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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 136 Jueves, 9 de julio de 2020 Pág. 27262

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 23 de junio de 2020 por la que se clasifica de interés cultural la Fundación Xesús Bal y Gay.

Examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación Xesús Bal y Gay con domicilio en el Camino del Apeadero 7, en Nois-Foz.

Hechos:

1. El 22 de mayo de 2020 Enrique Rodríguez Baixeras, presidente del patronato de la Fundación, formuló solicitud de clasificación a los efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Xesús Bal y Gay se constituyó en escritura pública otorgada otorgada en A Coruña el 19 de febrero de 2020, por el notario Francisco Manuel Ordoñez Armán, con número 311 de su protocolo, por Enrique Rodríguez Baixeiras, José Arnau Sierra, José Francisco Rivas Chavarría, María del Cielo Fernández Fernández, Antonio Rodríguez Baixeiras, Luís Cámara Palomares, Nerea Rodríguez Rouco, Alba Rodríguez Pérez, José Manuel Romero Moreno y Rafael Rodríguez Postigo.

3. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos, la Fundación tiene por objeto:

a) Promover y fomentar el conocimiento de la música clásica en todas sus manifestaciones y, en particular, la difusión de su conocimiento mediante la organización de actividades y eventos de todo tipo vinculados a la música clásica.

b) La recaudación de fondos y obtención de ayudas -ya sean subvenciones, donativos, o ayudas de cualquier otra índole- destinadas a financiar actividades de formación, de comunicación, de divulgación y de conocimiento de la música clásica, en particular, en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Fomentar e impulsar la organización de festivales de música clásica y, en particular, el Festival de Música Bal y Gay.

d) Promover y fomentar la realización de actividades musicales en ámbitos geográficos y lugares con dificultades para el acceso a las actividades relacionadas o vinculadas con el conocimiento y el disfrute de la música clásica.

4. El patronato inicial de la Fundación está formado por Enrique Rodríguez Baixeras como presidente; José Arnau Sierra como vicepresidente primero; José Manuel Romero Moreno como vicepresidente segundo; José Francisco Rivas Chavarría como tesorero; Nerea Rodríguez Rouco como secretaria; y Rafael Rodríguez Postigo, María del Cielo Fernández Fernández, Antonio Rodríguez Baixeras, Luís Cámara Palomares y Alba Rodríguez Pérez como vocales.

5. La Comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia propuesta de clasificación como de interés cultural de la Fundación Xesús Bal y Gay, en base a las materias que constituyen su objeto fundacional.

6. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del patronato.

7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el reglamento de fundaciones de interés gallego, y según propuesta de la Comisión de secretarios generales, procede su clasificación como de interés cultural y su adscripción a la Consellería de Cultura y Turismo.

Consideraciones legales:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. La escritura de constitución de la Fundación contiene los datos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

3. Según establece el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, corresponde a esta Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, la clasificación de la Fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.

De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de secretarios generales en su reunión del día 15 de junio de 2020,

DISPONGO:

Clasificar de interés cultural la Fundación Xesús Bal y Gay, adscribiéndola al protectorado de la Consellería de Cultura y Turismo.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con el dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, pudiendo interponer previamente y con carácter potestativo recurso de reposición ante lo mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 23 de junio de 2020

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia