De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 17.1, apartado b) de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Galicia las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, la finalidad de la subvención, la persona beneficiaria y cantidad concedida.
Según el artículo 20 de la Orden de 28 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión del viñedo en Galicia y se convocan para el año 2019 (DOG núm. 28, de 8 de febrero):
«Se publicarán en el Diario Oficial de Galicia (DOG), de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las resoluciones de concesión o denegación de la ayuda y esta publicación producirá los efectos de las notificaciones (…)».
Asimismo, serán igualmente objeto de publicidad a través de la página web de la Consellería del Medio Rural http://www.mediorural.xunta.gal.
De acuerdo con lo establecido, en los términos previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, la publicación deberá contener los mismos elementos que el artículo 40.2 de dicha ley exige respecto de las notificaciones.
En su virtud, la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, por delegación del conselleiro,
RESUELVE:
Publicar en el Diario Oficial de Galicia las ayudas concedidas y denegadas al amparo de la Orden de 28 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión del viñedo en Galicia y se convocan para el año 2019, que figuran en la relación del anexo de esta resolución.
Santiago de Compostela, 27 de diciembre de 2019
El conselleiro del Medio Rural
P.D. (Orden de 17.11.2015, DOG núm. 223, de 23 de noviembre)
Silvestre José Balseiros Guinarte
Director general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias
ANEXO
Convocatoria: Orden de 28 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión del viñedo en Galicia y se convocan para el año 2019 (DOG núm. 28, de 8 de febrero).
Aplicación presupuestaria: 14.03.713C.772.1.
La reestructuración y reconversión de viñedos es una de las medidas admisibles del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola que en Galicia son objeto de financiación de la Unión Europea, en su totalidad, a través del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga, 100 %).
Finalidad: el apoyo para esta medida se aplicará a los viñedos de la Comunidad Autónoma de Galicia destinados a la producción de uva para vinificación y solo podrá concederse para una o varias de las actividades siguientes:
a) Reimplantación de viñedos.
b) Reconversión varietal.
c) Mejora de las técnicas de gestión de viñedos.
«Resolución de las solicitudes de ayudas a los planes de reestructuración y reconversión de viñedo en galicia de la convocatoria de 2019
Examinadas las solicitudes de ayudas a los planes de reestructuración y reconversión da viñedo en Galicia, que se presentaron en la convocatoria del año 2019, al amparo de la Orden de 28 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas (DOG núm. 28, de 8.2.2019) y verificado el cumplimiento de los requisitos para su concesión, resulta lo siguiente:
Antecedentes.
– El día 8.2.2019 se publicaron las bases reguladoras de las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión del viñedo en Galicia y se abrió el plazo de presentación de las solicitudes de estas ayudas para la convocatoria del año 2019.
– Los servicios territoriales de Explotaciones Agrarias examinaron las 164 solicitudes presentadas y emitieron la relación de expedientes que cumplen todos los requisitos exigidos por la normativa reguladora para ser beneficiarios de estas ayudas: 122 solicitudes.
– El órgano colegiado informó de la evaluación de la propuesta resultante, con arreglo a su acta de 12.12.2019, después de aplicar los criterios de prioridad previstos en el artículo 26 de dicha orden, para la concesión de estas ayudas, en régimen de concurrencia competitiva.
Consideraciones legales y técnicas
– Orden de 28 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión de viñedo en Galicia y se convocan para el año 2019.
– Real decreto 1363/2018, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola (PASVE 2019-2023).
– Real decreto 1338/2018 por el que se regula el potencial de producción vitícola.
– Decreto 256/2011 por el que se regula el potencial de producción vitícola de Galicia.
– Decreto 11/2009 por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007 (LSG).
– Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia.
– Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
– OCM única (Reglamento (UE) nº 1308/2013) con relación al sector vitivinícola».
El 12.12.2019 el director general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias propuso:
«En base a lo anterior:
PROPONGO:
1. Aprobar las 122 solicitudes de las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión de viñedo en Galicia que se detallan en el anexo I de esta propuesta.
2. Denegar las 42 solicitudes de las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión de viñedo en Galicia que se detallan en el anexo II, por los motivos que se indican para cada solicitud».
De acuerdo con dicha propuesta, el director general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, el 23.12.2019, por delegación del conselleiro del Medio Rural, en virtud de la Orden de 17.11.2015 (DOG nº 223, de 23.11.2015), resolvió:
«RESUELVO:
1. Aprobar las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión de viñedo en Galicia de las 122 solicitudes que se detallan en el anexo I, con una cuantía económica por un importe total de concesión de subvención de un millón quinientos catorce mil trescientos cuarenta y dos euros con cuarenta y ocho céntimos (1.514.342,48 €).
2. Denegar las ayudas de reestructuración y reconversión de viñedo en Galicia de las 42 solicitudes que se detallan en el anexo II por los motivos que se indican para cada solicitud.
Esta resolución se notificará a la persona interesada haciéndole saber que agota la vía administrativa y que contra ella cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición ante el conselleiro del Medio Rural, en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso administrativo ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Ambos plazos se computarán desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución y sin perjuicio de que la persona interesada pueda ejercitar cualquier otro que juzgue pertinente».