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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 86 Miércoles, 6 de mayo de 2020 Pág. 19147

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

RESOLUCIÓN de 1 de mayo de 2020, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se acuerda la continuación de determinados procedimientos relativos a la concesión de subvenciones y convenios.

I. Ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se declaró, mediante Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, el estado de alarma en todo el territorio nacional, por parte del Gobierno de España. La disposición adicional tercera de dicho real decreto, en su redacción dada por el Real decreto 465/2020, de 17 de marzo, se refiere a la suspensión de los plazos administrativos, señalando la suspensión de términos y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

No obstante, la propia disposición prevé que las entidades del sector público acuerden, motivadamente, la continuación de aquellos procedimientos administrativos referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.

II. La Resolución de 15 de marzo de 2020, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se da publicidad al acuerdo del Centro de Coordinación Operativa (Cecop), mediante el que se adoptan medidas preventivas en lugares de trabajo del sector público autonómico como consecuencia de la evolución epidemiológica del coronavirus COVID-19, en su punto séptimo decreta la suspensión y la interrupción de los plazos de los procedimientos de las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Galicia y, en el octavo, la interrupción de los plazos de prescripción y caducidad.

III. Por su parte, el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 3 de abril de 2020 sobre la continuación de procedimientos de adjudicación de contratos y de concesión de subvenciones que estuvieran en tramitación en el momento de la entrada en vigor del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, establece aspectos relativos a la continuación de los procedimientos de concesión de subvenciones respecto a los cuales ya se hubieran aprobado y publicado las correspondientes bases reguladoras y convocatoria, pero no se hubiera dictado resolución de concesión en dicho momento.

IV. El Consello de la Xunta, en su reunión de 24 de abril, acordó valorar favorablemente la continuación de la totalidad de los expedientes de subvenciones y convenios de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda. Igualmente, adoptó un acuerdo sobre la continuación de la tramitación de determinados expedientes y procedimientos en materia de subvenciones, en el ámbito de la Administración general y de las entidades instrumentales del sector público autonómico, valorando favorablemente la continuación de los expedientes de subvenciones, entre otros, las órdenes y el convenio que se indican en el anexo de esta resolución.

En relación con las subvenciones ya concedidas en el momento de la entrada en vigor del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, y respecto a las cuales no hubiera transcurrido el plazo de ejecución de la actuación o del proyecto subvencionado, el plazo de justificación o el plazo de comprobación, se aprobó que pueda acordarse por el órgano otorgante de la subvención la continuación de los plazos pendientes.

V. El Centro de Coordinación Operativa de la situación de emergencia sanitaria en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia (Cecop), mediante diversos acuerdos adoptados el 14 de abril de 2020, publicados en el Diario Oficial de Galicia de 17 de abril de 2020, mediante Resolución de 16 de abril de 2020, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, consideró que debe ser un objetivo de todas las administraciones públicas planificar, siempre dando prioridad a la seguridad y a la salud de la población, los pasos necesarios para facilitar a las empresas el reestablecimiento de su actividad.

Muchas actividades productivas requieren, para su inicio o continuidad, la tramitación de diversos expedientes administrativos, en principio suspendidos, cuyo fin es la obtención de permisos, autorizaciones o licencias. Y en esa misma línea, el Cecop acordó la propuesta para que las administraciones públicas reactiven la tramitación de expedientes administrativos, emisión de informes y concesión de permisos y licencias, como medio necesario para la reactivación progresiva de la actividad económica, facilitando proactivamente la recuperación económica a fin de mitigar el impacto social y económico de la crisis sanitaria y, por lo tanto, de distorsionar lo menos posible la economía.

VI. En atención a lo expuesto, este centro directivo entiende que en los procedimientos relativos a las órdenes de subvenciones y el convenio que se mencionan en el anexo de esta resolución concurren las citadas circunstancias, que justifican la adopción de un acuerdo de levantamiento expreso de la suspensión de los mismos y la continuación de su tramitación, al disponer también de los medios personales y técnicos adecuados para poder seguir desarrollando con relativa normalidad las funciones y competencias que deben ser ejercidas por esta unidad administrativa, sin menoscabo alguno de la finalidad a la que se refiere el citado Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, y los deberes que el mismo impone.

VII. Los procedimientos relativos a la concesión de subvenciones para la redacción de los instrumentos de planeamiento urbanístico que se mencionan en el anexo de esta resolución se encuentran en la fase de justificación, cuya presentación documental tiene lugar a medida que se cumple cada una de las fases que especifica el artículo 60 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.

El procedimiento MT300A para la concesión de subvenciones destinadas a la creación o mejora de infraestructuras en los municipios de Galicia con población inferior a 50.000 habitantes se encuentra en la fase de justificación. El plazo para la ejecución material de las obras será el comprendido entre el 1.12.2019 y el 31.10.2020, y el plazo para la presentación de la documentación finaliza el 15.11.2020.

El convenio de colaboración entre la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda y el Ayuntamiento de Ribeira para la construcción del nuevo auditorio municipal, firmado el día 11 de marzo de 2020, indica en su cláusula tercera que la fecha límite para la presentación de documentación de justificación del gasto es el día 15 de diciembre de cada una de las anualidades de este convenio.

VIII. La competencia para dictar esta resolución corresponde a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, en virtud de lo establecido en el apartado cuarto de la Orden de 25 de octubre de 2019 sobre delegación de competencias en los órganos superiores, directivos y periféricos de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, modificada por la Orden de 7 de abril de 2020 (DOG núm. 210, de 5 de noviembre de 2019 y DOG núm. 72, de 15 de abril de 2020).

De acuerdo con lo anterior,

RESUELVO:

Reanudar los expedientes de subvenciones y convenios y realizar los trámites que procedan para su continuidad con respecto a las ayudas objeto de las convocatorias y el convenio que se indican en el anexo de esta resolución.

Santiago de Compostela, 1 de mayo de 2020

La directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo
P.S. (Resolución de 30.4.2020)
Eduardo Sobrino Rodríguez
Subdirector general de Urbanismo

ANEXO

Código de procedimiento

Orden de 18 de febrero de 2004 por la que se regula la concesión de ayudas a entidades locales para la formulación de planeamiento urbanístico (DOG núm. 4, de 12 de marzo)

PR004

Orden de 15 de marzo de 2005 por la que se regula la concesión de ayudas a entidades locales para la formulación de planeamiento urbanístico (DOG núm. 57, de 23 de marzo)

PR004

Orden de 20 de abril de 2007 por la que se regula la concesión de subvenciones a los ayuntamientos de Galicia para la redacción de instrumentos de planeamiento urbanístico (DOG núm.79, de 24 de abril)

PR004

Orden de 28 de diciembre de 2007 por la que se regula la concesión de subvenciones a los ayuntamientos de Galicia para la redacción de instrumentos de planeamiento urbanístico durante el año 2008 (DOG núm. 8, de 11 de febrero de 2008)

PR004

Orden de 2 de marzo de 2010 por la que se regula la concesión de subvenciones a los ayuntamientos de Galicia para la redacción de instrumentos de planeamiento urbanístico durante el año 2010 (DOG núm. 47, de 10 de marzo)

PR004

Orden de 21 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a la creación o mejora de infraestructuras en los ayuntamientos de Galicia con población inferior a 50.000 habitantes, para el año 2019 (DOG núm.16, de 23 de enero de 2019)

MT300A

Convenio de colaboración entre la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda y el Ayuntamiento de Ribeira para la construcción del nuevo auditorio municipal

PR004