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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 172 Miércoles, 26 de agosto de 2020 Pág. 33881

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de las Industrias Culturales

EXTRACTO de la Resolución de 21 de agosto de 2020 por la que se aprueban las bases, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones para la realización de funciones de artes escénicas y música durante el año 2020 (código de procedimiento CT406A).

BDNS (Identif.): 520931.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Pueden solicitar las distintas modalidades de subvención las personas que a continuación se señalan:

Artes escénicas.

Modalidad A.1: subvenciones para la realización de funciones de artes escénicas fuera de Galicia.

Personas beneficiarias: personas físicas (autónomas) y/o jurídicas dedicadas profesionalmente a la realización de funciones de espectáculos de artes escénicas que desarrollen la mayor parte de su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Modalidad A.2: subvenciones para la realización de funciones de artes escénicas en Galicia.

Personas beneficiarias: personas físicas (autónomas) y/o jurídicas dedicadas profesionalmente a la realización de funciones de espectáculos de artes escénicas que desarrollen la mayor parte de su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia.

B. Música.

Modalidad B.1: subvenciones para la realización de funciones musicales fuera de Galicia.

Personas beneficiarias: personas físicas (autónomas) y/o jurídicas dedicadas profesionalmente a la realización de funciones de espectáculos musicales que desarrollen la mayor parte de su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Segundo. Finalidad

Fijar las bases que regularán el régimen de subvenciones establecidas por la Agadic para promover la representación de funciones de artes escénicas y música producidas y realizadas por empresas y/o compañías o grupos profesionales que desarrollen la mayor parte de su actividad en territorio gallego, con la excepción de las asociaciones y entidades sin fines de lucro (código de procedimiento CT406A).

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 21 de agosto de 2020 por la que se aprueban las bases, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones para la realización de funciones de artes escénicas y música durante el año 2020 (código de procedimiento CT406A).

Cuarto. Importe

El importe máximo para la financiación de las ayudas incluidas en esta convocatoria es de 160.000 euros de la partida presupuestaria 2020.11.A1.432.B.470.0, para el año 2020, correspondiendo 80.000 euros para funciones de artes escénicas y 80.000 para funciones musicales.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Santiago de Compostela, 21 de agosto de 2020

Román Rodríguez González
Presidente del Consejo Rector de la Agencia Gallega
de las Industrias Culturales