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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 156 Miércoles, 5 de agosto de 2020 Pág. 31193

III. Otras disposiciones

Consellería del Mar

ORDEN de 28 de julio de 2020 por la que se publica la redistribución y la ampliación del crédito de la Orden de 12 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para inversiones productivas, incremento de la eficiencia energética y fomento de la reconversión de las empresas acuícolas a fuentes de energía renovables, y para la obtención de servicios de asesoramiento de carácter técnico, científico, jurídico, ambiental o económico en el ámbito de la acuicultura, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), y se procede a su convocatoria para el año 2020, tramitado como expediente anticipado de gasto (código de procedimiento PE205F).

El 27 de diciembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 12 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para inversiones productivas, incremento de la eficiencia energética y fomento de la reconversión de las empresas acuícolas a fuentes de energía renovables, y para la obtención de servicios de asesoramiento de carácter técnico, científico, jurídico, ambiental o económico en el ámbito de la acuicultura, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), y se procede a su convocatoria para el año 2020, tramitado como expediente anticipado de gasto (código de procedimiento PE205F).

La mencionada orden establece en su artículo 3.2 que se podrá ampliar el importe fijado en la convocatoria en caso de que exista crédito disponible derivado de una generación, ampliación o incorporación de crédito, de remanentes de otras convocatorias o en cualquiera de los casos y con las condiciones establecidas en el número 2 del artículo 30 del Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia (Decreto 11/2009, de 8 de enero), sin que ello dé lugar a la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, salvo indicación expresa en contrario en la orden que se publique al efecto.

La Orden de 12 de diciembre de 2019 tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva de las ayudas destinadas a las siguientes acciones:

1. Modalidad A: ayudas destinadas a la realización de actuaciones que tienen por objeto el fomento de una acuicultura sostenible desde una perspectiva medioambiental, socialmente responsable, basada en el conocimiento y competitiva (artículo 48, apartados a), b), c), d), f) y h) del Reglamento (UE) nº 508/2014).

2. Modalidad B: ayudas destinadas a inversiones que aumenten la eficiencia energética y fomenten la reconversión de las empresas acuícolas a fuentes de energía renovables (artículo 48 apartado k) del Reglamento (UE) nº 508/2014).

3. Modalidad C: ayudas destinadas a la obtención de servicios de asesoramiento de carácter técnico, científico, jurídico, ambiental o económico, con el fin de mejorar el rendimiento global y la competitividad de las explotaciones acuícolas y reducir el impacto medioambiental negativo de su funcionamiento (artículo 49 apartado b) del Reglamento (UE) nº 508/2014).

El crédito inicial previsto en el artículo 3 de la orden es el que a continuación se detalla:

Aplicación presupuestaria

Modalidad de ayuda

Año 2020

Año 2021

Total

15.02.723A.772.2

Modalidad A

4.249.000,00 €

5.751.000,00 €

10.000.000,00 €

15.02.723A.772.5

Modalidad B

200.000,00 €

200.000,00 €

400.000,00 €

15.02.723A.772.6

Modalidad C

15.000,00 €

15.000,00 €

30.000,00 €

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria se comprueba que no se presentó ninguna solicitud en la modalidad B y que el crédito inicial de la anualidad 2020, de las modalidades A y C, resulta insuficiente para atender todas las solicitudes presentadas.

En consecuencia, es necesario realizar una redistribución del crédito de los importes correspondientes a la anualidad 2020 de la aplicación presupuestaria 15.02.723A.772.5 de la modalidad B, a las aplicaciones presupuestarias 15.02.723A.772.2 y 15.02.723A.772.6 a las modalidades A y C.

En consecuencia, y según lo establecido en el artículo 30.2.a) del Decreto 11/2009, de 8 de enero, al existir disponibilidad de crédito procedente de una ampliación, es necesario incrementar la cuantía máxima del presupuesto destinado a las ayudas que podrán ser concedidas en las modalidades A y C al amparo de la referida Orden de 12 de diciembre de 2019, con la finalidad de conceder las subvenciones al mayor número de beneficiarios posibles.

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con el dispuesto en el artículo 27.15 del Estatuto de autonomía de Galicia, y en uso de las competencias que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, oído el sector interesado, en virtud de las competencias que tiene atribuida la Consellería del Mar en materia de acuicultura, y en el ejercicio de las atribuciones que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo único

1. Se modifica el crédito destinado a las ayudas convocadas en la Orden de 12 de diciembre de 2019, redistribuyendo el crédito previsto en dicha orden para la anualidad 2020 de la siguiente manera:

Aplicación de origen

Proyecto de origen

Aplicación de destino

Proyecto de destino

Importe

15.02.723A.772.5

2016 269

15.02.723A.772.6

2016.272

85.000,00 €

15.02.723A.772.5

2016 269

15.02.723A.772.2

2016.271

115.000,00 €

2. Se amplía el importe de los créditos correspondientes a la anualidad 2020, destinados a las ayudas que se van a conceder al amparo de la Orden de 12 de diciembre de 2019, en las siguientes cuantías y aplicaciones presupuestarias:

Crédito

Modalidad
de ayuda

Aplicación presupuestaria

Proyecto

Año 2020

Año 2021

Total

Inicial

Modalidad A

15.02.723A.772.2

2016 271

4.249.000,00 €

5.751.000,00 €

10.000.000,00 €

Ampliado

Modalidad A

15.02.723A.772.2

2016 271

4.574.000,00 €

5.751.000,00 €

10.325.000,00 €

Inicial

Modalidad C

15.02.723A.772.6

2016 272

15.000,00 €

15.000,00 €

30.000,00 €

Ampliado

Modalidad C

15.02.723A.772.6

2016 272

100.000,00 €

15.000,00

115.000,00 €

Esta ampliación no da lugar a la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Esta orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de julio de 2020

Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Mar