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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 93 Jueves, 14 de mayo de 2020 Pág. 20107

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

ORDEN de 8 de mayo de 2020 por la que se modifican parcialmente determinados plazos de las bases reguladoras y órdenes de convocatoria de subvenciones en el ámbito de la formación profesional para el empleo, a consecuencia de la situación creada por la evolución de la epidemia del COVID-19.

Durante la ejecución de diversas acciones formativas financiadas con cargo a órdenes de bases reguladoras y de convocatoria de subvenciones, en el ámbito de la formación profesional para el empleo del período 2019-2020, entró en vigor el Acuerdo del Consello de la Xunta, de 12 de marzo de 2020, por el que se adoptan medidas preventivas en materia de salud pública en la Comunidad Autónoma de Galicia, a consecuencia de la evolución de la epidemia del coronavirus COVID-19. Al mismo tiempo, el Gobierno de España dictó el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y el Real decreto ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Por otra parte, el artículo 54 del Real decreto ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, permite que se puedan modificar los plazos de ejecución de la actividad subvencionada, así como de su justificación y comprobación, bajo determinadas pautas, relacionadas con la imposibilidad de realizar dichas actividades durante la vigencia del estado de alarma, así como la insuficiencia de plazo para su realización, justificación o comprobación.

Por lo tanto, a la vista de la situación excepcional creada por la epidemia del COVID-19 y de las antedichas medidas adoptadas por la Xunta de Galicia y el Gobierno de España, es necesario modificar determinadas bases reguladoras y convocatorias, en el sentido de ampliar los plazos, ya que la ejecución de las acciones formativas por ellas financiadas fue suspendida, lo que conlleva, por la cantidad de cursos y alumnado afectado, la necesidad de introducir ciertas flexibilizaciones en este sentido y dar publicidad a las mismas para garantizar la seguridad jurídica y económica de las entidades beneficiarias.

La introducción de estas medidas permitirá una reprogramación de las acciones formativas al objeto de que las entidades que las imparten no se vean en la obligación de renunciar a las mismas, con el consiguiente perjuicio que ello acarrearía para las personas trabajadoras participantes y para las propias entidades beneficiarias.

Consecuentemente con todo lo anterior, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

CAPÍTULO ÚNICO

Modificación de determinados plazos en procedimientos de convocatorias de subvenciones en el ámbito de la formación profesional para el empleo

Artículo 1. Relación de órdenes de bases reguladoras y de convocatoria de subvenciones en materia de formación profesional para el empleo, en fase previa a la resolución de concesión, para las que se amplían determinados plazos

1. Durante el plazo de vigencia del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se amplían, por su duración y de las correspondientes prórrogas, los plazos de comienzo de las acciones formativas, resolución y notificación, en todos los procedimientos vinculados a las siguientes órdenes de bases reguladoras y de convocatoria:

a) Procedimiento TR301P, regulado por la Orden de 17 de diciembre de 2019 por la que se procede a la segunda convocatoria de las subvenciones para la financiación de las acciones formativas con compromiso de contratación en unidades formativas de las empresas para los ejercicios 2020-2021 (código de procedimiento TR301P) y a la primera convocatoria de los incentivos a la contratación vinculados (código de procedimiento TR349X) para el ejercicio 2020: en particular, los artículos 6 y 14.

b) Orden de 2 de mayo de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Plan de formación para el empleo (personas trabajadoras ocupadas) y se procede a su convocatoria para los ejercicios 2019 y 2020 (código de procedimiento TR302A): en particular, los artículos 10, 42, 59 y 60.

2. Previa resolución de concesión y su correspondiente notificación, se aplicarán a las acciones formativas financiadas con cargo a las órdenes referidas en el apartado 1 las disposiciones establecidas de ampliación y suspensión de plazos de ejecución determinados en el artículo 2.

Artículo 2. Relación de órdenes de bases reguladoras y de convocatoria de subvenciones en materia de formación profesional para el empleo, en fase de ejecución, para las que se amplían determinados plazos vinculados con la ejecución de las acciones formativas por ellas financiadas

1. Durante el plazo de vigencia del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se amplían, por su duración y de las correspondientes prórrogas, todos y cada uno de los plazos máximos referidos a la finalización de la ejecución, solicitud y pago de anticipos, pago y justificaciones, parciales y finales, de los gastos, así como liquidación, en todas las acciones formativas financiadas con cargo a las siguientes órdenes de bases reguladoras y de convocatoria:

a) Procedimiento TR301P, regulado en la Orden de 13 de agosto de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para el período 2019-2021 y se procede a la primera convocatoria de las subvenciones para la financiación de las acciones formativas con compromiso de contratación en unidades formativas de las empresas, para los ejercicios 2019-2020 (código de procedimiento TR301P), y se establecen las bases del Programa de incentivos a la actividad laboral vinculada a las acciones formativas con compromiso de contratación inmediata para los ejercicios 2020-2021 (código de procedimiento TR349X): en particular, los artículos 26, 28, 29 y 32.

b) Orden de 16 de septiembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de unidades formativas dirigidas a la formación de personas trabajadoras ocupadas en sectores estratégicos para las empresas gallegas para el período 2019-2021, cofinanciadas por el programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y se procede a la primera convocatoria, correspondiente a los ejercicios 2019-2020 (código de procedimiento TR310A): en particular, los artículos 1, 31 y 42.

2. Las ampliaciones a las que se refiere este artículo se establecen sin perjuicio de la suspensión del cómputo de plazos que resulta aplicable, por el mismo período y circunstancias, a otros aspectos regulados en las señaladas convocatorias y en sus bases reguladoras que sean susceptibles de ampliación, concretamente y sin carácter exclusivo: verificación de la adecuada realización, presentación de la solicitud de pago, conservación de la documentación, realización del módulo de prácticas, solicitud de renuncia, etc.

Disposición final única. Vigencia y entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y tendrá vigencia durante el período en que se amplíen los plazos a consecuencia del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOE núm. 67, de 14 de marzo de 2020), y sus respectivas prórrogas.

Santiago de Compostela, 8 de mayo de 2020

Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria