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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 241 Jueves, 19 de diciembre de 2019 Pág. 53824

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 28 de noviembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a geodestinos de Galicia, para el desarrollo de actuaciones de dinamización turística, y se procede a su convocatoria para el año 2020 (código de procedimiento TU501C).

BDNS (Identif.): 485673.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los requisitos establecidos en estas bases, las siguientes tipologías de entidades supramunicipales gestoras de los geodestinos de Galicia definidos en el artículo 23 de la Ley 7/2011, del turismo de Galicia, que desarrollen actuaciones de dinamización turística durante el año 2020, que se distribuyen en dos categorías:

Categoría 1ª: entidades locales.

a) Mancomunidades y consorcios locales constituidos de acuerdo con la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia. Estas entidades supramunicipales deberán tener atribuidas competencias en materia de turismo.

b) Agrupaciones de ayuntamientos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. En este caso deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. Deberá nombrarse a un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. Esta agrupación no podrá disolverse hasta que transcurra el plazo de prescripción previsto en los artículos 35 y 63 de la citada ley.

Categoría 2ª: otras entidades.

a) Los grupos de desarrollo rural (GDR) reconocidos por el Acuerdo del Consejo de Dirección de Agader, de 16 de noviembre de 2016, por el que se resuelve la convocatoria sobre la selección de estrategias de desarrollo local y de grupos de desarrollo rural como entidades colaboradoras en la gestión de la medida Leader de Galicia, así como sobre la concesión de la ayuda preparatoria, cofinanciada con el Fondo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en el marco del PDR de Galicia 2014-2020.

b) Otras asociaciones legalmente constituidas donde haya una participación mayoritaria de los ayuntamientos que integran el geodestino, siempre y cuando sus estatutos recojan las actuaciones en materia de turismo como uno de sus objetivos.

Segundo. Objeto y régimen

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases, que se incluyen como anexo I, por las que se regirá la concesión de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los geodestinos de Galicia para el desarrollo de actuaciones de dinamización turística, así como efectuar su convocatoria para el año 2020 (código de procedimiento TU501C).

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 28 de noviembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a geodestinos de Galicia, para el desarrollo de actuaciones de dinamización turística, y se procede a su convocatoria para el año 2020.

Cuarto. Importe

Las subvenciones objeto de esta resolución se imputarán a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

– 11.A2.761A.760.3, proyecto 2015 00006 (categoría 1ª), con un crédito de 550.000,00 €, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020.

– 11.A2.761A.781.0 proyecto 2015 00005 (categoría 2ª), con un crédito de 525.000,00 €, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Sexto. Plazo de justificación de la subvención

El plazo para la justificación de la subvención será hasta el 30 de noviembre de 2020.

Santiago de Compostela, 28 de noviembre de 2019

Mª Nava Castro Domínguez
Directora de la Agencia Turismo de Galicia