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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 4 Miércoles, 8 de enero de 2020 Pág. 655

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se resuelven las solicitudes de subvenciones al amparo da Resolución de 9 de agosto de 2019, destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social dirigidos a la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y de prevención y lucha contra la violencia de género, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del IRPF, para el año 2019 (código de procedimiento SI452A).

Mediante Resolución de 9 de agosto de 2019, de la Secretaría General de la Igualdad, se establecieron las bases reguladoras y se convocaron para el año 2019 las subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social dirigidos a la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y de prevención y lucha contra la violencia de género, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Según el artículo 16.1 de las bases reguladoras, por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva y de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las resoluciones de estas subvenciones serán objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia, la cual producirá los mismos efectos de la notificación.

Una vez finalizada la fase de instrucción de las solicitudes recibidas en la Secretaría General de la Igualdad, evaluadas las solicitudes por la comisión de valoración prevista en el artículo 13 de las bases reguladoras, vista la propuesta de resolución formulada por el órgano instructor y teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias,

RESUELVO:

Primero. Conceder las subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social dirigidos a la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y de prevención y lucha contra la violencia de género, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas que se indican en el anexo I, por la cuantía resultante después de la aplicación de lo establecido en los artículos 5.3 y 13.4 de las bases reguladoras, para los tipos de programas establecidos en el artículo 5.1, y por un importe total de 507.320,44 euros, tras la ampliación de crédito realizada al amparo de la Resolución de 12 de diciembre, con cargo a la aplicación presupuestaria que se indica a continuación:

Aplicación

Código de proyecto

Importe 2019

05.11.313B.481.2

2018 00004

507.320,44

Segundo. Excluir y declarar desistidas las solicitudes que se relacionan en el anexo II, con indicación de la causa específica, por no cumplir alguno de los requisitos establecidos en las referidas bases reguladoras, o por no cumplir el requisito de subsanación y/o aportación de los documentos preceptivos en el plazo establecido.

Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de las bases reguladoras, una vez notificada la resolución de concesión, la entidad beneficiaria deberá comunicar en el plazo de diez días (10) su aceptación, y comprometerse a ejecutar el programa o actuación subvencionado en el plazo y en las condiciones establecidas en la convocatoria. En el caso de no comunicar dicho aspecto en el plazo indicado, se entenderá tácitamente aceptada.

Cuarto. Según el artículo 3 de las bases reguladoras, estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas e ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier otra Administración o ente público o privado, excepto aquellas de la misma naturaleza que otorgue la Administración general del Estado en virtud de sus competencias y sin perjuicio de aquellos gastos que puedan ser imputables a las subvenciones que se concedan en los respectivos ámbitos.

No obstante, estas ayudas son incompatibles para el mismo programa, actuación o actividad con las subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad convocadas anualmente por la Secretaría General de la Igualdad.

Quinto. De conformidad con el artículo 22 de las bases reguladoras, el pago se realizará de una sola vez por anticipado y se hará efectivo una vez notificada la resolución de concesión y, en todo caso, en la anualidad 2019.

Sexto. La fecha límite de presentación de la documentación justificativa de la realización del programa subvencionado, de acuerdo con el artículo 23 de las bases reguladoras, es el 15 de febrero de 2021.

Las actuaciones correspondientes a los programas subvencionados se justificarán a través de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto o a través de cuenta justificativa con aportación de informe de auditoría, y con la documentación justificativa prevista en las bases reguladoras y según lo establecido en el artículo 23.

El período de referencia para el desarrollo del programa y para la imputación de los gastos subvencionables es el año 2020.

Séptimo. Las entidades beneficiarias deberán cumplir, en todo caso, con los requisitos y obligaciones exigidas en los artículos 10 y 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, así como con las condiciones y obligaciones establecidas en el artículo 21 de las bases reguladoras y demás que resulten exigibles según la normativa de aplicación y, en particular, las siguientes:

a) Ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención y cumplir su objetivo.

b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de la finalidad de la subvención, la realización de la actividad o la adopción del comportamiento que fundamentó su concesión y su coste real, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.

c) Destinar los fondos percibidos al objeto concreto para el cual fueron concedidos y realizar las actuaciones que integran el proyecto subvencionado, según lo estipulado en el artículo 41 del Decreto 11/2009, de 8 de enero.

d) Comunicar al órgano concedente la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e) Consentir expresamente la inclusión de los datos relevantes de la subvención en los registros públicos que proceda, conforme a la disposición adicional del Decreto 132/2006, de 27 de julio, por el que se regulan los registros públicos creados en los artículos 44 y 45 de la Ley 7/2005, de 29 de diciembre, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2006, y artículo 16 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

f) Conservar los documentos justificativos originales de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

g) Someterse a las actuaciones de comprobación que deba efectuar el órgano concedente y a las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Comunidad Autónoma en relación con la subvención concedida, a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y del Consejo de Cuentas y aportar cuanta información les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

h) Incorporar de forma visible en el material de difusión de los programas subvencionados su financiación pública.

i) Haber suscrito una póliza de seguro de accidentes y de enfermedad y de responsabilidad civil a favor del personal voluntario que participe en los programas subvencionados, conforme a lo previsto en los artículos 7.g) y 11.i) de la Ley 10/2011, de 28 de noviembre, de acción voluntaria.

j) Cumplir con la obligación de suministro de información en los términos establecidos en el artículo 4 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno.

k) Cualquier otra obligación impuesta a las entidades beneficiarias en la normativa estatal o autonómica aplicable, así como en esta resolución.

Octavo. Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la secretaria general de la Igualdad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de esta publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de esta publicación, de acuerdo con el establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de diciembre de 2019

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad

ANEXO I

Concesiones

Número del expediente

Entidad

NIF

Total puntos

Denominación del programa

Importe solicitado

Importe concedido

SI452A-2019-00000030-00

Cruz Vermella Española

Q2866001G

89,5

Acogida, atención y asesoramiento a mujeres en situación de precariedad

85.000,00

39.053,58

SI452A-2019-00000022-00

Federación de Asociacións de Persoas Xordas de Galicia (FAXPG)

G15068091

89

Puertas abiertas para las mujeres sordas del rural gallego

37.377,16

17.077,14

SI452A-2019-00000023-00

Cáritas Diocesana de Santiago de Compostela

R1500053B

85

Programa de educación para la salud-Avelaíña

85.000,00

37.089,99

SI452A-2019-00000038-00

Confederación Galega de Persoas con Discapacidade (Cogami)

G32115941

83,5

Activa-das. Claves para el empoderamiento de las mujeres con discapacidad

70.792,45

30.345,36

SI452A-2019-00000025-00

Cáritas Diocesana de Lugo

R2701016D

80,5

Programa dirigido a promover la salud integral de las mujeres

125.000,00

39.053,58

SI452A-2019-00000011-00

ACCEM

G79963237

77

Atención integral a mujeres víctimas de trata sexual y/o personas prostituidas

84.214,61

33.288,71

SI452A-2019-00000003-00

Fundación Ronsel

G15752660

75

Xerentas

60.558,85

23.316,20

SI452A-2019-00000045-00

Médicos do Mundo

G79408852

73,5

Acercamiento a las mujeres en situación de prostitución víctimas y potenciales víctimas de violencia de género

28.502,65

10.754,53

SI452A-2019-00000009-00

Asociación Española Contra el Cáncer

G28197564

72,5

Atención integral a la mujer con cáncer

125.000,00

39.053,58

SI452A-2019-00000057-00

Fundación Mujeres

G80974702

71

Ace (actívate creando empresas)

62.368,22

22.732,16

SI452A-2019-00000033-00

Radio ECCA Fundación Canaria

G35103431

70,5

Mujer avanza

75.250,26

27.234,28

SI452A-2019-00000008-00

Red española de entidades por el empleo, Red Araña

G58579806

70

Mujer Tic

41.086,50

14.764,41

SI452A-2019-00000004-00

Agrupación de Entidades Rurais Terra e Xente

G32122376

69

Ellas-ellos promoción de la igualdad en el rural

82.256,22

29.136,45

SI452A-2019-00000034-00

ONGD Ecos do Sur

G15354483

69

Programa Olimpia

71.563,78

25.349,03

SI452A-2019-00000019-00

Asociación de Axuda ao Enfermo Mental A Mariña

G27262799

68,5

Velando por mi salud integral

20.000,00

7.032,98

SI452A-2019-00000010-00

Asociación Mujeres en Igualdad de Burela (Bumei)

G27441153

66

Te entiendo, coge mi mano

53.499,17

18.126,33

SI452A-2019-00000035-00

Fundación Acción Contra el Hambre

G81164105

64

Vives emplea: competencias para el empleo para mujeres en riesgo de exclusión

48.053,33

15.787,83

SI452A-2019-00000001-00

Fundación Amigos de Galicia

G15859911

63,5

La voz de la igualdad

21.500,40

7.008,73

SI452A-2019-00000015-00

Fundación Amigó

G81454969

63,5

Prevención y atención de la violencia contra la mujer en el ámbito familiar-Proyecto Conviviendo

50.000,00

16.299,06

SI452A-2019-00000006-00

Federación de Asociacións de Mulleres Rurais de Galicia, Fademur-Galicia

G70101647

63

Insirea rural

51.265,00

16.579,84

SI452A-2019-00000021-00

Fundación Érguete-Integración

G36861078

62

Proyecto Dana

16.085,75

5.119,79

SI452A-2019-00000041-00

Down Vigo: Asociación para Síndrome de Down

G36697324

62

Formación preuniversitaria y universitaria para mujeres con SD y diversidad intelectual

40.000,00

12.731,24

SI452A-2019-00000007-00

Instituto Gallego de Gestión para el 3 sector-IGAXES3

G15784978

60,5

Educación afectivo sexual en la era de la nueva pornografía

49.525,32

15.381,60

SI452A-2019-00000024-00

ONG Mestura

G15940414

60,5

Programa Saimi (Salud integral a mujeres inmigrantes)

16.111,94

5.004,05

ANEXO II

Solicitudes denegadas y desistidas

Nº expediente

Entidad solicitante

NIF

Causas denegación

SI452A-2019-00000002-00

Alar Galicia

G15775901

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000005-00

Confederación de Federaciones de Viudas Hispania (CONFAV)

G28729283

No acreditar que está inscrita en el área de igualdad del RUEPSS (art. 4.1.a)

SI452A-2019-00000012-00

Asociación Viguesa de Alcohología ASVIDAL

G36627453

No responde al requerimiento

SI452A-2019-00000013-00

Federación Provincial de Mulleres Rurais de Ourense

G32237869

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000014-00

Asociación Mirabal

G70312954

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000016-00

Asociación pola Igualdade e a Coeducación (Apico)

G94088549

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000017-00

Médicos do Mundo

G79408852

Renuncia

SI452A-2019-00000018-00

Fundación ANAR

G80453731

No acreditar que está inscrita en el área de igualdad del RUEPSS (art. 4.1.a).

SI452A-2019-00000020-00

Xeracción S. Coop. Galega

F32479040

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000026-00

Asociación para el Crecimiento en Familia (Acrofam)

G94095098

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000027-00

Viraventos

G70136429

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000028-00

Fundación Juan Soñador

G24452435

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000029-00

Down Pontevedra «Xuntos», Asoc. Síndrome de Down

G36164887

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13) )

SI452A-2019-00000031-00

Unión de Asociaciones de Trabajadoras Autónomas y Emprendedoras UATAE Mujer

G86223153

No responde al requerimiento

SI452A-2019-00000032-00

Alume saúde mental

G27198977

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000036-00

Fillas do Divino Celo-Rogacionistas

R0800037D

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000037-00

ValoresC innovation

G70377585

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000039-00

Rede de mulleres veciñais contra os malos tratos de Vigo

G36928646

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000040-00

Fundación Cume para el desarrollo de Culturas y Pueblos

G36797579

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000042-00

Asociación Érguete

G36642726

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000043-00

Asociación de Mulleres «Pedra da Vella»

G36837433

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000044-00

Fundación Matrix, investigación y desarrollo sostenible

G36984367

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000046-00

Aliad Ultreia

G27021120

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000047-00

Asociación Amicos

G15747678

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000048-00

Fundación Secretariado Gitano

G83117374

No responde al requerimiento

SI452A-2019-00000049-00

Asociación Síndrome de Down de Lugo (Down Lugo)

G27202043

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000050-00

Fundación Filia

G86243417

No acreditar que está inscrita en el área de igualdad del RUEPSS (art. 4.1.a).

SI452A-2019-00000051-00

Asociación de Personas con Discapacidad de Ourense (ADO)

G32410797

No acreditar que está inscrita en el área de igualdad del RUEPSS (art. 4.1.a).

SI452A-2019-00000052-00

Centro sociocultural artístico e recreativo de Valladares

G36617082

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000053-00

Asociación Xarela Formación-Animación

G32261307

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000054-00

Fundación de solidaridad Amaranta

G84913946

No responde al requerimiento

SI452A-2019-00000055-00

Asociación Antonio Noche

G15210388

No alcanza la puntuación mínima global (artículo 13)

SI452A-2019-00000056-00

Ayuda y atención al preso

G15414667

No responde al requerimiento