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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 157 Jueves, 6 de agosto de 2020 Pág. 31367

III. Otras disposiciones

Agencia Instituto Energético de Galicia

RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2020 sobre ampliación de los plazos establecidos en el artículo 25 de la Resolución de 19 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para la realización de auditorías energéticas, implantación de sistemas de gestión y proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas de los sectores industria y servicios para el año 2020, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (Diario Oficial de Galicia número 12, de 20 de enero de 2020).

En el Diario Oficial de Galicia número 12, de 20 de enero de 2020, se publicó la Resolución de 19 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de auditorías energéticas, la implantación de sistemas de gestión y proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas de los sectores industria y servicios, para el año 2020.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 de las bases reguladoras de las ayudas, la fecha límite para ejecutar el proyecto y presentar la documentación justificativa de las inversiones será el 30 de septiembre de 2020.

El artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG núm. 20, de 29 de enero), establece la posibilidad de que el órgano concedente de las subvenciones otorgue, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación, que no excederá de la mitad de este y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros.

Por otro lado, se remite a lo dispuesto con carácter general en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP), en el cual se indica que la ampliación se podrá acordar de oficio o a instancia de parte, antes del vencimiento del plazo de que se trate y si las circunstancias así lo aconsejan.

El 14 de marzo se publicó en el BOE el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. En los últimos meses muchas empresas tuvieron que parar su actividad y parte de su plantilla fueron objeto de ERTE, siendo la situación actual aún anómala en muchas regiones.

En el presente procedimiento de concesión de ayudas se están registrando numerosas solicitudes de prórroga por parte de los beneficiarios, motivadas en las dificultades existentes para ejecutar y justificar las inversiones subvencionadas en la referidas fechas límite dado que la actual crisis sanitaria impide la entrega en plazo de maquinaria debido a rotura de stock de muchos fabricantes y la citada situación de ERTE de muchos trabajadores que dificultan el abastecimiento por los proveedores.

Por todo lo anterior, dado la inexistencia de perjuicios a terceros, sobre la base de los requisitos y condiciones previstos en la normativa anteriormente citada,

DISPONGO:

Primero. Modificar la fecha límite que figura en el artículo 25.1 de las bases reguladoras para ejecutar el proyecto y presentar la documentación justificativa, ampliando el período de ejecución de las actuaciones que se subvencionan y el período para presentar la documentación justificativa de las inversiones hasta el 30 de noviembre de 2020.

Segundo. Publicar esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y en la página web del Instituto Energético de Galicia (www.inega.gal), a los efectos previstos en los artículos 44 y 45.3 de la LPACAP.

Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.3 de la LPACAP, contra este acuerdo no cabe recurso de ningún tipo.

Santiago de Compostela, 31 de julio de 2020

Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia