidata, tendrá por objeto comprobar si ésta demuestra la competencia profesional requerida en las realizaciones profesionales, en los niveles establecidos en los criterios de realización y en una situación de trabajo, real o simulada, fijada a partir del contexto profesional.
3. La comisión de evaluación realizará un plan individualizado de evaluación en que constarán, por lo menos, las actividades y los métodos de evaluación que se vayan a aplicar, teniendo en cuenta las guías de evidencias.
– El proceso de evaluación lo iniciará la comisión de evaluación con el análisis del informe del asesor o la asesora y de todas las evidencias indirectas que se obtengan de la documentación aportada por la persona candidata en cada unidad de competencia.
– Se utilizarán para la obtención de las evidencias directas los métodos que se consideren necesarios para comprobar lo explicitado por la persona solicitante en la documentación aportada, según las guías de evidencias: la observación de la persona candidata en el puesto de trabajo, simulaciones, pruebas estandarizadas de competencia profesional o la entrevista profesional.
– La comisión informará a la persona candidata sobre las actividades y los métodos de evaluación, así como los lugares y las fechas previstas para su realización. Cuando la comisión de evaluación lo considere necesario, podrá requerirle la información complementaria que considere necesaria o solicitar nuevas evidencias directas adicionales.
– El plan individualizado de evaluación será firmado por la persona candidata antes del inicio de su desarrollo. Será comunicado al candidato mediante su expediente en la aplicación informática y este deberá confirmar su recepción. De cada actividad de evaluación realizada quedará un registro firmado por la persona aspirante y el evaluador o la evaluadora.
4. Resultados del proceso de evaluación.
Finalizada la etapa de evaluación, se completará el expediente de evidencias, que recogerá los resultados y los registros producidos a lo largo del procedimiento y que deberá estar custodiado durante el período reglamentario para atender los posibles procesos de reclamación en las sedes donde se desarrolle el proceso.
– La comisión de evaluación valorará los resultados del proceso y emitirá juicio de la competencia de la persona candidata, expresado en términos de demostrada o no demostrada, lo que hará constar en un acta firmada por todos los miembros de la comisión de evaluación, según el modelo del anexo VI de esta orden.
– La comisión de evaluación elaborará un informe individualizado de cada persona candidata, donde indique los resultados de la evaluación de las competencias profesionales, así como la propuesta de formación.
– El presidente o la presidenta de la comisión de evaluación será responsable de informar a las personas candidatas de los resultados de la evaluación. La comunicación se realizará mediante la aplicación informática reflejando los resultados en el expediente del candidato, o por escrito cuando el candidato carezca de correo electrónico. Asimismo, informarán de la forma y los plazos para ejercer el derecho de reclamación y, en su caso, para presentar los recursos administrativos que procedan.
– Los candidatos podrán presentar reclamación ante la comisión de evaluación, en el plazo de cinco días naturales contados desde el siguiente al de comunicación del resultado de la evaluación.
– La comisión de evaluación resolverá las reclamaciones en el plazo máximo de 10 días desde su presentación.
– Contra la decisión de la comisión de evaluación podrá presentarse recurso de alzada ante la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de comunicación de la decisión de la comisión de evaluación, según lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
– Las reclamaciones y recursos de alzada se podrán generar desde la aplicación informática de gestión del procedimiento para su posterior presentación. La resolución será comunicada mediante la aplicación informática, reflejando el resultado en el expediente del candidato.
5. El incumplimiento grave, por parte de la persona solicitante de reconocimiento, de las normas de prevención, protección y seguridad que corresponda aplicar en cada prueba provocará su interrupción y la exclusión del procedimiento.
6. Principios para la evaluación.
a) La evaluación basada en la competencia consiste básicamente en la acumulación de suficientes pruebas de evidencia que permitan inferir con toda confianza la competencia de la persona candidata.
b) La decisión de la evaluación no podrá estar basada exclusivamente en el historial profesional ni formativo, sino que deberá complementarse con evidencias de competencia recogidas por distintos métodos (directos e indirectos).
c) En el desarrollo del proceso de evaluación de la competencia profesional se deberá procurar preservar la autoestima de las personas.
d) Los modos de recogida de evidencias de competencia se especificarán en las guías de evidencias y deberán tener diferentes orígenes: historial profesional y formativo, trabajos y proyectos realizados por la persona candidata, observación en el puesto de trabajo, entrevistas profesionales, simulaciones y pruebas profesionales.
e) Cuando las evidencias presentadas en la fase de asesoramiento no sean suficientes, la comisión de evaluación planificará la recogida de evidencias complementarias siguiendo el plan de evaluación general realizado por la comisión de evaluación, teniendo en cuenta las orientaciones de la guía de evidencias. La planificación de la evaluación será personificada para cada candidato o candidata y recogerá las actividades de evaluación con la identificación de los métodos de evaluación a utilizar, así como las fechas y los lugares previstos. El plan de evaluación deberá ser pactado con la persona candidata, incluyendo la fecha y el lugar en que se vaya a llevar a cabo.
f) En la evaluación se deberán aplicar de manera combinada distintos modos de evaluar la competencia profesional. Cuando sea posible, atendiendo a la situación laboral de la persona trabajadora, se deberá dar prioridad a la observación en el puesto de trabajo como método de recogida de evidencias de competencia.
g) Habrá un registro de cada actividad, que estará firmado por el evaluador o la evaluadora y por la persona candidata.
Artículo 15. Tercera fase: acreditación y registro de la competencia profesional
1. La acreditación de las unidades de competencia la realizará la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional según propuesta de la comisión de evaluación.
Los certificados, con firma digital, serán expedidos en el plazo máximo de un mes desde la finalización de la fase de evaluación y podrán ser descargados polos usuarios desde la aplicación informática de gestión del procedimiento, una vez comunicada su disponibilidad. No obstante, las personas interesadas podrán solicitarlo en la sede donde hayan realizado el procedimiento.
2. La expedición de la acreditación de unidades de competencia tendrá efectos de acreditación parcial acumulable y de convalidación de la formación referida a dicha unidad de competencia en los títulos de formación profesional y de exención en los certificados de profesionalidad:
– La Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional reconocerá las unidades de competencia acreditadas que producirán efectos de convalidación de los módulos profesionales correspondientes, según la normativa vigente, y que se establece en cada título.
– La Consellería de Economía, Empleo e Industria reconocerá las unidades de competencia acreditadas, que producirán efectos de exención de los módulos formativos asociados a las unidades de competencia de los certificados de profesionalidad, según la normativa vigente, y que se establecen en cada uno de los certificados.
3. Las acreditaciones concedidas tienen carácter oficial, con validez en todo el territorio del Estado. Tendrán los efectos académicos y profesionales previstos en la legislación vigente en lo tocante a exenciones, correspondencias y convalidaciones.
4. El registro de las acreditaciones de unidades de competencia se realizará de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 18 del Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral.
Artículo 16. Comisión de evaluación. Composición
1. La comisión de evaluación será el órgano decisorio en el proceso de evaluación de la competencia y juzga la competencia de las personas candidatas teniendo en cuenta las evidencias obtenidas en la fase de asesoramiento y las obtenidas en la fase de evaluación. Además, es el órgano responsable de llevar a cabo la preparación de las pruebas de competencia, de hacer el seguimiento de su desarrollo y de la evaluación de sus resultados.
La Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa nombrará las comisiones de evaluación necesarias para llevar a cabo el proceso de evaluación de las diferentes unidades de competencia para las que se convoca el procedimiento de evaluación y acreditación.
2. Composición de las comisiones de evaluación.
a) La comisión de evaluación estará constituida por lo menos por cinco miembros, de los que uno debe ocupar la presidencia, otro desempeñará el cargo de secretario o secretaria, y los tres restantes serán vocales. Todos estos miembros tendrán que disponer de la habilitación como evaluadores o evaluadoras otorgada por la Administración educativa o laboral, para participar en el procedimiento de reconocimiento, evaluación y acreditación de la competencia profesional.
b) Se garantizará la presencia de evaluadores y evaluadoras tanto del sector formativo como del productivo. Excepcionalmente, se podrán designar comisiones de evaluación en que falte alguno de los sectores, si ello impidiera la realización de la fase de evaluación.
c) La comisión de evaluación podrá proponer la incorporación de profesionales cualificados en calidad de expertos, con voz y sin voto, que serán nombrados por la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa.
d) La presidencia recaerá en un empleado público de la Administración y deberá tener una experiencia laboral o docente en el ámbito profesional específico de, por lo menos, seis años o haber actuado durante dos años como personal asesor o evaluador en este procedimiento. Será responsable de las actuaciones de la comisión y de la coordinación entre las fases del proceso.
e) La secretaría recaerá en un empleado público de la Administración y se encargará de efectuar la convocatoria de las sesiones por orden de la presidencia, redactar las actas de las sesiones, dar fe de los acuerdos tomados por la comisión de evaluación y cuantas otras funciones sean inherentes a su cargo.
f) Para proteger la imparcialidad y el rigor técnico de la evaluación, las actuaciones de las comisiones de evaluación estarán sujetas a lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
Artículo 17. Requisitos, formación y habilitación
1. La habilitación del personal asesor y/o evaluador se hará atendiendo a los criterios de experiencia y formación específica que se establecen a continuación:
a) Tener una experiencia de, por lo menos, cuatro años en alguno de los siguientes colectivos:
– Profesorado, con atribución docente en la familia profesional correspondiente, perteneciente a los cuerpos de catedráticos, profesorado de enseñanza secundaria o profesorado técnico de formación profesional.
– Formadores o formadoras con especialización en las unidades de competencia que se especifiquen.
– Profesionales expertos en las unidades de competencia que se especifiquen.
b) Superar un curso de formación específica organizado y supervisado por la Administración educativa, tomando como referente los contenidos establecidos en el Real decreto 1224/2009, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral.
2. Las personas habilitadas podrán actuar como personal asesor o evaluador en las comisiones de evaluación y deberán ser nombradas en cada convocatoria.
3. Las personas designadas como personal asesor no podrán participar como evaluadoras en una misma convocatoria de evaluación y acreditación, y viceversa.
Artículo 18. Instrumentos de apoyo
1. El proceso de evaluación de las competencias profesionales requiere una serie de instrumentos que garanticen su desarrollo con la calidad y el rigor necesarios, como son:
– Un manual de procedimiento, integrado por una guía de la persona candidata, una guía para el asesor o la asesora, y una guía del evaluador o la evaluadora.
– Cuestionarios de autoevaluación, que constituyen uno de los elementos prescriptivos en la fase de asesoramiento. Permitirán traducir la competencia de la persona candidata a términos de realizaciones y criterios de realización de las unidades o de los ámbitos de competencia que constituyen el referente en este proceso.
– Guía de evidencias, para cada unidad de competencia, donde se especifiquen las fuentes y los métodos de obtención de la evidencia, que va a constituir la directriz en el contraste de competencias. Se considerarán fuentes de evidencia el trabajo actual de la persona candidata, las simulaciones, sus logros anteriores y las conversaciones profesionales. Se deberán concretar las técnicas de obtención de evidencias y los criterios de evaluación, en cada caso.
– Plan de evaluación, que deberán elaborar las comisiones de evaluación y que permitirá realizar el plan de evaluación individualizado para cada persona.
2. La Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional contextualizará, en su caso, según las características y las necesidades propias de nuestra comunidad autónoma, los documentos básicos elaborados por la Administración general del Estado en colaboración con las comunidades autónomas.
Artículo 19. Seguimiento del procedimiento
La evaluación final del procedimiento corresponde al Consejo Gallego de Formación Profesional o, en su caso, a la comisión técnica designada por él, sin perjuicio de los aspectos que sean competencia exclusiva de otros órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Artículo 20. Permisos individuales de formación
Las personas que estén trabajando podrán utilizar los permisos individuales de formación para participar en las fases de asesoramiento y evaluación de este procedimiento, de acuerdo con lo que establece el Ministerio de Trabajo e Inmigración, en desarrollo del artículo 12 del Real decreto 395/2007, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo.
Artículo 21. Financiación
La presente convocatoria se encuentra entre las actuaciones cofinanciables en el marco del programa operativo Empleo, Formación y Educación, programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
Artículo 22. Notificaciones
1. Las notificaciones de aquellas resoluciones y actos administrativos que no sean objeto de publicación de acuerdo con lo establecido en esta orden se practicarán solo por medios electrónicos, en los términos previstos en la norma reguladora del procedimiento administrativo común.
2. Las notificaciones electrónicas se realizarán mediante el Sistema de notificación electrónica de Galicia-Notifica.gal, disponible a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). Este sistema remitirá a las personas interesadas avisos de la puesta a disposición de las notificaciones a la cuenta de correo y/o teléfono móvil que consten en la solicitud. Estos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada y su falta no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.
3. En este caso las personas interesadas deberán crear y mantener su dirección electrónica habilitada única a través del Sistema de notificación electrónica de Galicia-Notifica.gal, para todos los procedimientos administrativos tramitados por la Administración general y del sector público autonómico. En todo caso, la Administración general podrá, de oficio, crear la indicada dirección, a los efectos de asegurar que las personas interesadas cumplan su obligación de relacionarse por medios electrónicos.
4. Las notificaciones se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido y rechazadas cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
5. Si el envío de la notificación electrónica no es posible por problemas técnicos, la Administración general y del sector público autonómico practicarán la notificación por los medios previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Artículo 23. Archivo y destrucción de las pruebas
Los centros integrados de formación profesional serán los encargados del archivo de la documentación aportada y generada durante el desarrollo de este procedimiento durante un período de cinco años desde su finalización.
Disposición adicional. Información básica sobre protección de datos personales
Los datos personales recogidos en este procedimiento serán tratados en su condición de responsable por la Xunta de Galicia-Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional de la Xunta de Galicia, con las finalidades de llevar a cabo la tramitación administrativa que se derive de la gestión de este procedimiento y la actualización de la información y contenidos de la Carpeta ciudadana.
El tratamiento de los datos se basa en el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de poder públicos, conforme a la normativa recogida en la ficha del procedimiento incluida en la Guía de procedimientos y servicios, en el propio formulario anexo y en las referencias recogidas en https://www.xunta.gal/proteccion-datos-persoais. No obstante, determinados tratamientos podrán fundamentarse en el consentimiento de las personas interesadas, reflejándose esta circunstancia en dicho formulario.
Los datos serán comunicados a las administraciones públicas en el ejercicio de sus competencias, cuando sea necesario para la tramitación y resolución de sus procedimientos o para que los ciudadanos puedan acceder de forma integral a la información relativa a una materia.
Con la finalidad de dar la publicidad exigida al procedimiento, los datos identificativos de las personas interesadas serán publicados conforme a lo descrito en la presente orden reguladora a través de los distintos medios de comunicación institucionales de los que dispone la Xunta de Galicia, como diarios oficiales, páginas web o tablones de anuncios.
Las personas interesadas podrán acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como ejercer otros derechos o retirar su consentimiento, a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia o presencialmente en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, según se explicita en la información adicional recogida en https://www.edu.xunta.gal/proteccion-datos-persoais.
Disposición final primera. Desarrollo normativo
Se autoriza a la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa para adoptar las medidas precisas para la ejecución de esta orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 29 de noviembre de 2019
Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional
ANEXO I
Relación de unidades de competencia y plazas objeto de acreditación, asociadas a cualificaciones profesionales, certificados de profesionalidad, ciclos de grado medio y superior y familias profesionales
Familia profesional: Administración y Gestión.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
MADG01 Gestión administrativa |
ADG307_2 Actividades administrativas de recepción y relación con la clientela |
ADGG0208 Actividades administrativas en la relación con el cliente |
UC0975_2 |
Recibir y procesar las comunicaciones internas y externas |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
30 |
CIFP Portovello |
32016765 |
30 |
|||||
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
30 |
|||||
UC0977_2 |
Comunicarse en una lengua extranjera con un nivel de usuario independiente en las actividades de gestión administrativa en relación con la clientela |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
30 |
|||
CIFP Portovello |
32016765 |
30 |
|||||
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
30 |
|||||
ADG308_2 Actividades de gestión administrativa |
ADGD0308 Actividades de gestión administrativa |
UC0233_2 |
Manejar aplicaciones ofimáticas en la gestión de la información y la documentación |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
30 |
|
CIFP Portovello |
32016765 |
30 |
|||||
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
30 |
|||||
UC0973_1 |
Introducir datos y textos en terminales informáticos en condiciones de seguridad, calidad y eficiencia |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
30 |
|||
CIFP Portovello |
32016765 |
30 |
|||||
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
30 |
|||||
UC0976_2 |
Realizar las gestiones administrativas del proceso comercial |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
30 |
|||
CIFP Portovello |
32016765 |
30 |
|||||
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
30 |
|||||
UC0978_2 |
Gestionar el archivo en soporte convencional e informático |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
30 |
|||
CIFP Portovello |
32016765 |
30 |
|||||
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
30 |
|||||
UC0979_2 |
Realizar las gestiones administrativas de tesorería |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
30 |
|||
CIFP Portovello |
32016765 |
30 |
|||||
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
30 |
|||||
UC0980_2 |
Efectuar las actividades de apoyo administrativo de recursos humanos |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
30 |
|||
CIFP Portovello |
32016765 |
30 |
|||||
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
30 |
|||||
UC0981_2 |
Realizar registros contables |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
30 |
|||
CIFP Portovello |
32016765 |
30 |
|||||
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
30 |
|||||
SADG01 Administración y finanzas |
ADG082_3 Gestión contable y auditoría |
ADGD0108 Gestión contable y gestión administrativa para auditoría |
UC0231_3 |
Realizar la gestión contable y fiscal |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
ADG084_3 Administración de recursos humanos |
ADGD0208 Gestión integrada de recursos humanos |
UC0233_2 |
Manejar aplicaciones ofimáticas en la gestión de la información y la documentación |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|
UC0237_3 |
Realizar la gestión y el control administrativo de recursos humanos |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||
UC0238_3 |
Realizar el apoyo administrativo a las tareas de selección, formación y desarrollo de recursos humanos |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||
UC0987_3 |
Administrar los sistemas de información y archivo en soporte convencional e informático |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||
ADG157_3 Gestión financiera |
ADGN0108 Financiación de empresas |
UC0233_2 |
Manejar aplicaciones ofimáticas en la gestión de la información y la documentación |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|
UC0498_3 |
Determinar las necesidades financieras de la empresa |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||
UC0499_3 |
Gestionar la información y la contratación de los recursos financieros |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||
UC0500_3 |
Gestionar y controlar la tesorería y su presupuesto |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||
ADG310_3 Asistencia documental y de gestión en despachos y oficinas |
ADGG0308 Asistencia documental y de gestión en despachos y oficinas |
UC0979_2 |
Realizar las gestiones administrativas de tesorería |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|
UC0980_2 |
Efectuar las actividades de apoyo administrativo de recursos humanos |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||
UC0982_3 |
Administrar y gestionar con autonomía las comunicaciones de la dirección |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||
UC0986_3 |
Elaborar documentación y presentaciones profesionales en distintos formatos |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||
UC0987_3 |
Administrar los sistemas de información y archivo en soporte convencional e informático |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||
UC0988_3 |
Preparar y presentar expedientes y documentación jurídica y empresarial ante organismos y administraciones públicas |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
Familia profesional: Agraria.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
MAGA04 Aprovechamiento y conservación del medio natural |
AGA343_2 Aprovechamientos forestales |
AGAR0108 Aprovechamientos forestales |
UC1116_2 |
Realizar el apeo y procesado de árboles con motosierra |
CIFP A Granxa |
36007552 |
30 |
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||||
UC1117_2 |
Realizar el apeo y procesado de árboles con cosechadora forestal |
CIFP A Granxa |
36007552 |
30 |
|||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||||
AGA345_2 Repoblaciones forestales y tratamientos silvícolas |
AGAR0208 Repoblaciones forestales y tratamientos silvícolas |
UC1121_2 |
Manejar tractores forestales y realizar su mantenimiento |
CIFP A Granxa |
36007552 |
30 |
|
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||||
UC1125_2 |
Realizar operaciones de repoblación forestal y de corrección hidrológico-forestal |
CIFP A Granxa |
36007552 |
30 |
|||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||||
UC1126_2 |
Realizar tratamientos silvícolas |
CIFP A Granxa |
36007552 |
30 |
|||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||||
AGA458_2 Mantenimiento y mejora del hábitat cinegético-piscícola |
AGAR0111 Mantenimiento y mejora del hábitat cinegético-piscícola |
UC1473_2 |
Realizar trabajos de repoblación de especies acuícolas continentales y de conservación y mejora de su hábitat |
CIFP A Granxa |
36007552 |
30 |
|
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||||
UC1475_2 |
Realizar trabajos de repoblación de especies cinegéticas |
CIFP A Granxa |
36007552 |
30 |
|||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||||
AGA460_2 Producción de semillas y plantas en vivero |
AGAU0110 Producción de semillas y plantas en vivero |
UC0525_2 |
Controlar las plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías |
CIFP A Granxa |
36007552 |
30 |
|
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||||
UC1479_2 |
Realizar operaciones de propagación de plantas en vivero |
CIFP A Granxa |
36007552 |
30 |
|||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
Familia profesional: Comercio y Marketing.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
MCOM01 Actividades comerciales |
COM085_2 Actividades de venta |
COMV0108 Actividades de venta |
UC0239_2 |
Realizar la venta de productos y/o servicios a través de los diferentes canales de comercialización |
CIFP Portovello |
32016765 |
20 |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||||
UC0240_2 |
Realizar las operaciones auxiliares a la venta |
CIFP Portovello |
32016765 |
20 |
|||
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||||
UC0241_2 |
Ejecutar las acciones del servicio de atención al cliente, consumidor y usuario |
CIFP Portovello |
32016765 |
20 |
|||
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||||
UC1002_2 |
Comunicarse en inglés con un nivel de usuario independiente, en actividades comerciales |
CIFP Portovello |
32016765 |
20 |
|||
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||||
COM318_3 Organización y gestión de almacenes |
COML0309 Organización y gestión de almacenes |
UC1015_2 |
Gestionar y coordinar las operaciones del almacén |
CIFP Portovello |
32016765 |
20 |
|
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||||
COM631_2 Actividades de gestión del pequeño comercio |
COMT0112 Actividades de gestión del pequeño comercio |
UC2104_2 |
Impulsar y gestionar un pequeño comercio de calidad |
CIFP Portovello |
32016765 |
20 |
|
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||||
UC2105_2 |
Organizar y animar el punto de venta de un pequeño comercio |
CIFP Portovello |
32016765 |
20 |
|||
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||||
UC2106_2 |
Garantizar la capacidad de respuesta y abastecimiento del pequeño comercio |
CIFP Portovello |
32016765 |
20 |
|||
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||||
COM650_3 Gestión comercial inmobiliaria |
COMT0111 Gestión comercial inmobiliaria |
UC0811_2 |
Realizar la venta y difusión de productos inmobiliarios a través de distintos canales de comercialización |
CIFP Portovello |
32016765 |
20 |
|
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
20 |
|||||
SCOM03 Gestión de ventas y espacios comerciales |
COM158_3 Implantación y animación de espacios comerciales |
COMP0108 Implantación y animación de espacios comerciales |
UC0501_3 |
Establecer la implantación de espacios comerciales |
CIFP Portovello |
32016765 |
15 |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
15 |
|||||
UC0502_3 |
Organizar la implantación de productos/servicios en la superficie de venta |
CIFP Portovello |
32016765 |
15 |
|||
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
15 |
|||||
UC0503_3 |
Organizar y controlar las acciones promocionales en espacios comerciales |
CIFP Portovello |
32016765 |
15 |
|||
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
15 |
|||||
UC0504_3 |
Organizar y supervisar el montaje de escaparates en el establecimiento comercial |
CIFP Portovello |
32016765 |
15 |
|||
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
15 |
|||||
COM318_3 Organización y gestión de almacenes |
COML0309 Organización y gestión de almacenes |
UC1014_3 |
Organizar el almacén de acuerdo con criterios y niveles de actividad previstos |
CIFP Portovello |
32016765 |
15 |
|
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
15006778 |
15 |
Familia profesional: Edificación y Obra Civil.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
MEOC01 Construcción |
EOC052_2 Fábricas de albañilería |
EOCB0108 Fábricas de albañilería |
UC0141_2 |
Organizar trabajos de albañilería |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
UC0142_1 |
Construir fábricas para revestir |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC0143_2 |
Construir fábricas vistas |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC0869_1 |
Elaborar pastas, morteros, adhesivos y hormigones |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
EOC579_2 Armaduras pasivas para hormigón |
EOCE0111 Armaduras pasivas para hormigón |
UC1905_2 |
Realizar el armado manual y colocación en obra de armaduras |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|
EOC580_2 Cubiertas inclinadas |
EOCB0111 Cubiertas inclinadas |
UC0869_1 |
Elaborar pastas, morteros, adhesivos y hormigones |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|
UC0870_1 |
Construir faldones para cubiertas |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC1360_2 |
Controlar a nivel básico riesgos en construcción |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC1908_2 |
Montar estructura metálica ligera para cubiertas |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC1909_2 |
Construir tableros y coberturas con chapa conformada, paneles y placas |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC1910_2 |
Construir la cobertura con teja y pizarra |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC1911_2 |
Organizar trabajos de cubiertas e impermeabilizaciones |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
EOC581_2 Encofrados |
EOCE0211 Encofrados |
UC1912_2 |
Poner en obra encofrados verticales |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|
UC1913_2 |
Poner en obra encofrados horizontales |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
EOC582_2 Impermeabilización mediante membranas formadas con láminas |
EOCJ0111 Impermeabilización mediante membranas formadas con láminas |
UC1917_2 |
Ejecutar las capas y elementos del sistema de impermeabilización complementarios de la membrana |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|
UC1918_2 |
Impermeabilizar con membranas bituminosas |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC1919_2 |
Impermeabilizar con membranas sintéticas |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
EOC586_2 Pavimentos y albañilería de urbanización |
EOCB0211 Pavimentos y albañilería de urbanización |
UC0869_1 |
Elaborar pastas, morteros, adhesivos y hormigones |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|
UC1321_1 |
Pavimentar con hormigón impreso y adoquinados |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC1360_2 |
Controlar a nivel básico riesgos en construcción |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC1929_2 |
Ejecutar pavimentos de urbanización |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC1930_2 |
Ejecutar elementos complementarios de pavimentos de urbanización |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC1931_2 |
Tender tubos de saneamiento y construir registros y cámaras |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC1932_2 |
Organizar trabajos de albañilería de urbanización |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
EOC589_2 Revestimientos con pastas y morteros en construcción |
EOCB0210 Revestimientos con pastas y morteros en construcción |
UC1938_2 |
Ejecutar recrecidos planos para revestimiento en construcción |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|
EOC590_2 Revestimientos con piezas rígidas por adherencia en construcción |
EOCB0310 Revestimientos con piezas rígidas por adherencia en construcción |
UC1942_2 |
Ejecutar alicatados y chapados |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|
UC1943_2 |
Ejecutar solados con piezas rígidas |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
IEX427_2 Colocación de piedra natural |
IEXD0409 Colocación de piedra natural |
UC1375_2 |
Colocar mampostería, sillería y perpiaño |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|
MEOC02 Obras de interior, decoración y rehabilitación |
EOC583_2 Instalación de placa de yeso laminado y falsos techos |
EOCJ0110 Instalación de placa de yeso laminado y falsos techos |
UC1360_2 |
Controlar a nivel básico riesgos en construcción |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
UC1903_1 |
Realizar operaciones básicas en instalación de placa de yeso laminado |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|||
UC1920_2 |
Instalar tabiques y trasdosados autoportantes de placa de yeso laminado |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|||
UC1921_2 |
Instalar sistemas de falsos techos |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|||
UC1922_2 |
Tratar juntas entre placas de yeso laminado |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|||
UC1923_2 |
Organizar trabajos de instalación de placa de yeso laminado y falsos techos |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|||
EOC584_2 Instalación de sistemas técnicos de pavimentos, empanelados y mamparas |
EOCJ0211 Instalación de sistemas técnicos de pavimentos, empanelados y mamparas |
UC0871_1 |
Sanear y regularizar soportes para revestimiento en construcción |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|
UC1902_1 |
Instalar pavimentos ligeros con apoyo continuo |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|||
UC1924_2 |
Instalar pavimentos elevados registrables |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|||
UC1925_2 |
Instalar mamparas y empanelados técnicos desmontables |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|||
EOC587_2 Pintura decorativa en construcción |
EOCB0110 Pintura decorativa en construcción |
UC0873_1 |
Aplicar imprimaciones y pinturas protectoras en construcción |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|
UC1360_2 |
Controlar a nivel básico riesgos en construcción |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|||
UC1933_2 |
Realizar revestimientos murales en papel, fibra de vidrio y vinílicos |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|||
UC1934_2 |
Realizar acabados decorativos de pintura en construcción |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|||
UC1935_2 |
Organizar trabajos de pintura en construcción |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|||
EOC589_2 Revestimientos con pastas y morteros en construcción |
EOCB0210 Revestimientos con pastas y morteros en construcción |
UC0871_1 |
Sanear y regularizar soportes para revestimiento en construcción |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|
UC1360_2 |
Controlar a nivel básico riesgos en construcción |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|||
UC1939_2 |
Revestir mediante mortero monocapa, revoco y enlucido |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|||
UC1940_2 |
Revestir mediante pastas y morteros especiales de aislamiento, impermeabilización y reparación |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|||
UC1941_2 |
Organizar trabajos de revestimientos continuos conglomerados y rígidos modulares en construcción |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|||
EOC590_2 Revestimientos con piezas rígidas por adherencia en construcción |
EOCB0310 Revestimientos con piezas rígidas por adherencia en construcción |
UC1942_2 |
Ejecutar alicatados y chapados |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|
UC1943_2 |
Ejecutar solados con piezas rígidas |
CIFP Porta da Auga |
27020793 |
10 |
|||
SEOC01 Proyectos de edificación |
EOC201_3 Representación de proyectos de edificación |
EOCO0108 Representación de proyectos de edificación |
UC0638_3 |
Realizar representaciones de construcción |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
UC0639_3 |
Realizar y supervisar desarrollos de proyectos de edificación |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
UC0640_3 |
Representar instalaciones de edificios |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
EOC273_3 Control de proyectos y obras de construcción |
EOCO0109 Control de proyectos y obras de construcción |
UC0874_3 |
Realizar el seguimiento de la planificación en construcción |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|
UC0875_3 |
Procesar el control de costes en construcción |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
UC0876_3 |
Gestionar sistemas de documentación de proyectos de construcción |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
Familia profesional: Electricidad y Electrónica.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
MELE01 Instalaciones eléctricas y automáticas |
ELE043_2 Montaje y mantenimiento de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios |
ELES0108 Montaje y mantenimiento de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios |
UC0120_2 |
Montar y mantener instalaciones de captación de señales de radiodifusión sonora y TV en edificios o conjuntos de edificaciones (antenas y vía cable) |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||||
UC0121_2 |
Montar y mantener instalaciones de acceso al servicio de telefonía disponible al público e instalaciones de control de acceso (telefonía interior y videoportería) |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||||
ELE257_2 Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión |
ELEE0109 Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión |
UC0820_2 |
Montar y mantener instalaciones eléctricas de baja tensión en edificios destinados principalmente a viviendas |
CIFP Coroso |
15014556 |
20 |
|
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||||
UC0821_2 |
Montar y mantener instalaciones eléctricas de baja tensión en edificios comerciales, de oficinas y de una o varias industrias |
CIFP Coroso |
15014556 |
20 |
|||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||||
UC0822_2 |
Montar y mantener instalaciones de automatismos en el entorno de viviendas y pequeña industria |
CIFP Coroso |
15014556 |
20 |
|||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||||
UC0823_2 |
Montar y mantener redes eléctricas aéreas de baja tensión |
CIFP Coroso |
15014556 |
20 |
|||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||||
UC0824_2 |
Montar y mantener redes eléctricas subterráneas de baja tensión |
CIFP Coroso |
15014556 |
20 |
|||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||||
UC0825_2 |
Montar y mantener máquinas eléctricas |
CIFP Coroso |
15014556 |
20 |
|||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||||
ENA261_2 Montaje y mantenimiento de instalaciones solares fotovoltaicas |
ENAE0108 Montaje y mantenimiento de instalaciones solares fotovoltaicas |
UC0836_2 |
Montar instalaciones solares fotovoltaicas |
CIFP Coroso |
15014556 |
20 |
|
UC0837_2 |
Mantener instalaciones solares fotovoltaicas |
CIFP Coroso |
15014556 |
20 |
|||
MELE02 Instalaciones de telecomunicaciones |
ELE043_2 Montaje y mantenimiento de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios |
ELES0108 Montaje y mantenimiento de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios |
UC0120_2 |
Montar y mantener instalaciones de captación de señales de radiodifusión sonora y TV en edificios o conjuntos de edificaciones (antenas y vía cable) |
CIFP A Xunqueira |
36014489 |
25 |
UC0121_2 |
Montar y mantener instalaciones de acceso al servicio de telefonía disponible al público e instalaciones de control de acceso (telefonía interior y videoportería) |
CIFP A Xunqueira |
36014489 |
25 |
|||
ELE188_2 Montaje y mantenimiento de instalaciones de megafonía, sonorización de locales y circuito cerrado de televisión |
ELES0109 Montaje y mantenimiento de instalaciones de megafonía, sonorización de locales y circuito cerrado de televisión |
UC0597_2 |
Montar y mantener instalaciones de megafonía y sonorización de locales |
CIFP A Xunqueira |
36014489 |
25 |
|
UC0598_2 |
Montar y mantener instalaciones de circuito cerrado de televisión |
CIFP A Xunqueira |
36014489 |
25 |
|||
ELE189_2 Montaje y mantenimiento de sistemas de telefonía e infraestructuras de redes locales de datos |
ELES0209 Montaje y mantenimiento de sistemas de telefonía e infraestructuras de redes locales de datos |
UC0599_2 |
Montar y mantener sistemas de telefonía con centralitas de baja capacidad |
CIFP A Xunqueira |
36014489 |
25 |
|
UC0600_2 |
Montar y mantener infraestructuras de redes locales de datos |
CIFP A Xunqueira |
36014489 |
25 |
Familia profesional: Energía y Agua.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
SENA01 Eficiencia energética y energía solar térmica |
ENA358_3 Eficiencia energética de edificios |
ENAC0108 Eficiencia energética de edificios |
UC0842_3 |
Determinar la viabilidad de proyectos de instalaciones solares |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
UC1194_3 |
Evaluar la eficiencia energética de las instalaciones de edificios |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
UC1195_3 |
Colaborar en el proceso de certificación energética de edificios |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
UC1196_3 |
Gestionar el uso eficiente del agua en edificación |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
UC1197_3 |
Promover el uso eficiente de la energía |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
Familia profesional: Fabricación Mecánica.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
MFME01 Mecanizado |
FME032_2 Mecanizado por arranque de viruta |
FMEH0109 Mecanizado por arranque de viruta |
UC0089_2 |
Determinar los procesos de mecanizado por arranque de viruta |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
UC0090_2 |
Preparar máquinas y sistemas para proceder al mecanizado por arranque de viruta |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||
UC0091_2 |
Mecanizar los productos por arranque de viruta |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||
MFME02 Soldadura y calderería |
FME035_2 Soldadura |
FMEC0110 Soldadura con electrodo revestido y TIG |
UC0099_2 |
Realizar soldaduras con arco eléctrico con electrodo revestido |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
25 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
25 |
|||||
UC0100_2 |
Realizar soldaduras con arco bajo gas protector con electrodo no consumible (TIG) |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
25 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
25 |
|||||
FMEC0210 Soldadura oxigás y soldadura MIG/MAG |
UC0098_2 |
Realizar soldaduras y proyecciones térmicas por oxigás |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
25 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
25 |
|||||
UC0101_2 |
Realizar soldaduras con arco bajo gas protector con electrodo consumible (MIG, MAG) y proyecciones térmicas con arco |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
25 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
25 |
|||||
FME350_2 Calderería, carpintería y montaje de construcciones metálicas |
UC1139_2 |
Trazar y cortar chapas y perfiles |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
25 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
25 |
|||||
UC1140_2 |
Mecanizar y conformar chapas y perfiles |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
25 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
25 |
|||||
UC1141_2 |
Montar e instalar elementos y estructuras de construcciones y carpintería metálica |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
25 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
25 |
|||||
FME351_2 Fabricación y montaje de instalaciones de tubería industrial |
FMEC0108 Fabricación y montaje de instalaciones de tubería industrial |
UC1142_2 |
Trazar y mecanizar tuberías |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|
UC1143_2 |
Conformar y armar tuberías |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||
UC1144_2 |
Montar instalaciones de tubería |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
Familia profesional: Hostelería y Turismo.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
MHOT01 Cocina y gastronomía |
HOT093_2 Cocina |
HOTR0408 Cocina |
UC0259_2 |
Definir ofertas gastronómicas sencillas, realizar el aprovisionamiento y controlar consumos |
CIFP Compostela |
15016000 |
20 |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||||
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
UC0260_2 |
Preelaborar y conservar toda clase de alimentos |
CIFP Compostela |
15016000 |
20 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||||
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
UC0261_2 |
Preparar elaboraciones básicas de múltiples aplicaciones y platos elementales |
CIFP Compostela |
15016000 |
20 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||||
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
UC0262_2 |
Preparar y presentar los platos más significativos de las cocinas regionales de España y de la cocina internacional |
CIFP Compostela |
15016000 |
20 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||||
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
UC0711_2 |
Actuar bajo normas de seguridad, higiene y protección ambiental en hostelería |
CIFP Compostela |
15016000 |
20 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||||
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
HOT223_2 Repostería |
HOTR0509 Repostería |
UC0306_2 |
Realizar y/o controlar las operaciones de elaboración de masas, pastas y productos básicos de múltiples aplicaciones para pastelería y repostería |
CIFP Compostela |
15016000 |
20 |
|
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||||
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
UC0709_2 |
Definir ofertas sencillas de repostería, realizar el aprovisionamiento interno y controlar consumos |
CIFP Compostela |
15016000 |
20 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||||
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
UC0710_2 |
Elaborar y presentar productos hechos a base de masas y pastas, postres de cocina y helados |
CIFP Compostela |
15016000 |
20 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||||
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
INA107_2 Pastelería y confitería |
INAF0109 Pastelería y confitería |
UC0310_2 |
Aplicar la normativa de seguridad, higiene y protección del medio ambiente en la industria alimentaria |
CIFP Compostela |
15016000 |
20 |
|
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||||
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
MHOT02 Servicios en restauración |
HOT093_2 Cocina |
HOTR0408 Cocina |
UC0259_2 |
Definir ofertas gastronómicas sencillas, realizar el aprovisionamiento y controlar consumos |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
HOT327_2 Servicios de bar y cafetería |
HOTR0508 Servicios de bar y cafetería |
UC0711_2 |
Actuar bajo normas de seguridad, higiene y protección ambiental en hostelería |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
UC1046_2 |
Desarrollar los procesos de servicio de alimentos y bebidas en barra y mesa |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
UC1047_2 |
Asesorar sobre bebidas distintas a vinos, prepararlas y presentarlas |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
UC1048_2 |
Servir vinos y prestar información básica sobre los mismos |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
UC1049_2 |
Preparar y exponer elaboraciones sencillas propias de la oferta de bar-cafetería |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
UC1050_2 |
Gestionar el bar-cafetería |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
UC1051_2 |
Comunicarse en inglés, con un nivel de usuario independiente, en los servicios de restauración |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
HOT328_2 Servicios de restaurante |
HOTR0608 Servicios de restaurante |
UC1052_2 |
Desarrollar los procesos de servicio de alimentos y bebidas en sala |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
UC1053_2 |
Elaborar y acabar platos a la vista del cliente |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
UC1054_2 |
Disponer todo tipo de servicios especiales en restauración |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||
CIFP Paseo das Pontes |
15027897 |
20 |
|||||
SHOT01 Gestión de alojamientos turísticos |
HOT094_3 Recepción |
HOTA0308 Recepción en alojamientos |
UC0263_3 |
Ejecutar y controlar el desarrollo de acciones comerciales y reservas |
CIFP Carlos Oroza |
36020064 |
20 |
UC0264_3 |
Realizar las actividades propias de la recepción |
CIFP Carlos Oroza |
36020064 |
20 |
|||
UC0265_3 |
Gestionar departamentos del área de alojamiento |
CIFP Carlos Oroza |
36020064 |
20 |
|||
UC1057_2 |
Comunicarse en inglés, con un nivel de usuario independiente, en las actividades turísticas |
CIFP Carlos Oroza |
36020064 |
20 |
|||
HOT333_3 Gestión de pisos y limpieza en alojamientos |
HOTA0208 Gestión de pisos y limpieza en alojamientos |
UC0265_3 |
Gestionar departamentos del área de alojamiento |
CIFP Carlos Oroza |
36020064 |
20 |
|
UC1067_3 |
Definir y organizar los procesos del departamento de pisos y prestar atención al cliente |
CIFP Carlos Oroza |
36020064 |
20 |
|||
UC1068_3 |
Supervisar los procesos del departamento de pisos |
CIFP Carlos Oroza |
36020064 |
20 |
|||
SHOT03 Guía, información y asistencia turísticas |
HOT335_3 Guía de turistas y visitantes |
UC1069_3 |
Interpretar el patrimonio y bienes de interés cultural del ámbito de actuación a turistas y visitantes |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|
UC1070_3 |
Interpretar espacios naturales y otros bienes de interés natural del ámbito de actuación a turistas y visitantes |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
UC1071_3 |
Prestar servicios de acompañamiento y asistencia a turistas y visitantes y diseñar itinerarios turísticos |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
UC1072_3 |
Comunicarse en inglés, con un nivel de usuario competente, en los servicios turísticos de guía y animación |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
UC1073_3 |
Comunicarse en una lengua extranjera distinta del inglés, con un nivel de usuario competente, en los servicios turísticos de guía y animación (francés) |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
Familia profesional: Imagen y Sonido.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
SIMS03 Animaciones 3D, juegos y entornos interactivos |
IMS076_3 Animación 2D y 3D |
UC0213_3 |
Definir los parámetros de creación del proyecto definido, seleccionando y configurando los equipos para realizar la animación de representaciones gráficas |
CIFP Imaxe e Son |
15027800 |
20 |
|
UC0214_3 |
Modelar y representar gráficamente los elementos que conforman la animación |
CIFP Imaxe e Son |
15027800 |
20 |
|||
UC0215_3 |
Animar, iluminar, colorear las fuentes generadas y ubicar las cámaras virtuales, ‘renderizar’ y aplicar los efectos finales |
CIFP Imaxe e Son |
15027800 |
20 |
|||
IMS295_3 Desarrollo de productos audiovisuales multimedia interactivos |
IMSV0209 Desarrollo de productos audiovisuales multimedia interactivos |
UC0943_3 |
Definir proyectos audiovisuales multimedia interactivos |
CIFP Imaxe e Son |
15027800 |
20 |
|
UC0944_3 |
Generar y adaptar los contenidos audiovisuales multimedia propios y externos |
CIFP Imaxe e Son |
15027800 |
20 |
|||
UC0945_3 |
Integrar los elementos y las fuentes mediante herramientas de autor y de edición |
CIFP Imaxe e Son |
15027800 |
20 |
|||
UC0946_3 |
Realizar los procesos de evaluación del prototipo, control de calidad y documentación del producto audiovisual multimedia interactivo |
CIFP Imaxe e Son |
15027800 |
20 |
|||
IMS296_3 Montaje y postproducción de audiovisuales |
IMSV0109 Montaje y postproducción de audiovisuales |
UC0919_3 |
Coordinar los procesos finales de montaje y postproducción hasta generar el producto audiovisual final |
CIFP Imaxe e Son |
15027800 |
20 |
|
UC0949_3 |
Realizar el montaje integrando herramientas de postproducción y materiales de procedencia diversa |
CIFP Imaxe e Son |
15027800 |
20 |
Familia profesional: Imagen Personal.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
MIMP01 Estética y belleza |
IMP120_2 Servicios estéticos de higiene, depilación y maquillaje |
IMPP0208 Servicios estéticos de higiene, depilación y maquillaje |
UC0065_2 |
Mejorar la armonía del rostro con estilos de maquillaje social |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
UC0345_1 |
Eliminar por procedimientos mecánicos y decolorar el vello |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC0352_2 |
Asesorar y vender productos y servicios para la imagen personal |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC0354_2 |
Atender al cliente del servicio estético de higiene, depilación y maquillaje en condiciones de seguridad, salud e higiene |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC0355_2 |
Aplicar técnicas estéticas de higiene e hidratación facial y corporal |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
IMP121_2 Cuidados estéticos de manos y pies |
IMPP0108 Cuidados estéticos de manos y pies |
UC0356_2 |
Atender a la clientela del servicio estético de manos y pies en condiciones de seguridad, higiene y salud |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|
UC0357_2 |
Aplicar técnicas estéticas para cuidar y embellecer las uñas |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC0358_2 |
Elaborar y aplicar uñas artificiales |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC0359_2 |
Realizar tratamientos estéticos de manos y pies |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
MIMP02 Peluqueria y cosmética capilar |
IMP119_2 Peluquería |
IMPQ0208 Peluquería |
UC0058_1 |
Preparar los equipos y lavar y acondicionar el cabello y el cuero cabelludo |
CIFP Someso |
15024513 |
15 |
UC0347_2 |
Realizar el análisis capilar, para diseñar protocolos de trabajos técnicos y aplicar cuidados capilares estéticos |
CIFP Someso |
15024513 |
15 |
|||
UC0348_2 |
Realizar cambios de color totales o parciales en el cabello |
CIFP Someso |
15024513 |
15 |
|||
UC0349_2 |
Modificar la forma del cabello temporalmente, peinarlo y/o recogerlo |
CIFP Someso |
15024513 |
15 |
|||
UC0350_2 |
Realizar cambios de forma permanente en el cabello |
CIFP Someso |
15024513 |
15 |
|||
UC0351_2 |
Cortar el cabello y realizar el arreglo y rasurado de barba y bigote |
CIFP Someso |
15024513 |
15 |
|||
UC0352_2 |
Asesorar y vender productos y servicios para la imagen personal |
CIFP Someso |
15024513 |
15 |
|||
IMP120_2 Servicios estéticos de higiene, depilación y maquillaje |
IMPP0208 Servicios estéticos de higiene, depilación y maquillaje |
UC0065_2 |
Mejorar la armonía del rostro con estilos de maquillaje social |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|
UC0345_1 |
Eliminar por procedimientos mecánicos y decolorar el vello |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC0352_2 |
Asesorar y vender productos y servicios para la imagen personal |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC0354_2 |
Atender al cliente del servicio estético de higiene, depilación y maquillaje en condiciones de seguridad, salud e higiene |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC0355_2 |
Aplicar técnicas estéticas de higiene e hidratación facial y corporal |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
IMP121_2 Cuidados estéticos de manos y pies |
IMPP0108 Cuidados estéticos de manos y pies |
UC0356_2 |
Atender a la clientela del servicio estético de manos y pies en condiciones de seguridad, higiene y salud |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|
UC0357_2 |
Aplicar técnicas estéticas para cuidar y embellecer las uñas |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC0358_2 |
Elaborar y aplicar uñas artificiales |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
UC0359_2 |
Realizar tratamientos estéticos de manos y pies |
CIFP Someso |
15024513 |
10 |
|||
SIMP01 Estética integral y bienestar |
IMP023_3 Hidrotermal |
IMPP0308 Hidrotermal |
UC0061_3 |
Aplicar y supervisar las técnicas hidrotermales personalizando los protocolos normalizados |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
UC0062_3 |
Aplicar cosmética termal en los servicios hidrotermales |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
UC0063_3 |
Realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
UC1260_3 |
Protocolizar y organizar los servicios hidrotermales y complementarios |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
IMP248_3 Masajes estéticos y técnicas sensoriales asociadas |
IMPE0110 Masajes estéticos y técnicas sensoriales asociadas |
UC0063_3 |
Realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos |
CIFP A Farixa |
32015050 |
10 |
|
UC0789_3 |
Realizar el diagnóstico estético y diseñar protocolos integrando técnicas de masaje, drenaje linfático y sensoriales con fines estéticos |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
UC0790_3 |
Realizar el drenaje linfático manual y/o mecánico con fines estéticos |
CIFP A Farixa |
32015050 |
10 |
|||
UC0791_3 |
Realizar técnicas de masaje por presión con fines estéticos |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
UC0792_3 |
Asociar técnicas sensoriales a masajes con fines estéticos |
CIFP A Farixa |
32015050 |
10 |
|||
IMP250_3 Tratamientos estéticos |
IMPE0210 Tratamientos estéticos |
UC0063_3 |
Realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos |
CIFP A Farixa |
32015050 |
10 |
|
UC0790_3 |
Realizar el drenaje linfático manual y/o mecánico con fines estéticos |
CIFP A Farixa |
32015050 |
10 |
|||
UC0796_3 |
Realizar el diagnóstico y diseñar protocolos estéticos personalizados |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
UC0797_3 |
Aplicar técnicas electroestéticas integrándolas en tratamientos estéticos específicos |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
UC0798_3 |
Realizar tratamientos estéticos coordinando la aplicación de diferentes técnicas cosmetológicas, electroestéticas y manuales |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
SIMP02 Estilismo y dirección de peluquería |
IMP249_3 Peluquería técnico-artística |
IMPQ0109 Peluquería técnico-artística |
UC0348_2 |
Realizar cambios de color totales o parciales en el cabello |
CIFP A Farixa |
32015050 |
10 |
UC0351_2 |
Cortar el cabello y realizar el arreglo y rasurado de barba y bigote |
CIFP A Farixa |
32015050 |
10 |
|||
UC0793_3 |
Asesorar a los clientes sobre su imagen personal, mediante el cuidado y transformación estética del cabello y el pelo del rostro |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
UC0794_3 |
Realizar protocolos técnicos y peinados para peluquerías y producciones audiovisuales y escénicas |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
IMP397_3 Tratamientos capilares estéticos |
IMPQ0308 Tratamientos capilares estéticos |
UC0352_2 |
Asesorar y vender productos y servicios para la imagen personal |
CIFP A Farixa |
32015050 |
10 |
|
UC0795_3 |
Dirigir y gestionar las actividades desarrolladas en empresas de imagen personal |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
UC1261_3 |
Realizar el diagnóstico y diseñar tratamientos capilares estéticos |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
|||
UC1262_3 |
Realizar tratamientos capilares estéticos en condiciones de seguridad e higiene |
CIFP A Farixa |
32015050 |
20 |
Familia profesional: Industrias Alimentarias.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
MINA01 Panadería, repostería y confitería |
HOT223_2 Repostería |
HOTR0509 Repostería |
UC0306_2 |
Realizar y/o controlar las operaciones de elaboración de masas, pastas y productos básicos de múltiples aplicaciones para pastelería-repostería |
CIFP Compostela |
15016000 |
15 |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
10 |
|||||
UC0709_2 |
Definir ofertas sencillas de repostería, realizar el aprovisionamiento interno y controlar consumos |
CIFP Compostela |
15016000 |
15 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
10 |
|||||
UC0710_2 |
Elaborar y presentar productos hechos a base de masas y pastas, postres de cocina y helados |
CIFP Compostela |
15016000 |
15 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
10 |
|||||
UC0711_2 |
Actuar bajo normas de seguridad, higiene y protección ambiental en hostelería |
CIFP Compostela |
15016000 |
15 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
10 |
|||||
INA015_2 Panadería y bollería |
INAF0108 Panadería y bollería |
UC0034_2 |
Realizar y/o dirigir las operaciones de elaboración de masas de panadería y bollería |
CIFP Compostela |
15016000 |
15 |
|
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
10 |
|||||
UC0035_2 |
Confeccionar y/o conducir las elaboraciones complementarias, composición, decoración y envasado de los productos de panadería y bollería |
CIFP Compostela |
15016000 |
15 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
10 |
|||||
UC0036_2 |
Aplicar la normativa de seguridad, higiene y protección del medio ambiente en la industria panadera |
CIFP Compostela |
15016000 |
15 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
10 |
|||||
INA107_2 Pastelería y confitería |
INAF0109 Pastelería y confitería |
UC0305_2 |
Controlar el aprovisionamiento, el almacenamiento y la expedición de las materias primas y auxiliares y de los productos terminados y preparar los equipos y el utillaje a utilizar en los procesos de elaboración |
CIFP Compostela |
15016000 |
15 |
|
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
10 |
|||||
UC0307_2 |
Realizar y/o controlar las operaciones de elaboración de productos de confitería, chocolatería, galletería y otras elaboraciones |
CIFP Compostela |
15016000 |
15 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
10 |
|||||
UC0308_2 |
Realizar el acabado y decoración de los productos de pastelería y confitería |
CIFP Compostela |
15016000 |
15 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
10 |
|||||
UC0309_2 |
Realizar el envasado y la presentación de los productos de pastelería y confitería |
CIFP Compostela |
15016000 |
15 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
10 |
|||||
UC0310_2 |
Aplicar la normativa de seguridad, higiene y protección del medio ambiente en la industria alimentaria |
CIFP Compostela |
15016000 |
15 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
10 |
Familia profesional: Informática y Comunicaciones.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
MIFC01 Sistemas microinformáticos y redes |
IFC078_2 Sistemas microinformáticos |
IFCT0209 Sistemas microinformáticos |
UC0219_2 |
Instalar y configurar el software base en sistemas microinformáticos |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
UC0220_2 |
Instalar, configurar y verificar los elementos de la red local según procedimientos establecidos |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
UC0221_2 |
Instalar, configurar y mantener paquetes informáticos de propósito general y aplicaciones específicas |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
UC0222_2 |
Facilitar al usuario la utilización de paquetes informáticos de propósito general y aplicaciones específicas |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
IFC297_2 Confección y publicación de páginas web |
IFCD0110 Confección y publicación de páginas web |
UC0950_2 |
Construir páginas web |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|
UC0951_2 |
Integrar componentes software en páginas web |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
UC0952_2 |
Publicar páginas web |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
IFC298_2 Montaje y reparación de sistemas microinformáticos |
IFCT0309 Montaje y reparación de sistemas microinformáticos |
UC0219_2 |
Instalar y configurar el software base en sistemas microinformáticos |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|
UC0953_2 |
Montar equipos microinformáticos |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
UC0954_2 |
Reparar y ampliar equipamiento microinformático |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
IFC299_2 Operación de redes departamentales |
IFCT0110 Operación de redes departamentales |
UC0220_2 |
Instalar, configurar y verificar los elementos de la red local según procedimientos establecidos |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|
UC0955_2 |
Monitorizar los procesos de comunicaciones de la red local |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
UC0956_2 |
Realizar los procesos de conexión entre redes privadas y redes públicas |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
IFC300_2 Operación de sistemas informáticos |
IFCT0210 Operación de sistemas informáticos |
UC0219_2 |
Instalar y configurar el software base en sistemas microinformáticos |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|
UC0957_2 |
Mantener y regular el subsistema físico en sistemas informáticos |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
UC0958_2 |
Ejecutar procedimientos de administración y mantenimiento en el software base y de aplicación de cliente |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
UC0959_2 |
Mantener la seguridad de los subsistemas físicos y lógicos en sistemas informáticos |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
Familia profesional: Instalación y Mantenimiento.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
MIMA01 Instalaciones frigoríficas y de climatización |
IMA040_2 Montaje y mantenimiento de instalaciones frigoríficas |
IMAR0108 Montaje y mantenimiento de instalaciones frigoríficas |
UC0114_2 |
Montar instalaciones de refrigeración comercial e industrial |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
CIFP Coroso |
15014556 |
20 |
|||||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
UC0115_2 |
Mantener instalaciones de refrigeración comercial e industrial |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|||
CIFP Coroso |
15014556 |
20 |
|||||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
IMA369_2 Montaje y mantenimiento de instalaciones de climatización y ventilación-extracción |
IMAR0208 Montaje y mantenimiento de instalaciones de climatización y ventilación-extracción |
UC1158_2 |
Montar instalaciones de climatización y ventilación-extracción |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|
CIFP Coroso |
15014556 |
20 |
|||||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
UC1159_2 |
Mantener instalaciones de climatización y ventilación-extracción |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|||
CIFP Coroso |
15014556 |
20 |
|||||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
MIMA02 Instalaciones de producción de calor |
ENA190_2 Montaje y mantenimiento de instalaciones solares térmicas |
ENAE0208 Montaje y mantenimiento de instalaciones solares térmicas |
UC0602_2 |
Montar captadores, equipos y circuitos hidráulicos de instalaciones solares térmicas |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
UC0605_2 |
Mantener instalaciones solares térmicas |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
ENA472_2 Montaje, puesta en servicio, mantenimiento e inspección de instalaciones receptoras y aparatos de gas |
ENAS0110 Montaje, puesta en servicio, mantenimiento, inspección y revisión de instalaciones receptoras y aparatos de gas |
UC1522_2 |
Realizar instalaciones receptoras comunes e individuales de gas |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|
CIFP Coroso |
15014556 |
20 |
|||||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
UC1523_2 |
Realizar la puesta en servicio, inspección y revisión periódica de instalaciones receptoras de gas |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|||
CIFP Coroso |
15014556 |
20 |
|||||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
UC1524_2 |
Realizar la puesta en marcha y adecuación de aparatos a gas |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|||
CIFP Coroso |
15014556 |
20 |
|||||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
UC1525_2 |
Mantener y reparar instalaciones receptoras y aparatos de gas |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|||
CIFP Coroso |
15014556 |
20 |
|||||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
UC1526_2 |
Prevenir riesgos en instalaciones receptoras y aparatos de gas |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|||
CIFP Coroso |
15014556 |
20 |
|||||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
IMA368_2 Montaje y mantenimiento de instalaciones caloríficas |
IMAR0408 Montaje y mantenimiento de instalaciones caloríficas |
UC1156_2 |
Montar instalaciones caloríficas |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
UC1157_2 |
Mantener instalaciones caloríficas |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
Familia profesional: Madera, Mueble y Corcho.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
MMAM01 Carpintería y mueble |
MAM058_2 Mecanizado de madera y derivados |
MAMR0308 Mecanizado de madera y derivados |
UC0160_2 |
Preparar máquinas y equipos de taller |
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
25 |
CIFP Someso |
15024513 |
25 |
|||||
UC0161_2 |
Preparar máquinas y equipos de taller industrializados |
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
25 |
|||
CIFP Someso |
15024513 |
25 |
|||||
UC0162_1 |
Mecanizar madera y derivados |
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
25 |
|||
CIFP Someso |
15024513 |
25 |
|||||
MAM060_2 Acabado de carpintería y mueble |
MAMR0208 Acabado de carpintería y mueble |
UC0166_2 |
Preparar el soporte y poner a punto los productos y equipos para la aplicación del acabado |
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
25 |
|
CIFP Someso |
15024513 |
25 |
|||||
UC0168_2 |
Realizar el tintado y acabados especiales y decorativos |
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
25 |
|||
CIFP Someso |
15024513 |
25 |
|||||
MAM062_2 Montaje de muebles y elementos de carpintería |
MAMR0108 Montaje de muebles y elementos de carpintería |
UC0171_2 |
Controlar y organizar componentes y accesorios de carpintería y mueble |
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
25 |
|
CIFP Someso |
15024513 |
25 |
|||||
UC0172_2 |
Montar muebles y elementos de carpintería |
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
25 |
|||
CIFP Someso |
15024513 |
25 |
|||||
MMAM02 Instalación y amueblamiento |
MAM058_2 Mecanizado de madera y derivados |
MAMR0308 Mecanizado de madera y derivados |
UC0160_2 |
Preparar máquinas y equipos de taller |
CIFP A Xunqueira |
36014489 |
20 |
MAM059_2 Instalación de muebles |
MAMR0408 Instalación de muebles |
UC0163_2 |
Planificar la instalación, acopio de materiales, máquinas y herramientas |
CIFP A Xunqueira |
36014489 |
20 |
|
UC0164_2 |
Componer y fijar el mobiliario y realizar las instalaciones complementarias |
CIFP A Xunqueira |
36014489 |
20 |
|||
UC0165_2 |
Comprobar el funcionamiento y realizar las operaciones de ajuste y acabado |
CIFP A Xunqueira |
36014489 |
20 |
|||
MAM062_2 Montaje de muebles y elementos de carpintería |
MAMR0108 Montaje de muebles y elementos de carpintería |
UC0171_2 |
Controlar y organizar componentes y accesorios de carpintería y mueble |
CIFP A Xunqueira |
36014489 |
20 |
|
UC0173_1 |
Ajustar y embalar productos y elementos de carpintería y mueble |
CIFP A Xunqueira |
36014489 |
20 |
|||
MAM277_2 Instalación de elementos de carpintería |
MAMS0108 Instalación de elementos de carpintería |
UC0883_2 |
Tomar datos y efectuar cálculos para la instalación de elementos de carpintería |
CIFP A Xunqueira |
36014489 |
20 |
|
UC0884_2 |
Efectuar instalaciones de puertas y ventanas de madera |
CIFP A Xunqueira |
36014489 |
20 |
|||
UC0885_2 |
Efectuar instalaciones de revestimientos de madera y similares |
CIFP A Xunqueira |
36014489 |
20 |
|||
UC0886_2 |
Efectuar instalaciones de estructuras de madera |
CIFP A Xunqueira |
36014489 |
20 |
Familia profesional: Química.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
MQUI02 Operaciones de laboratorio |
QUI110_2 Operaciones en instalaciones de energía y de servicios auxiliares |
QUIE0208 Operaciones en instalaciones de energía y de servicios auxiliares |
UC0321_2 |
Operar con máquinas, equipos e instalaciones de producción y distribución de energías y servicios auxiliares |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
15 |
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
15 |
|||||
QUI475_2 Operaciones de movimientos y entrega de productos en la industria química |
QUIE0408 Operaciones de movimientos y entrega de productos en la industria química |
UC0048_2 |
Actuar bajo normas de correcta fabricación, de seguridad y medioambientales |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
10 |
|
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
15 |
|||||
UC1534_2 |
Preparar áreas e instalaciones auxiliares de logística en la industria química |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
15 |
|||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
15 |
|||||
UC1535_2 |
Realizar las operaciones de carga, descarga, almacenamiento y envasado de productos químicos |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
15 |
|||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
15 |
|||||
UC1536_2 |
Realizar el control en la recepción y en la expedición de productos químicos |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
15 |
|||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
15 |
|||||
SQUI01 Laboratorio de análisis y de control de calidad |
QUI020_3 Ensayos microbiológicos y biotecnológicos |
QUIA0208 Ensayos microbiológicos y biotecnológicos |
UC0054_3 |
Realizar ensayos microbiológicos, informando de los resultados |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
15 |
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
15 |
|||||
UC0055_3 |
Realizar ensayos biotecnológicos, informando de los resultados |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
10 |
|||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
15 |
|||||
QUI021_3 Ensayos físicos y fisicoquímicos |
QUIA0108 Ensayos físicos y fisicoquímicos |
UC0056_3 |
Realizar los ensayos físicos, evaluando e informando de los resultados |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
10 |
|
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
15 |
|||||
UC0057_3 |
Realizar los ensayos fisicoquímicos, evaluando e informando de los resultados |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
15 |
|||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
15 |
|||||
QUI117_3 Análisis químico |
QUIL0108 Análisis químico |
UC0052_3 |
Organizar y gestionar la actividad del laboratorio aplicando los procedimientos y normas específicas |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
10 |
|
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
15 |
|||||
UC0053_3 |
Organizar el plan de muestreo y realizar la toma de muestras |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
15 |
|||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
15 |
|||||
UC0341_3 |
Realizar análisis por métodos químicos, evaluando e informando de los resultados |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
15 |
|||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
15 |
|||||
UC0342_3 |
Aplicar técnicas instrumentales para el análisis químico, evaluando e informando de los resultados |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
15 |
|||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
15 |
Familia profesional: Sanidad.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
MSAN01 Emergencias sanitarias |
SAN025_2 Transporte sanitario |
SANT0208 Transporte sanitario |
UC0069_1 |
Mantener preventivamente el vehículo sanitario y controlar la dotación material del mismo |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
30 |
|||||
UC0070_2 |
Prestar al paciente soporte vital básico y apoyo al soporte vital avanzado |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
30 |
|||||
UC0071_2 |
Trasladar al paciente al centro sanitario útil |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
30 |
|||||
UC0072_2 |
Aplicar técnicas de apoyo psicológico y social en situaciones de crisis |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
30 |
|||||
SAN122_2 Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes |
SANT0108 Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes |
UC0360_2 |
Colaborar en la organización y el desarrollo de la logística sanitaria en escenarios con múltiples víctimas y catástrofes, asegurando el abastecimiento y la gestión de recursos y apoyando las labores de coordinación en situaciones de crisis |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
30 |
|||||
UC0361_2 |
Prestar atención sanitaria inicial a múltiples víctimas |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
30 |
|||||
UC0362_2 |
Colaborar en la preparación y en la ejecución de planes de emergencias y de dispositivos de riesgo previsible |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
30 |
|||||
MSAN02 Farmacia y parafarmacia |
SAN123_2 Farmacia |
UC0363_2 |
Controlar los productos y materiales, la facturación y la documentación en establecimientos y servicios de farmacia |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||||
UC0364_2 |
Asistir en la dispensación de productos farmacéuticos, informando a los usuarios sobre su utilización, determinando parámetros somatométricos sencillos, bajo la supervisión del facultativo |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||||
UC0365_2 |
Asistir en la dispensación de productos sanitarios y parafarmacéuticos, informando a los usuarios sobre su utilización, bajo la supervisión del facultativo |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||||
UC0366_2 |
Asistir en la elaboración de fórmulas magistrales, preparados oficinales, dietéticos y cosméticos, bajo la supervisión del facultativo |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||||
UC0367_2 |
Asistir en la realización de análisis clínicos elementales y normalizados, bajo la supervisión del facultativo |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
|||||
UC0368_2 |
Colaborar en la promoción, protección de la salud, prevención de enfermedades y educación sanitaria, bajo la supervisión del facultativo |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
32008902 |
20 |
|||
CIFP Manuel Antonio |
36013448 |
20 |
Familia profesional: Servicios Socioculturales y a la Comunidad.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
SSSC01 Educación infantil |
SSC322_3 Educación infantil |
UC1027_3 |
Establecer y mantener relaciones fluidas con la comunidad educativa y coordinarse con las familias, el equipo educativo y con otros profesionales |
CIFP Compostela |
15016000 |
20 |
|
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
20 |
|||||
UC1028_3 |
Programar, organizar, realizar y evaluar procesos de intervención educativa de centro y de grupo de niños y niñas de cero a tres años |
CIFP Compostela |
15016000 |
20 |
|||
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
20 |
|||||
UC1029_3 |
Desarrollar programas de adquisición y entrenamiento en hábitos de autonomía y salud, y programas de intervención en situaciones de riesgo |
CIFP Compostela |
15016000 |
20 |
|||
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
20 |
|||||
UC1030_3 |
Promover e implementar situaciones de juego como eje de la actividad y del desarrollo infantil |
CIFP Compostela |
15016000 |
20 |
|||
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
20 |
|||||
UC1031_3 |
Desarrollar los recursos expresivos y comunicativos del niño y la niña como medio de crecimiento personal y social |
CIFP Compostela |
15016000 |
20 |
|||
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
20 |
|||||
UC1032_3 |
Desarrollar acciones para favorecer la exploración del entorno a través del contacto con los objetos, y las relaciones del niño o niña con sus iguales y con las personas adultas |
CIFP Compostela |
15016000 |
20 |
|||
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
20 |
|||||
UC1033_3 |
Definir, secuenciar y evaluar aprendizajes, interpretándolos en el contexto del desarrollo infantil de cero a seis años |
CIFP Compostela |
15016000 |
20 |
|||
CIFP Politécnico de Lugo |
27006516 |
20 |
|||||
SSSC02 Integración social |
SSC090_3 Educación de habilidades de autonomía personal y social |
UC0252_3 |
Programar, organizar y evaluar las intervenciones de integración social |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|
UC0253_3 |
Desarrollar las intervenciones dirigidas al entrenamiento y a la adquisición de habilidades de autonomía personal y social |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
UC0254_3 |
Establecer, adaptar y aplicar sistemas alternativos de comunicación |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
SSC321_3 Dinamización comunitaria |
SSCB0109 Dinamización comunitaria |
UC1022_3 |
Dinamizar la planificación, el desarrollo y la evaluación de intervenciones y proyectos comunitarios y de participación ciudadana que se desarrollen entre los diferentes agentes que configuran una comunidad o una zona territorial |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|
UC1024_3 |
Establecer estrategias de comunicación y difusión de los diferentes proyectos y de las actuaciones comunitarias |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
UC1026_3 |
Incorporar la perspectiva de género en los proyectos de intervención social |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
SSC323_3 Inserción laboral de personas con discapacidad |
SSCG0109 Inserción laboral de personas con discapacidad |
UC1034_3 |
Gestionar la información sobre los recursos sociolaborales y formativos y colaborar en el análisis de puestos de trabajo para la inserción sociolaboral de personas con discapacidad |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|
UC1035_3 |
Realizar las intervenciones dirigidas al entrenamiento para la adquisición y el desarrollo de habilidades sociolaborales en las personas con discapacidad |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
UC1036_3 |
Apoyar en el proceso de inserción sociolaboral de personas con discapacidad |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
UC1037_3 |
Efectuar el seguimiento de la inserción sociolaboral con la empresa, el usuario y su entorno personal |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
SSC324_3 Mediación comunitaria |
SSCG0209 Mediación comunitaria |
UC1026_3 |
Incorporar la perspectiva de género en los proyectos de intervención social |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|
UC1038_3 |
Identificar y concretar las características y necesidades del contexto social de la intervención |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
UC1039_3 |
Prevenir conflictos entre distintas personas, actores y colectivos sociales |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
UC1040_3 |
Organizar e implementar el proceso de gestión de conflictos |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
UC1041_3 |
Realizar la valoración, el seguimiento y la difusión de la mediación como una vía de gestión de conflictos |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
SSC444_3 Atención al alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE) en centros educativos |
SSCE0112 Atención al alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE) en centros educativos |
UC1426_3 |
Acompañar al alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE) en los desplazamientos internos en el centro educativo |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|
UC1427_3 |
Ejecutar, en colaboración con el/la |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
UC1428_3 |
Implementar los programas de autonomía e higiene personal en el aseo del alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE), participando con el equipo interdisciplinar del centro educativo |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
UC1429_3 |
Atender y vigilar en la actividad de recreo al alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE), participando junto a el/la tutor/a en el desarrollo tanto de los programas de autonomía social como en los programas de actividades lúdicas |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
UC1430_3 |
Atender al alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE) en el comedor escolar, participando con el equipo interdisciplinar del centro educativo en la implementación de los programas de hábitos de alimentación |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
SSC450_3 Promoción e intervención socioeducativa con personas con discapacidad |
SSCE0111 Promoción e intervención socioeducativa con personas con discapacidad |
UC1448_3 |
Detectar, generar y utilizar recursos sociales y comunitarios para la realización de intervenciones socioeducativas con personas con discapacidad |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|
UC1449_3 |
Organizar y realizar el acompañamiento de personas con discapacidad en la realización de actividades programadas |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
UC1450_3 |
Organizar, desarrollar y evaluar procesos de inclusión de personas con discapacidad en espacios de ocio y tiempo libre |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
UC1451_3 |
Organizar y desarrollar el entrenamiento en estrategias cognitivas básicas y alfabetización tecnológica para personas con discapacidad, en colaboración con profesionales de nivel superior |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
|||
UC1452_3 |
Actuar, orientar y apoyar a las familias de personas con discapacidad, en colaboración con profesionales de nivel superior |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
15022607 |
15 |
Familia profesional: Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Ciclo formativo |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Código UC |
Descripción UC |
Nombre sede |
Código sede |
Plazas |
MTMV01 Carrocería |
TMV044_2 Pintura de vehículos |
TMVL0509 Pintura de vehículos |
UC0122_2 |
Realizar la preparación, protección e igualación de superficie de vehículos |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
UC0123_2 |
Efectuar el embellecimiento de superficies |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
TMV045_2 Mantenimiento de estructuras de carrocerías de vehículos |
TMVL0309 Mantenimiento de estructuras de carrocerías de vehículos |
UC0124_2 |
Sustituir elementos fijos del vehículo total o parcialmente |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|
CIFP Someso |
15024513 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
UC0125_2 |
Reparar la estructura del vehículo |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||
CIFP Someso |
15024513 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
UC0126_2 |
Realizar el conformado de elementos metálicos y reformas de importancia |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||
CIFP Someso |
15024513 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
TMV046_2 Mantenimiento de elementos no estructurales de carrocerías de vehículos |
TMVL0209 Mantenimiento de elementos no estructurales de carrocerías de vehículos |
UC0127_2 |
Sustituir y/o reparar elementos amovibles de un vehículo |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
UC0128_2 |
Realizar la reparación de elementos metálicos y sintéticos |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
UC0129_2 |
Sustituir y/o reparar elementos fijos no estructurales del vehículo total o parcialmente |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
MTMV02 Electromecánica de vehículos automóviles |
TMV047_2 Mantenimiento de sistemas de transmisión de fuerza y trenes de rodaje de vehículos automóviles |
TMVG0309 Mantenimiento de sistemas de transmisión de fuerza y trenes de rodaje de vehículos automóviles |
UC0130_2 |
Mantener los sistemas hidráulicos y neumáticos, dirección y suspensión |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
20 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
UC0131_2 |
Mantener los sistemas de transmisión y frenos |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
20 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
TMV048_2 Mantenimiento del motor y sus sistemas auxiliares |
TMVG0409 Mantenimiento del motor y sus sistemas auxiliares |
UC0132_2 |
Mantener el motor térmico |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
20 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
UC0133_2 |
Mantener los sistemas auxiliares del motor térmico |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
20 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
TMV197_2 Mantenimiento de los sistemas eléctricos y electrónicos de vehículos |
TMVG0209 Mantenimiento de los sistemas eléctricos y electrónicos de vehículos |
UC0626_2 |
Mantener los sistemas de carga y arranque de vehículos |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
20 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
UC0627_2 |
Mantener los circuitos eléctricos auxiliares de vehículos |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
20 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
UC0628_2 |
Mantener los sistemas de seguridad y confortabilidad de vehículos |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|||
CIFP Ferrolterra |
15006754 |
20 |
|||||
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
20 |
|||||
CIFP Someso |
15024513 |
20 |
|||||
CIFP Valentín Paz Andrade |
36014568 |
20 |
|||||
MTMV03 Electromecánica de maquinaria |
TMV266_2 Mantenimiento del motor y de los sistemas eléctricos, de seguridad y confortabilidad de maquinaria agrícola, de industrias extractivas y de edificación y obra civil |
TMVG0310 Mantenimiento del motor y de los sistemas eléctricos, de seguridad y confortabilidad de maquinaria agrícola, de industrias extractivas y de edificación y obra civil |
UC0629_2 |
Mantener motores Diésel |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
UC0853_2 |
Mantener los sistemas eléctricos, de seguridad y confortabilidad, de maquinaria agrícola, de industrias extractivas y de edificación y obra civil |
CIFP As Mercedes |
27006528 |
20 |
|||
STMV01 Automoción |
TMV049_3 Planificación y control del área de carrocería |
TMVL0609 Planificación y control del área de carrocería |
UC0134_3 |
Planificar los procesos de reparación de elementos amovibles y fijos no estructurales, controlando la ejecución de los mismos |
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
UC0135_3 |
Planificar los procesos de reparación de estructuras de vehículos, controlando la ejecución de los mismos |
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||
UC0136_3 |
Planificar los procesos de protección, preparación y embellecimiento de superficies, controlando la ejecución de los mismos |
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||
TMV050_3 Planificación y control del área de electromecánica |
TMVG0110 Planificación y control del área de electromecánica |
UC0137_3 |
Gestionar el mantenimiento de vehículos y la logística asociada, atendiendo a criterios de eficacia, seguridad y calidad |
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|
UC0138_3 |
Planificar los procesos de reparación de los sistemas eléctricos, electrónicos, de seguridad y confortabilidad, controlando la ejecución de los mismos |
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||
UC0139_3 |
Planificar los procesos de reparación de los sistemas de transmisión de fuerza y trenes de rodaje, controlando la ejecución de los mismos |
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
|||
UC0140_3 |
Planificar los procesos de reparación de los motores térmicos y sus sistemas auxiliares controlando la ejecución de los mismos |
CIFP Politécnico de Santiago |
15015767 |
30 |
ANEXO II
Relación de centros donde se va a desarrollar el proceso de reconocimiento,
evaluación y acreditación de la competencia profesional
Provincia |
Código de sede |
Sede |
Dirección |
Teléfono |
A Coruña |
15006754 |
CIFP Ferrolterra |
Avenida Ramón y Cajal, s/n, 15403 Ferrol |
981 33 31 07 |
15006778 |
CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro |
Avenida Castelao, 64 (Caranza), 15406 Ferrol |
881 93 01 45 |
|
15014556 |
CIFP Coroso |
Avenida de A Coruña, 174C, 15960 Ribeira |
981 86 68 74 |
|
15015767 |
CIFP Politécnico de Santiago |
Calle Rosalía de Castro, 133, 15706 Santiago de Compostela |
881 86 76 01 |
|
15016000 |
CIFP Compostela |
Lamas de Abade, s/n, 15702 Santiago de Compostela |
881 86 65 70 |
|
15022607 |
CIFP Ánxel Casal-Monte Alto |
Paseo Marítimo, 47, 15002 A Coruña |
881 96 01 22 |
|
15024513 |
CIFP Someso |
Calle Someso, 6, 15008 A Coruña |
881 88 00 01 |
|
15027897 |
CIFP Paseo das Pontes |
Calle San Pedro de Mezonzo, 4, 15004 A Coruña |
881 96 10 30 |
|
15027800 |
CIFP Imaxe e Son |
Calle Someso, 6, 15008 A Coruña |
981 17 31 81 |
|
Lugo |
27006516 |
CIFP Politécnico de Lugo |
Calle Armando Durán, 3, 27002 Lugo |
982 22 03 28 |
27020793 |
CIFP Porta da Auga |
Avenida Luarca, 27700 Ribadeo |
982 12 88 94 |
|
27006528 |
CIFP As Mercedes |
Avenida de Madrid, 75, 27002 Lugo |
982 82 80 01 |
|
Ourense |
32015050 |
CIFP A Farixa |
Calle Finca Farixa, s/n (Mariñamansa), 32005 Ourense |
988 78 30 12 |
32016765 |
CIFP Portovello |
Calle Luis Trabazos 1 (As Lagoas), 32004 Ourense |
988 78 89 01 |
|
32008902 |
CIFP A Carballeira-Marcos Valcárcel |
Calle A Carballeira, s/n, 32002 Ourense |
988 78 84 70 |
|
Pontevedra |
36007552 |
CIFP A Granxa |
Calle Areas, s/n (apartado 7), 36860 Ponteareas |
886 12 08 80 |
36013448 |
CIFP Manuel Antonio |
Avenida de Madrid, s/n, (apartado 3138), 36214 Vigo |
886 12 07 50 |
|
36014489 |
CIFP A Xunqueira |
Calle Rafael Areses, s/n, 36155 Pontevedra |
986 87 30 03 |
|
36014568 |
CIFP Valentín Paz Andrade |
Carretera vieja de Madrid, 160, 36214 Vigo |
886 11 08 57 |
|
36020064 |
CIFP Carlos Oroza |
Avenida Montecelo, 16, 36161 Pontevedra |
886 15 95 45 |