Adoptado acuerdo por el Consello de la Xunta de Galicia de 26 de diciembre de 2019, relativo al otorgamiento de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual radiofónica de titularidad privada en la Comunidad Autónoma de Galicia,
RESUELVO:
Primero. Darle publicidad al acuerdo del Consello de la Xunta adoptado en sesión del día 26 de diciembre de 2019, que figura como anexo a la presente resolución.
Segundo. El acuerdo será notificado a los interesados según lo previsto en la base decimoctava del concurso público para el otorgamiento de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual radiofónica de titularidad privada convocado mediante acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 30 de julio de 2018 (DOG núm. 153, de 10 de agosto).
Santiago de Compostela, 27 de diciembre de 2019
Mar Sánchez Sierra
Secretaria general de Medios
ANEXO
Primero. Resolver el concurso y proceder a otorgar las licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual radiofónica de titularidad privada, por localidades en la Comunidad Autónoma de Galicia, asignándoles las frecuencias y parámetros técnicos que se relacionan en la siguiente tabla:
Cod |
Localidad |
Frec. |
Longitud |
Latitud |
Cuota |
HEFM |
PRA |
POL |
DR |
Titular |
1 |
Cariño |
101.9 |
007W5400 |
43N4300 |
480 |
75 |
0,100 |
M |
N |
Medios Autonómicos de Radiodifusión Gallegos, S.L. |
2 |
A estrada |
99.9 |
008W2900 |
42N4100 |
300 |
150 |
2 |
M |
N |
Radio Popular, S.A.-Cadena Cope |
Las licencias se otorgan por un plazo de quince años a partir del presente acuerdo según lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, general de comunicación audiovisual.
Segundo. Autorizar a la Secretaría General de Medios para dar publicidad y notificar a los interesados el presente acuerdo para el cumplimiento de los trámites preceptivos previstos en los artículos 12 y 13 del Decreto 102/2012, de 29 de marzo, por el que se desarrolla el servicio de comunicación audiovisual radiofónica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, con las consecuencias previstas en el artículo 14, de no hacerlo.
Tercero. Delegar en la secretaria general de Medios la resolución de recursos de reposición que se pudiesen interponer contra el presente acuerdo.
Localidad |
Zona de servicio |
Frec. |
Frecuencia de emisión en MHz |
Longitud, latitud, cuota |
Coordenadas geográficas de localización del transmisor |
HEFM |
Altura efectiva máxima en metros |
P.R.A. |
Potencia radiada aparente máxima en kilovatios, sumadas potencias radiadas máximas en cada plano de polarización. |
POL |
Polarización de la emisión (M: mixta, V: vertical) |
DR |
Características de radiación (D: directiva, N: no directiva) |