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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 27 Lunes, 10 de febrero de 2020 Pág. 8845

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura y Turismo

EXTRACTO de la Orden de 8 de enero de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la participación de personas escritoras, ilustradoras y traductoras en las actividades que se realicen en el sector del libro en el 2020, y se procede a su convocatoria para dicho año (código de procedimiento CT221A).

BDNS (Identif.): 494489.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a).de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdns/index).

Primero. Personas beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas en esta orden, las personas escritoras, ilustradoras y traductoras que acrediten esta condición y realicen su trabajo en el sector del libro en el ámbito de la Comunidad Autónoma gallega, que cumplan, además, los siguientes requisitos debidamente acreditados:

a) Haberse inscrito y asistido a una actividad subvencionable realizada en el sector del libro en el plazo establecido en la presente convocatoria.

b) Que acrediten la realización de su trabajo en el sector del libro en el ámbito de la Comunidad Autónoma gallega.

c) Haber publicado obra en Galicia, bien como persona escritora, ilustradora o traductora, para la que se solicita la subvención, en los tres años anteriores a la publicación de la presente orden.

2. En todo caso, estarán sujetas a las limitaciones que establece el punto siguiente de este artículo.

3. No pueden beneficiarse de las ayudas recogidas en esta orden aquellos solicitantes que se encuentren en los supuestos previstos en los puntos 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Segundo. Objeto

1. Esta orden tiene por objecto establecer las bases reguladoras que establecen el procedimiento de concesión de subvenciones a personas escritoras, ilustradoras y traductoras que realicen su trabajo en el sector del libro y en el ámbito de la Comunidad Autónoma gallega facilitando su participación en actividades de dicho sector que se celebren en el año 2020 (código del procedimiento CT221A).

Serán objecto de subvención los gastos de viaje referidos al alojamiento y transporte, que permitan la asistencia a las siguientes actividades realizadas en el sector del libro: ferias, festivales, seminarios, encuentros, talleres y estancias creativas.

2. Así mismo, tiene por objecto convocar dicha subvención para el año 2020.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 8 de enero de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la participación de personas escritoras, ilustradoras y traductoras en las actividades que se realicen en el sector del libro en el 2020, y se procede a su convocatoria para dicho año.

Cuarto. Importe

1. Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 11.20.432A.770.01 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020, por un importe de 30.000,00 €.

2. La financiación de los gastos del viaje son los referidos al alojamiento y transporte y tendrán el siguiente importe por ámbito geográfico de destino, siempre que se justifique:

– España, excepto la Comunudad Autónoma gallega: 250 €.

– Resto de la Unión Europea: 600 €.

– Fuera de la Unión Europea: 1.500 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia hasta el 15 de octubre de 2020 (incluido).

Santiago de Compostela, 8 de enero de 2020

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura y Turismo