En el procedimiento de referencia se ha dictado la Sentencia de 19 de diciembre de 2019, del tenor literal siguiente:
Sentencia 1421/2019.
Divorcio contencioso 880/2019.
Jueza que la dicta: Laura Guede Gallego.
Lugar: Ourense.
Fecha: 19 de diciembre de 2019.
Demandante: José Luis Veiga Rodríguez.
Abogada: Rocío Belenda Losada.
Procuradora: María González Nespereira.
Demandada: Cenia Rodríguez Aldana.
Vistos los presentes autos número 880/2019 sobre divorcio, promovidos por la procuradora Sra. González Nespereira en nombre y representación de José Luis Veiga Rodríguez, como demandante, asistido por la letrada Sra. Belenda frente a Cenia Rodríguez Aldana, declarada en rebeldía.
Fallo
Acuerdo la disolución del matrimonio formado por José Luis Veiga Rodríguez y Cenia Rodríguez Aldana con todos los efectos legales inherentes a dicha disolución.
No se imponen las costas del presente procedimiento a ninguna de las partes.
Esta sentencia no es firme. Conforme a lo dispuesto en el artículo 208.4 de la Ley de enjuiciamiento criminal (LEC), se indica que contra la presente resolución cabe interponer, en el plazo de veinte (20) días, recurso de apelación (artículos 457 y siguientes de la LEC) ante este tribunal, debiendo constituir el depósito legalmente establecido.
Una vez firme esta resolución, comuníquese de oficio para su anotación en el Registro Civil, donde figura la inscripción del matrimonio cuya disolución se declara.
Así lo acuerda, manda y firma S.Sª. Doy fe.
Como consecuencia del ignorado paradero de Cenia Rodríguez Aldana, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Ourense, 23 de diciembre de 2019
El/la letrado/a de la Administración de justicia