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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 122 Lunes, 22 de junio de 2020 Pág. 24881

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 3690/2019-RMR).

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 3690/2019 de esta sección, seguido a instancia de Casimiro Carlos Montero García contra Mutual Midat Cyclops y otros, sobre accidente, se ha dictado la siguiente resolución:

«Estimando el recurso de suplicación interpuesto por Casimiro Carlos Montero García contra la sentencia de 25 de febrero de 2019 del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, dictada en juicio seguido a instancia del recurrente contra la mutua colaboradora de la Seguridad Social-Mutual Midat Cyclops, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y la entidad mercantil Nervion Industries Engineering and Services Sociedad Limitada Unipersonal, la Sala la revoca, estimando íntegramente las pretensiones instrumentadas en la demanda rectora de actuaciones en relación con la cuantía de la base reguladora de la prestación de incapacidad permanente en el grado de total para la profesión habitual derivada de la contingencia de accidente de trabajo que se le ha reconocido al trabajador y que se cuantifica en 3.635,34 euros mensuales.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez (10) días hábiles inmediatos siguientes al de la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 37 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación a Nervion Industries Engimeering and Services S.L.U., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 8 de junio de 2020

La letrada de la Administración de justicia