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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 244 Martes, 24 de diciembre de 2019 Pág. 54485

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, por la que se publica la Resolución de 11 de diciembre de 2019, de las ayudas convocadas en la Orden de 16 de julio de 2019 por la que se establecen las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido, parcialmente cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para los años 2019, 2020, 2021 y 2022.

Mediante la Orden de 16 de julio de 2019 (DOG núm. 142, de 29 de julio) se publicaron las bases reguladoras de las ayudas de la Consellería de Política Social para la puesta en marcha de casas nido y la convocatoria para el año 2019.

De conformidad con el artículo 16 de la referida orden, la resolución de los expedientes de ayuda, después de la fiscalización de la propuesta, haciendo uso de lo previsto en el artículo 7.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, corresponde, por delegación, a la directora general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica de la Consellería de Política Social.

Asimismo, el artículo 17 de la misma orden, establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, entre otras, las correspondientes resoluciones. Esta publicación producirá los efectos de notificación.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la resolución de 11 de diciembre de 2019, dictada en el procedimiento BS403C, de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia (2014-2020), que se adjunta a la presente resolución en el anexo.

Segundo. Comunicar que la Resolución de 11 de diciembre de 2019 que finaliza este procedimiento agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Tercero. Notificada la resolución por el órgano competente, las personas propuestas como beneficiarias dispondrán de un plazo de diez (10) días computado a partir del día siguiente de la publicación para su aceptación, transcurrido el cual sin que se produjera manifestación expresa se entenderá tácitamente aceptada.

Santiago de Compostela, 11 de diciembre de 2019

María Amparo González Méndez
Directora general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica

ANEXO

Resolución de 11 de diciembre de 2019 dictada en el procedimiento BS403C
de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido cofinanciadas
por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa
operativo Feder Galicia (2014-2020)

Vista la propuesta de resolución de la Subdirección General de Demografía y Conciliación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.4 de la Orden de 16 de julio de 2019, por la que se establecen las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido y se convocan para el año 2018 (cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020), y fiscalizada esta, haciendo uso de lo previsto en el artículo 7.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia,

RESUELVO:

Primero. Conceder a las personas que se relacionan en el anexo I las ayudas convocadas en la referida orden de convocatoria con cargo a la aplicación presupuestaria 13.02.312B.770.0.

Esta ayuda pública, está cofinanciada en un 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, en particular:

Objetivo temático 10-Invertir en educación, formación y formación profesional para la adquisición de capacidades y un aprendizaje permanente.

Prioridad de inversión 10.5-Invertir en educación, formación y formación profesional para la adquisición de capacidades y aprendizaje permanente, mediante el desarrollo de las infraestructuras en educación y formación.

Objetivo específico 10.5.1-Mejorar las infraestructuras de educación y formación.

Actuación 10.5.1.4b-Ayudas a la inversión en centros de atención a la primera infancia de 0-3 años y casas nido.

Categoría de intervención CEO52-Infraestructuras para la atención y la educación de la primera infancia.

Estas ayudas están sometidas a lo dispuesto en el Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre y en el Reglamento (UE) núm. 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1080/2006 así como a lo previsto en la Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el período 2014-2020. Asimismo, estas ayudas se amparan en el régimen de minimis establecido en el Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre). Esta circunstancia se hará constar expresamente en la resolución de concesión. Por lo tanto, de recibir la persona física o jurídica otras ayudas bajo el régimen de minimis deberá garantizarse que no se supera el límite de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.

El método aplicado para determinar el importe subvencionable y el importe de la subvención es el de costes reales.

Las ayudas concedidas se condicionarán al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en la Orden de 16 de julio de 2019.

La justificación de la subvención se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la orden de convocatoria.

Con la solicitud de pago la persona beneficiaria deberá informar sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad asociados a esta convocatoria de ayudas.

El pago de la subvención se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Orden de 16 de julio de 2019.

Las personas beneficiarias dispondrán de un plazo de dos (2) meses contados a partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia para presentar la documentación prevista en los apartados m) a q) del artículo 11.1, en caso de que no hubiera sido presentada con la solicitud, así como para acreditar el acondicionamiento del inmueble de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1.c) de la Orden de 16 de julio de 2019. Este plazo será de tres (3) meses en el caso de las cooperativas de trabajo asociado en proceso de constitución.

Segundo. Establecer en el anexo II la relación de solicitudes susceptibles de ayuda pero que por haberse agotado el crédito quedan en reserva para ser atendidas en los supuestos establecidos en el artículo 14.8.

Tercero. Denegar a las personas relacionadas en el anexo III las ayudas solicitadas por las causas que se detallan.

Cuarto. Esta resolución que finaliza el procedimiento agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un (1) mes contado a partir de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 11 de diciembre de 2019. La conselleira de Política Social. P.D. (Artículo 16 de la Orden de 16.7.2019, DOG núm. 142, de 29 de julio). Mª Amparo González Méndez, Directora general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica.

ANEXO I

Ayudas concedidas

Nº exp.

Solicitante

NIF

Nombre de la casa nido

Ayuntamiento

Provincia

Puntuación

Importe inversión

Importe prima años 2020, 2021 y 2022

24

Lucía Mosteiro Sigüenza

***7821**

Armadanziñas

Baleira

Lugo

100,00

15.000,00 €

58.800,00 €

7

Estela Parajó Naveira

***4781**

Axóuxere

Samos

Lugo

97,50

15.000,00 €

58.800,00 €

8

Ana Mª Iglesias Rodríguez

***0883**

Os Pícaros

Vilasantar

A Coruña

97,50

15.000,00 €

58.800,00 €

10

Noelia García Bran

***7971**

Agarimo

Toques

A Coruña

97,50

15.000,00 €

58.800,00 €

11

Antía Gómez Galego

***1922**

Aloumiños

Cerdido

A Coruña

97,50

15.000,00 €

58.800,00 €

2

Tamara González Ferreiro

***6923**

Reviravolta

Vilar de Barrio

Ourense

90,00

15.000,00 €

58.800,00 €

22

Cristina Casasempere Maseda

***7097**

A Buxaina

Ribas de Sil

Lugo

90,00

15.000,00 €

58.800,00 €

1

Andrea Ferro Conde

***5579**

Os cativos de Andrea

Pazos de Borbén

Pontevedra

87,50

15.000,00 €

58.800,00 €

4

Álvaro Araújo Fernández

***5929**

Meniño

Rairiz de Veiga

Ourense

87,50

1.993,25 €

58.800,00 €

18

Alba Mª Dopico Rodríguez

***4491**

Alba

As Somozas

A Coruña

87,50

15.000,00 €

58.800,00 €

3

Silvia Faria Garabatos

***2790**

Aloumiños

Punxín

Ourense

85,00

15.000,00 €

58.800,00 €

13

Silvia Saavedra Fernández

***8734**

Argalleiros

Navia de Suarna

Lugo

82,50

15.000,00 €

58.800,00 €

25

Antía Fernández Vázquez

***5524**

Agarimo

Montederramo

Ourense

82,50

15.000,00 €

58.800,00 €

15

Susana Ontiveros García

***2065**

Os Pipiolos de María

Petín

Ourense

75,00

15.000,00 €

58.800,00 €

17

Lorena González Estévez

***3141**

Filomena

Larouco

Ourense

67,50

15.000,00 €

58.800,00 €

ANEXO II

Solicitudes en reserva

Nº exp.

Solicitante

NIF

Casa nido

Ayuntamiento

Puntuación

Ayuda

inversión

26

Gemma Fontenla Campos

***8180**

As pegadas máis enxebres

Láncara

100,00

15.000,00 €

6

Raquel Borjas Pazos

***3151**

As Avelaíñas

Castrelo do Val

97,50

15.000,00 €

12

Laura Fisteus Prieto

***4925**

Polbiños

Toques

97,50

15.000,00 €

23

Zaira Fernández Taboada

***9438**

Luscofusco

Santiso

97,50

15.000,00 €

9

Mª Azahara Martínez Gómez

***1004**

Agarimos

Pazos de Borbén

87,50

15.000,00 €

ANEXO III

Solicitudes inadmitidas/denegadas

Nº exp.

Solicitante

NIF

Ayuntamiento

Provincia

Causa

5

Rosa Ana García Cardeñoso

***6616**

Vilar de Barrio

Ourense

No contestar al requerimiento de enmienda de documentación publicado en la Resolución de 26 de septiembre de 2019 (DOG núm. 190, de 7 de octubre).

14

Antía Barros Somoza

***8222**

Punxín

Ourense

No completar y mejorar la memoria descriptiva en la que se justifique la necesitad y oportunidad de creación de la casa nido apoyada en el análisis del contexto y en su entorno.

No mejorar la propuesta pedagógica básica que aborde los contenidos establecidos en la convocatoria desde un enfoque educativo.

No completar el plan de actuación con los niños y con las niñas ante una emergencia durante el desarrollo del proyecto piloto adaptado a una casa nido.

16

Mª Cristina Gómez Pena

***4718**

Cortegada

Ourense

Presentar solicitud para la creación de una casa nido para la misma parroquia del mismo ayuntamiento en la que ya existe una creada en el año 2016 y no justificar esta circunstancia por razones de asentamiento de la población de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.6 de la orden de convocatoria.

19

Tamara Fraga Sotelo

***7674**

Cortegada

Ourense

Presentar solicitud para la creación de una casa nido para la misma parroquia del mismo ayuntamiento en la que ya existe una creada en el año 2016 y no justificar esta circunstancia por razones de asentamiento de la población de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.6 de la orden de convocatoria.

20

Alba Rodríguez Rodríguez

***2805**

Cortegada

Ourense

Haber presentado una memoria descriptiva de la localización geográfica incompleta, tras el requerimiento de enmienda de documentación.

No haber presentado la memoria descriptiva del inmueble, tras el requerimiento de enmienda de documentación.

No haber presentado la descripción del equipamiento y de los materiales que se emplearán en el desarrollo del proyecto tras el requerimiento de enmienda de documentación.

27

Paula Rodríguez Ramil

***3644**

Paderne

A Coruña

No contestar al requerimiento de enmienda de documentación publicado en la Resolución de 26 de septiembre de 2019 (DOG núm. 190, de 7 de octubre).

28

Carmen Orihuela Garrido

***8131**

O Bolo

Ourense

No contestar al requerimiento de enmienda de documentación publicado en la Resolución de 26 de septiembre de 2019 (DOG núm. 190, de 7 de octubre).

29

Patricia Ordoñez Rey

***2353**

Maside

Ourense

No completar la memoria descriptiva de la localización geográfica de la casa nido.

No acreditar el cumplimiento del CTE en el informe de los servicios técnicos municipales.