El 26 de febrero de 2020 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 6 de febrero de 2020 por la que se convocan distintas líneas de subvenciones para actuaciones de rehabilitación gestionadas por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo para el año 2020.
En el punto tres del ordinal tercero de la citada resolución se señala que las cuantías establecidas en estas convocatorias podrán ser objeto de ampliación por resolución de la persona titular de la Dirección General del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, y tendrá efecto después de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero.
En el ordinal decimotercero de dicha resolución se convocan las subvenciones para rehabilitar viviendas y edificios de viviendas de los programas de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad y de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas del Plan estatal de vivienda 2018-2021 (en adelante, Plan 2018-2021), para el ejercicio 2020, con carácter plurianual (código de procedimiento VI422E). En su resuelvo dos se indica que las subvenciones previstas en esta convocatoria se harán efectivas con cargo a la aplicación presupuestaria 07.83.451A.780.6 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia, con el siguiente reparto plurianual:
Líneas de Ayudas |
Aplicación |
Importe 2020 |
Importe 2021 |
Total |
Línea A, de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas |
07.83.451A.780.6 2018 00005-FFE |
900.000 € |
1.000.000 € |
1.900.000 € |
Línea B, de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas |
07.83.451A.780.6 2018 00006-FFE |
1.000.000 € |
1.500.000 € |
3.000.000 € |
07.83.451A.780.6 2018 00002-FCA |
00,00 € |
500.000 € |
||
Total |
1.900.000 € |
3.000.000 € |
4.900.000 € |
Teniendo en cuenta que a fecha de hoy existe crédito libre en estos programas a consecuencia del reajuste de la anualidad 2020 del Plan 2018-2021, firmado en el seno de la comisión bilateral celebrada el 7 de mayo de 2020, y que el crédito fijado en la convocatoria es insuficiente para atender al número de solicitudes habituales en este programa, es necesaria la ampliación del crédito establecido inicialmente.
De conformidad con el artículo 30.2 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y con el punto tres del ordinal tercero de la Resolución de 6 de febrero de 2020, es competente para dictar esta resolución la persona titular de la Dirección General del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.
Por lo expuesto,
RESUELVO:
Único. Ampliar la dotación presupuestaria para la convocatoria de subvenciones de los programas de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad y de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas del Plan 2018-2021, para el ejercicio 2020.
El incremento de la dotación afectará a la anualidad 2020 de los proyectos 2018 00001 (Programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad) y 2018 00002 (Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas) de la aplicación 07.83.451A.780.6 conforme al siguiente cuadro:
Líneas de ayudas |
Aplicación |
Crédito inicial 2020 |
Ampliación |
Crédito definitivo 2020 |
Línea A, de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas |
07.83.451A.780.6 2018 00005-FFE |
900.000 € |
00,00 € |
1.275.000 € |
07.83.451A.780.6 2018 00001-FCA |
00,00 € |
375.000 € |
||
Línea B, de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas |
07.83.451A.780.6 2018 00006-FFE |
1.000.000 € |
00,00 € |
1.800.000 € |
07.83.451A.780.6 2018 00002-FCA |
00,00 € |
800.000 € |
||
Total |
1.900.000 € |
1.175.000 € |
3.075.000 € |
Esta ampliación no implica la apertura del plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo máximo para resolver.
Esta resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 8 de junio de 2020
Heriberto García Porto
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo