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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Lunes, 18 de mayo de 2020 Pág. 20483

VI. Anuncios

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Cámara Oficial Mineira de Galicia

RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 2020 por la que se convocan las elecciones para la renovación de la Junta Directiva.

El artículo 37 del Reglamento para el régimen interior de la Cámara Oficial Minera de Galicia, aprobado por Resolución de la Dirección General de Energía y Minas de 5 de abril de 2018, señala que corresponde al presidente de la cámara la convocatoria de elecciones para la renovación de la Junta Directiva de ésta, previa comunicación al órgano tutelar.

Tras la comunicación al órgano tutelar y dentro de los plazos establecidos en el citado artículo 37 del reglamento, con fecha 16.1.2020, el presidente de la cámara acordó la apertura del proceso electoral.

Para garantizar la transparencia y la objetividad del proceso electoral, conforme al artículo 39 del reglamento, se constituyó la Junta Electoral el 29.1.2020, con sede en el domicilio social de la Cámara Oficial Minera de Galicia.

Una vez abierto el proceso electoral y transcurridos los plazos previstos para la exposición pública de los censos electorales y de reclamaciones, y aprobada por la Asamblea de 23.4.2020 la estructura y composición de la Junta Directiva para el próximo período electoral, corresponde al presidente de la cámara la convocatoria de las elecciones para la renovación de la Junta Directiva.

ACUERDO:

Uno. Objeto

Convocar elecciones para la renovación de la Xunta Directiva de la Cámara Oficial Minera de Galicia.

Dos. Plazo y presentación de las personas electoras

Las candidaturas elegibles por sufragio del electorado presentarán escrito ante la Secretaría de la cámara durante los diez días siguientes a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. El plazo finalizará a las 24 horas del décimo día, contado desde dicha fecha.

Tres. Requisitos y proclamación de los candidatos

1. Los candidatos a formar parte de la Junta Directiva de la cámara, además de cumplir los requisitos necesarios para ser electores, deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 36 del Reglamento para el régimen interior de la Cámara Oficial Minera de Galicia, aprobado por Resolución de la Dirección General de Energía y Minas de 5 de abril de 2018.

2. Finalizado el plazo de presentación de candidaturas conforme al artículo 36 del reglamento, la Junta Electoral, después de comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la presentación de candidaturas, procederá a la proclamación de los candidatos en el plazo de cinco días a contar desde la fecha en que finalizó su presentación.

Cuatro. Fecha y horario de las elecciones por sufragio del electorado

Las elecciones de los vocales de Junta Directiva de los distintos grupos y categorías se celebrarán el 30.6.2020 en la sede de la cámara, entre las 9.00 y las 19.30 horas.

Cinco. Proclamaciones de electos sin elección

Según el artículo 40.3 del reglamento, cuando el número de candidatos proclamados por un grupo o categoría resulte igual al de los miembros a elegir, su proclamación habrá equivalido a la elección y ésta, por lo tanto, no se efectuará.

En caso de que el número de candidatos fuera inferior al de los miembros a elegir, la Junta Electoral dará por elegidos a los proclamados y en el plazo de ocho días elegirá, mediante sorteo entre los socios electores y elegibles del grupo o categoría correspondiente, los necesarios para cubrir las vacantes. La Secretaría de la cámara convocará a los miembros electos en un plazo no superior a un mes desde su elección, para tomar posesión y constituir la nueva Junta Directiva.

Seis. Colegio electoral

El colegio electoral único se instalará en el domicilio social de la Cámara Oficial Minera de Galicia: calle Juan Flórez 33-35, entreplanta izquierda, 15004 A Coruña.

Siete. Mesa electoral

La mesa electoral estará formada por un presidente y dos vocales designados por la Junta Electoral de entre los socios electores y elegibles que no sean candidatos, según el artículo 44 del reglamento.

Ocho. Voto por correo

Las personas electoras que prevean que en la fecha de las elecciones no podrán comparecer en los colegios electorales podrán ejercer su derecho al voto emitiéndolo por correo postal certificado y urgente o electrónico a la dirección cmg@camaraminera.org, previa solicitud personal a la cámara, dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta convocatoria, según el modelo normalizado que figura en la web de la Cámara Oficial Minera de Galicia (https://camaraminera.org/) conforme al artículo 41 del reglamento.

Nueve. Papeletas y sobres

Las papeletas y sobres para el voto presencial o por correo seguirán los modelos normalizados que figuran en la web de la Cámara Oficial Minera de Galicia (https://camaraminera.org/) conforme al artículo 41 del reglamento. En las papeletas se indicará, en caso de personas físicas, los apellidos y nombre y, en caso de personas jurídicas, la denominación social de las personas candidatas ordenadas alfabéticamente, de forma que la persona electora marcará con una cruz el recuadro de la papeleta normalizada correspondiente a los candidatos o lista de su elección. Las papeletas configuradas e impresas después de la proclamación de candidatos mantendrán su validez durante todo el proceso electoral.

Diez. Modelos normalizados

A fin de garantizar el adecuado ejercicio del voto estarán a disposición de los socios electores y elegibles los modelos normalizados en la web de la Cámara Oficial Minera de Galicia (https://camaraminera.org/).

A Coruña, 11 de mayo de 2020

Juan de Dios Martín Aparicio
Presidente de la Cámara Oficial Minera de Galicia