Mediante la presente cédula, y debido a que los deudores comprendidos en la relación que a continuación se inserta no han podido ser encontrados en las direcciones que figuran en los registros de este centro, o que se alegaron distintos motivos para no recibir las notificaciones las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se comunica que:
Deberán ingresar el importe de la deuda en la cuenta bancaria ES86 00815363200001082709 del Banco Sabadell Gallego en los plazos que se señalan en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.
Transcurrido el plazo indicado en el citado artículo sin que se hubiese producido el cobro, se iniciará el período ejecutivo.
Contra esta liquidación se podrá interponer en el plazo de un (1) mes, a contar desde el día siguiente a esta notificación, recurso potestativo de reposición ante el órgano emisor o, en el mismo plazo, reclamación económico-administrativa ante la Junta Superior de Hacienda (Xunta de Galicia).
Para que conste, sirva de notificación a los interesados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido, firmo y sello esta cédula, quedando supeditada la eficacia de esta notificación a su publicación en el tablón edictal único (TEU) del BOE.
Ferrol, 27 de agosto de 2020
Ángel José Facio Villanueva
Gerente del Área Sanitaria de Ferrol