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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 53 Martes, 17 de marzo de 2020 Pág. 16679

II. Autoridades y personal

b) Nombramientos

Consellería de Economía, Empleo e Industria

ORDEN de 2 de marzo de 2020 por la que se procede al cese y nombramiento de miembros del Consejo Gallego de Cooperativas.

El Decreto 25/2001, de 18 de enero, por el que se regula la organización y el funcionamiento del Consejo Gallego de Cooperativas, en desarrollo de las previsiones contenidas en su norma de creación, la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia, regula en su artículo 4 la composición del Consejo, en el artículo 5, el procedimiento de nombramiento y cese de sus miembros, y en el artículo 6, la duración del mandato y sustituciones.

Los actuales miembros del Consejo Gallego de Cooperativas fueron nombrados por la Orden de 16 de octubre de 2017 por la que se procede al nombramiento de miembros del Consejo Gallego de Cooperativas, y por las órdenes de 27 de junio de 2018, de 4 de septiembre de 2018, y de 7 de noviembre de 2019 por las que se procede al cese y nombramiento de miembros del Consejo Gallego de Cooperativas.

Los cambios de adscripción producidos en la unidad administrativa con competencias en materia de cooperativas hacen necesario sustituir a la persona titular de la secretaría del Consejo.

Asimismo, debido al fallecimiento de la persona suplente representante de las cooperativas de crédito gallegas, la Caja Rural Gallega propuso el nombramiento de una nueva persona suplente.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su Presidencia, y el artículo 5 del Decreto 25/2001, de 18 de enero, por el que se regulan la organización y el funcionamiento del Consejo Gallego de Cooperativas,

RESUELVO:

Primero.

Que cese Sofía Vales Fernández como secretaria del Consejo Gallego de Cooperativas.

Segundo.

Nombrar a Ángel Ramil Castelo como vocal suplente en representación de las cooperativas de crédito gallegas y a José Luis Trincado Álvarez como secretario del Consejo Gallego de Cooperativas.

Contra esta orden se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 2 de marzo de 2020

Francisco Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria