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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 167 Miércoles, 19 de agosto de 2020 Pág. 33017

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 3 de agosto de 2020 por la que se notifica y se hace pública la resolución del procedimiento para la declaración de abandono de las embarcaciones Río Landro y Río Sor, varadas en el puerto de Viveiro.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44, 45 y 46 de la Ley 39/2015 (BOE núm. 236, de 2 de octubre), del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y por motivos de interés público que lo hacen aconsejable, se hace pública, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, la resolución emitida por la Presidencia de Puertos de Galicia el 21 de julio de 2020 que declara en situación de abandono las embarcaciones Río Landro, con folio 7ª-LU-2-103, y Río Sor, con folio 7ª-LU-2-4-03, varadas en el puerto de Viveiro, de las que, según los datos del Registro Marítimo Español, es propietaria la Asociación para la Promoción del Deporte y Turismo Náutico en la Provincia de Lugo de la que se desconoce su domicilio actual.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, bien que la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La resolución se emite por encontrarse las embarcaciones varadas sin actividad y en un claro estado de abandono desde hace unos diez (10) años en el puerto de Viveiro, con base en lo establecido en el artículo 128 de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre (DOG núm. 236, de 14 de diciembre), de puertos de Galicia, y una vez que no existe constancia de la presentación de alegaciones contra el acuerdo de iniciación del procedimiento.

De acuerdo con la normativa que se cita, y a través de los medios previstos en la Ley 5/2011 (DOG núm. 203, de 24 de octubre), de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, Puertos de Galicia va a proceder a la venta del buque y, de resultar esta fallida, a su despiece y traslado a vertedero autorizado.

Todos los costes de tramitación o que generen las actuaciones a realizar sobre el buque en función de lo que resulte del examen sobre su estado y de su peritación serán a costa del propietario.

La presente resolución la emite la presidenta de Puertos de Galicia en virtud de las competencias conferidas por el artículo 12.3, apartados a) y l), de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa y es ejecutiva, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en un plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela que corresponda.

Santiago de Compostela, 3 de agosto de 2020

Susana Lenguas Gil
Presidenta de Puertos de Galicia