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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Lunes, 29 de junio de 2020 Pág. 25503

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

ORDEN de 12 de junio de 2020, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se redistribuyen las anualidades y se modifican los plazos de justificación en diversas convocatorias de ayudas para la consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas y otras acciones de fomento en las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i, como consecuencia de la situación creada por la evolución de la pandemia COVID-19.

La evolución de la pandemia del coronavirus COVID-19, declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), obligó al cierre de las universidades gallegas y demás entidades que conforman el Sistema I+D+i gallego. Ese contexto, que se reproduce en buena parte del mundo, dificulta que algunos de los grupos de investigación del sistema de I+D+i de la Comunidad Autónoma de Galicia puedan desarrollar su actividad con eficacia y racionalidad de medios.

Esta situación es particularmente grave en el caso de los grupos que optan a ayudas de consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas convocadas por la Orden conjunta de 31 de diciembre de 2019, de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas y otras acciones de fomento en las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i (DOG núm. 32, de 17 de febrero de 2020). Esta convocatoria, cuyo plazo de presentación de solicitudes estaba a punto de finalizar en el momento de la declaración del estado de alarma, dada la suspensión de plazos y procedimientos, se resolverá con retraso sobre lo inicialmente establecido. Ante esta situación parece lógico redistribuir las anualidades de la ayuda para que las entidades beneficiarias puedan hacer un gasto más ajustado y racional.

Complementariamente, y para conseguir una mayor eficacia de las ayudas, se ajustan los plazos de justificación para la anualidad del 2020 tanto de la Orden de 31 de diciembre de 2019 (DOG núm. 21, de 30 de enero de 2020) antes mencionada como de la Orden conjunta de 31 de diciembre de 2018, de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i (DOG núm. 21, de 30 de enero de 2019).

Atendiendo a estas consideraciones generales y en virtud de sus competencias, la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y la Consellería de Economía, Empleo e Industria, en uso de las atribuciones que tenemos conferidas,

ACORDAMOS:

Artículo 1. Objeto

A consecuencia de la situación extraordinaria provocada por la pandemia del coronaravirus COVID 19, el objeto de esta orden es:

1. Redistribuir las anualidades de las ayudas convocadas por la Orden conjunta de 31 de diciembre de 2019, de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas y otras acciones de fomento en las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i (DOG núm. 32, de 17 de febrero de 2020), para que las entidades beneficiarias puedan acometer un gasto más ajustado y racional.

2. Modificar el plazo de justificación en la anualidad del 2020, para permitir una mejor consecución de los objetivos previstos en las ayudas, en las siguientes órdenes de convocatoria:

– Orden conjunta de 31 de diciembre de 2019, de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas y otras acciones de fomento en las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2020 (DOG núm. 32, de 17 de febrero de 2020).

– Orden conjunta de 31 de diciembre de 2018, de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2019 (DOG núm. 21, de 30 de enero de 2019).

Artículo 2. Ámbito y régimen de aplicación

1. La redistribución de las anualidades de las ayudas señaladas en el artículo 1.1. de esta orden se regirá por los siguientes parámetros:

La redistribución afecta únicamente a la modalidad A (grupos de referencia competitiva) y a la modalidad B (grupos con potencial de crecimiento), no siendo de aplicación en la modalidad C (proyectos de excelencia).

– Modalidad A (grupos de referencia competitiva):

Un 30 % del crédito correspondiente a la anualidad 2020 se redistribuirá equitativamente en las anualidades de 2021, 2022 y 2023.

Estas ayudas tendrán una duración máxima de cuatro años. El importe total de cada una de las ayudas vendrá determinado por una cuantía estructural más otra variable asociada a la evolución en la generación de recursos por parte del grupo como un indicador genérico de su competencia y capacidad de consolidación, y se distribuirá por anualidades de acuerdo con los siguientes módulos:

1. Módulo estructural anual: compuesto de un fijo de 25.000 € más un variable máximo en la anualidad de 2020 de 10.000 €, y en las anualidades 2021, 2022 y 2023, de 30.000 €, teniendo en cuenta los ingresos medios del grupo, con el objetivo de ajustar el presupuesto a las posibilidades reales de ejecución anuales en función del número de solicitudes evaluadas positivamente y de los recursos disponibles.

2. Módulo variable anual, acumulable al anterior, en función de los ingresos anuales medios del grupo en el período comprendido desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2019, de acuerdo a los siguientes tramos:

Para la anualidad 2020:

– Ingresos medios de 150.000 a 300.000 €: hasta 14.000 € anuales.

– Ingresos medios de 300.001 a 400.000 €: hasta 21.000 € anuales.

– Ingresos medios superiores a 400.000 €: hasta 35.000 € anuales.

Para las anualidades 2021, 2022 y 2023:

– Ingresos medios de 150.000 a 300.000 €: hasta 22.000 € anuales.

– Ingresos medios de 300.001 a 400.000 €: hasta 33.000 € anuales.

– Ingresos medios superiores a 400.000 €: hasta 55.000 € anuales.

-Modalidad B (grupos con potencial de crecimiento):

Un 30 % del crédito correspondiente a la anualidad 2020 se redistribuirá equitativamente en las anualidades de 2021 y 2022.

Las ayudas serán de aplicación por un período de tres anualidades, mediante el pago de una cuantía máxima de 14.000 € en la primera y de 38.000 € en la segunda y tercera.

2. La modificación del plazo de justificación se aplicará únicamente en la anualidad del 2020 y respecto a las ayudas señaladas en el artículo 1.2 de esta orden. Para tal fin, en la anualidad de 2020 y para las universidades del SUG, se establece como fecha límite para remitir la documentación justificativa para el libramiento de los fondos el 30 de noviembre de 2020.

La redistribución de los créditos de las ayudas de la Orden conjunta de 31 de diciembre de 2019, de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas y otras acciones de fomento en las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i (DOG núm. 32, de 17 de febrero de 2020), se imputarán a las aplicaciones presupuestarias 10.40.561B.744.0, 09.A3.561A.781.0 y 09.A3.561A.703.0, correspondientes a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020 en las que existe crédito adecuado y suficiente, con la siguiente distribución por anualidades:

Modalidad

Entidad

beneficiaria

Aplicación

presupuestaria

Crédito (en euros)

2020

2021

2022

2023

2024

Total

Mod. A) GRC

Universidades del SUG

10.40.561B.744.0

1.225.000

1.925.000

1.925.000

1.925.000

7.000.000

Mod. A) GRC

Otras

entidades

09.A3.561A.781.0

70.000

110.000

110.000

110.000

400.000

09.A3.561A.703.0

126.000

198.000

198.000

198.000

720.000

Total

196.000

308.000

308.000

308.000

1.120.000

Mod. B) GPC

Universidades del SUG

10.40.561B.744.0

700.000

1.900.000

1.900.000

4.500.000

Mod. B) GPC

Otras

entidades

09.A3.561A.781.0

42.000

114.000

114.000

270.000

09.A3.561A.703.0

56.000

152.000

152.000

360.000

Total

98.000

266.000

266.000

630.000

Mod. C) Proyectos de

excelencia

Universidades del SUG

10.40.561B.744.0

260.000

275.000

275.000

275.000

125.000

1.210.000

Mod. C) Proyectos de

excelencia

Otras

entidades

09.A3.561A.781.0

60.000

100.000

100.000

100.000

100.000

460.000

Total universidades del SUG

2.185.000

4.100.000

4.100.000

2.200.000

125.000

12.710.000

Total otras entidades

09.A3.561A.781.0

172.000

324.000

324.000

210.000

100.000

1.130.000

09.A3.561A.703.0

182.000

350.000

350.000

198.000

0

1.080.000

Total

354.000

674.000

674.000

408.000

100.000

2.210.000

Total convocatoria

2.539.000

4.774.000

4.774.000

2.608.000

225.000

14.920.000

La Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional sólo financiará las ayudas que correspondan a las universidades del SUG, las cuales se imputarán al Plan gallego de financiación universitaria para el período 2016-2020; las anualidades de 2021, 2022, 2023 y 2024 se integrarán en el nuevo plan de financiación.

Disposición final primera. Recursos

Esta orden podrá ser recurrida mediante recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional o la persona titular de la Presidencia de la Gain en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el DOG, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 12 de junio de 2020

Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional

Francisco Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e

Industria y presidente de la Agencia
Gallega de Innovación