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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 167 Miércoles, 19 de agosto de 2020 Pág. 33012

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 13 de julio de 2020, del Área de Planificación y Proyectos, por la que se hace pública la aprobación del expediente de información pública del itinerario peatonal y ciclista en la AC-840 Porzomillos-Oza dos Ríos, punto kilométrico (p.k.) 5+444-6+729, de clave AC/18/162.06.

El director de la Agencia Gallega de Infraestructuras, por delegación de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad (Orden de 7 de septiembre de 2017, Diario Oficial de Galicia de 20 de septiembre), vistos los informes de las administraciones afectadas en el trámite de información pública, dictó el 10 de julio de 2020 la siguiente resolución:

Resolución de la Agencia Gallega de Infraestructuras por la que se aprueba el expediente de información pública del proyecto de construcción: «Itinerario peatonal y ciclista en la AC-840 Porzomillos-Oza dos Ríos, p.k. 5+444-6+729», de clave AC/18/162.06.

Antecedentes:

Primero. El artículo 6.2 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, y el artículo 12.2 del Decreto 66/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras de Galicia, determinan que los espacios destinados a sendas para peatones o para la circulación de ciclistas tengan la consideración de elementos funcionales de la carretera. Teniendo en cuenta este precepto, la Xunta de Galicia elaboró la estrategia en materia de movilidad alternativa de Galicia, entre cuyos objetivos está el fomento de los sistemas de transporte alternativos a los motorizados, que permitan minimizar las repercusiones sobre el ambiente y sus impactos sociales y económicos.

Segundo. La actuación objeto del proyecto consiste en la ejecución de una senda peatonal y ciclista anexa al margen derecha de la carretera AC-840, en el trecho p.k. 5+444 (núcleo rural de Porzomillos) al p.k. 6+729 (prolongado hasta la gasolinera sita en el p.k. 6+826, antes del núcleo de Oza dos Ríos), en el término municipal de Oza-Cesuras (A Coruña), con un ancho mínimo 1,8 m para garantizar un itinerario continuo que permita realizar dicho recorrido en las adecuadas condiciones de seguridad viaria.

Tercero. En el Diario Oficial de Galicia núm. 7, de 13 de enero de 2020, se publicó el Anuncio de 3 de enero de 2020 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción: «Itinerario peatonal y ciclista en la AC-840 Porzomillos-Oza dos Ríos, p.k. 5+444-6+729», de clave AC/18/162.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Cuarto. Las administraciones afectadas emitieron los correspondientes informes y en el trámite de información pública no se formularon alegaciones.

Fundamentos de derecho:

Primero. La conselleira de Infraestructuras y Movilidad es competente para resolver los expedientes de información pública en materia de carreteras e informes de las administraciones afectadas, de acuerdo con el Decreto 26/2019, de 7 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad. Esta competencia se encuentra delegada en la persona titular de la dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras, según el artículo 8.1.b) de la Orden de 7 de septiembre de 2017 sobre delegación de competencias en el secretario general técnico y en otros órganos y entidades públicas adscritos a esta consellería (DOG núm. 179, de 20 de septiembre).

Segundo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el mencionado proyecto de construcción se sometió al trámite de información pública, durante un período de treinta (30) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

El artículo 22.2 de la citada Ley 8/2013, de 28 de junio, establece que en el caso de estudios o proyectos sometidos a los trámites de información pública e informe de las administraciones afectadas, una vez emitido el informe sobre las alegaciones presentadas, el órgano competente de la administración promotora de la actuación debe adoptar la correspondiente resolución, que puede ser de aprobación definitiva de todo el ámbito del estudio o proyecto o bien solo de una parte de este.

Tercero. Que, simultáneamente al trámite señalado en el párrafo anterior, y a los efectos previstos en el artículo 56.1 del Reglamento de expropiación forzosa, se sometió la información pública la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por la realización de la obra correspondiente.

De acuerdo con todo lo expuesto y tras los informes y certificados presentados,

RESUELVO:

Aprobar el expediente de información pública del proyecto constructivo: «Itinerario peatonal y ciclista en la AC-840 Porzomillos-Oza dos Ríos, p.k. 5+444-6+729», de clave AC/18/162.06, manteniendo el trazado propuesto como definitivo.

Contra esta resolución, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santiago de Compostela, 13 de julio de 2020

Carlos Lefler Gullón
Jefe del Área de Planificación y Proyectos