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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 41 Lunes, 2 de marzo de 2020 Pág. 14293

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 14 de febrero de 2020 por la que se notifica la resolución del recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 9 de marzo de 2018 (expediente PON/504/2016-R1).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 19 de diciembre de 2019, dictó resolución por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 9 de marzo de 2018 del director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, que declaró ilegalizables las obras de construcción de una edificación para usos residenciales en el lugar de A Gándara, Valadares, en el término municipal de Vigo, provincia de Pontevedra, y ordenó la demolición de dichas obras, la reposición de los terrenos afectados al estado anterior al inicio de las obras y el cese definitivo de los usos a los que diesen lugar.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución a Iván Fernández Comesaña, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se le notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de la circunscripción donde radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1.3ª, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.

Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 14 de febrero de 2020

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística