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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 246 Viernes, 27 de diciembre de 2019 Pág. 55458

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, por la que se publica la Resolución de 13 de diciembre de 2019 de las ayudas convocadas por la Orden de 19 de julio de 2019 por la que se regulan las bases que regirán la concesión de ayudas económicas para creación de escuelas infantiles 0-3 en polígonos industriales y otros entornos laborales, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 en régimen de concurrencia competitiva para los años 2019 y 2020.

Mediante la Orden de 19 de julio de 2019 (DOG núm. 156, de 20 de agosto) se publicaron las bases reguladoras del procedimiento de concesión de ayudas para la creación de escuelas infantiles 0-3 en polígonos industriales y otros entornos laborales y se convocaron en régimen de concurrencia competitiva para los años 2019 y 2020.

De conformidad con el artículo 17 de dicha orden, la resolución de los expedientes de ayuda, después de la fiscalización de la propuesta haciendo uso de lo previsto en el artículo 7.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, corresponde, por delegación, a la directora general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica de la Consellería de Política Social, que deberá resolver en el plazo de quince días desde la fecha de elevación de la propuesta.

Asimismo, el artículo 17 de la misma orden, establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, entre otras, las correspondientes resoluciones. Esta publicación producirá los efectos de notificación.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 13 de diciembre de 2019, dictada en el procedimiento BS403D, de concesión de ayudas económicas para la creación de escuelas infantiles 0-3 en polígonos industriales y otros entornos laborales, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, que se adjunta a la presente resolución en el anexo.

Segundo. Comunicar que la Resolución de 13 de diciembre de 2019 que finaliza este procedimiento agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Tercero. Notificada la resolución por el órgano competente, las entidades propuestas como beneficiarias dispondrán de un plazo de 10 días computado a partir del día siguiente al de la publicación para su aceptación, transcurrido lo cual sin que se produjera manifestación expresa se entenderá tácitamente aceptada.

Santiago de Compostela, 17 de diciembre de 2019

Amparo González Méndez
Directora general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica

ANEXO

Resolución de 13 de diciembre de 2019 dictada en el procedimiento BS403D
de concesión de ayudas económicas para la creación de escuelas infantiles 0-3
en polígonos industriales y otros entornos laborales cofinanciadas
por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del
programa operativo Feder Galicia (2014-2020)

Vista la propuesta de resolución de la Subdirección General de Demografía y Conciliación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Orden de 19 de julio de 2019 por la que se regulan las bases que regirán la concesión de ayudas económicas para creación de escuelas infantiles 0-3 en polígonos industriales y otros entornos laborales, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 en régimen de concurrencia competitiva para los años 2019 y 2020 (DOG de 20.8.2019).

RESUELVO:

Primero. Conceder la ayuda solicitada a la entidad que se relaciona en el apartado A) del anexo con cargo a la aplicación presupuestaria 13.02.312B.781.0.

Esta línea de ayudas está cofinanciada en un 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, eje prioritario 10-Invertir en educación, formación y formación profesional para la adquisición de capacidades y un aprendizaje permanente, prioridad de inversión 10. 5 Infraestructuras de educación y formación, objetivo específico 10.5.1-Mejorar las infraestructuras de educación y formación, actuación 10.5.1.4b-Ayudas a la inversión en centros de atención a la primera infancia de 0-3 años y casas nido.

Lo que exige el cumplimiento de la normativa aplicable a este fondo, en particular, el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y el Reglamento (UE) nº 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, la Orden HPF/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el período 2014-2020, así como su normativa comunitaria, estatal y autonómica de desarrollo.

La concesión de esta ayuda supone que el beneficiario acepta ser incluido en la lista pública de operaciones prevista en el artículo 115.2 del Reglamento (UE) nº 1303/2013. Asimismo, el beneficiario deberá cumplir los requisitos de publicación y comunicación en relación con la publicidad de la financiación, de conformidad con el previsto en el anexo XII, punto 2.2, de dicho Reglamento (UE) nº 1303/2013.

El método aplicado para determinar el importe subvencionable y el importe de la subvención es el de costes reales.

La ayuda concedida se condicionará al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en la Orden de 19 de julio de 2019.

La justificación de la subvención se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la orden de convocatoria.

Con la solicitud de pago la entidad beneficiaria deberá informar sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad asociados a esta convocatoria de ayudas.

El pago de la subvención se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Orden de 19 de julio de 2019.

Segundo. Declarar desistidas y excluidas las solicitudes relacionadas en el apartado B) del anexo por las causas indicadas.

Tercero. Esta resolución que finaliza el procedimiento agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de diciembro de 2019. La conselleira de Política Social; P.D. (Artículo 17 de la Orden de 19.7.2019; DOG núm. 156, de 20 de agosto; Mª Amparo González Méndez, directora general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica.

Anexo

A) Concesiones:

Ayuda concedida: 1.

Núm. de expediente: BS403D-2019/1-0.

Entidad beneficiaria: Entidad Urbanística de Conservación de A Granxa.

NIF: G36381929.

Ayuda solicitada: 321.800,00 euros.

Valoración: 83 puntos.

Ayuda concedida 2019-2020: 200.000,00 euros.

Anualidad 2019: 50.000,00 euros.

Anualidad 2020: 150.000,00 euros.

B) Solicitudes desistidas y excluidas:

– Núm. de expediente: BS403D-2019/2-0.

Entidad solicitante: Estudios Rafer, S.L.

NIF: B27239136.

Causa de exclusión: incumplimiento de los requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria.

– Núm. de expediente: BS403D-2019/6-0.

Entidad solicitante: Escuela Infantil Kekos, S.C.

NIF: J27507995.

Causa de exclusión: incumplimiento de los requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria.

– Núm. de expediente: BS403D-2019/3-0.

Entidad solicitante: Asociación de Empresarios de Deza.

NIF: G36187169.

Causa de desistimiento: desistimento expreso.

– Núm. de expediente: BS403D-2019/4-0.

Entidad solicitante: Asociación Área Empresarial do Tambre.

NIF: G15037112.

Causa de desistimiento: incumplimiento del requisito de enmienda o aportación de la documentación preceptiva.

– Núm. de expediente: BS403D-2019/5-0.

Entidad solicitante: Cofradía de Pescadores de Malpica.

NIF: G15031511.

Causa de desistimiento: incumplimiento del requisito de enmienda o aportación de la documentación preceptiva.