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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 246 Viernes, 27 de diciembre de 2019 Pág. 55456

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de Empleo, por la que se procede a la publicación de la reasignación de los créditos presupuestarios recogidos en la Orden de 8 de agosto de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a centros especiales de empleo con el fin de promover la integración laboral de las personas con discapacidad, y se procede a su convocatoria para las anualidades 2019-2020.

La Consellería de Economía, Empleo e Industria publicó la Orden de 8 de agosto de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a centros especiales de empleo con el fin de promover la integración laboral de las personas con discapacidad, y se procede a su convocatoria para las anualidades 2019-2020 en el Diario Oficial de Galicia núm. 164, de 30 de agosto de 2019.

Según el apartado 2 del artículo 50 de la Orden de 8 de agosto, de producirse remanentes de crédito en la asignación inicial para la financiación de cada programa, se procederá a la reasignación de las cuantías sobrantes para atender las necesidades de crédito de otros programas.

En el programa I de subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional (procedimiento TR341K) y en el programa II de ayudas para la creación de puestos de trabajo estables, adaptación de puestos y asistencia técnica en los centros especiales de empleo (procedimientos TR341E y TR341N) no existe crédito suficiente en la anualidad 2020 para atender a todas las solicitudes.

Una vez concedidos todos los expedientes del programa III, existe remanente de crédito suficiente para atender las solicitudes de los programas I y II, por lo que procede reasignar los créditos consignados en la convocatoria para la anualidad 2020.

En consonancia con el párrafo anterior, el artículo 31 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, establece que la alteración de la distribución entre los créditos consignados no precisará de nueva convocatoria pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y de la publicación en los mismos medios que la convocatoria.

Por todo el expuesto y con el fin de atender todas las solicitudes presentadas en el programa I y II de la Orden de 8 de agosto de 2019,

RESUELVO:

Primero. Modificar el crédito destinado a las ayudas convocadas por la Orden de 8 de agosto de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a centros especiales de empleo con el fin de promover la integración laboral de las personas con discapacidad, y se procede a su convocatoria para las anualidades 2019-2020, redistribuyendo el crédito asignado en cada programa de ayudas para la anualidad 2020 y sin variar el presupuesto inicial.

Aplicaciones

Minoración del

programa III

Incremento en el programa I

Incremento en el programa II

09.40.324C.470.4

100.000,00

09.40.324C.470.3

78.000,00

22.000,00

Total

100.000,00

78.000,00

22.000,00

Segundo. Esta modificación, una vez publicada en el Diario Oficial de Galicia, no implicará apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes.

Santiago de Compostela, 19 de diciembre de 2019

Covadonga Toca Carús
Secretaria general de Empleo