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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 203 Miércoles, 7 de octubre de 2020 Pág. 38684

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO de emplazamiento (RSU 281/20-RCUD 246/20-S).

Tipo y nº de recurso: RSU recurso suplicación 281/2020

Juzgado de origen/autos: SSS Seguridad Social 87/2018. Juzgado de lo Social número 1 de Vigo

Recurrentes: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Cabaleiro Nogueira, S.L., Granitos Ibéricos, S.A.

Recurridos: Tesorería General de la Seguridad Social, Ministerio Fiscal, Jesús Rodríguez Fernández, Maximino Fernández Vázquez, Rocas Graníticas Gallegas, S.A., Cachotes Atios, S.L., Perpiaño de Atios Porriño, S.L., Cabaleiro Nogueira & Fernández, Mantenimiento Construcciones y Jardinería de Galicia, S.L., Graniblock, S.L.

Yo, M. Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 281/2020-RCUD 246/20-S de esta sala, seguido a instancia del Instituto Nacional de la Seguridad Social y otros, contra la Tesorería General de la Seguridad Social, y otros sobre recargo de accidente, se ha dictado la siguiente resolución:

«Diligencia de ordenación letrada de la Administración de justicia María Asunción Barrio Calle.

A Coruña, 15 de septiembre de 2020

El anterior escrito suscrito por el letrado Alberto Briales de Porcioles, en representación de Jesús Rodríguez Fernández, se une al recurso de su razón.

Se tiene por interpuesto el recurso de casación para unificación de doctrina. Fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada por esta sala y emplácese a las demás partes para que se personen por escrito de letrado, ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, dentro del plazo de diez días.

Verificado, remítanse las actuaciones a dicho tribunal.

La parte recurrente se entiende personada de derecho con la remisión de las actuaciones.

Comuníquese al Juzgado de lo Social número 1 de Vigo que la resolución de esta sala ha sido recurrida en casación para unificación de doctrina.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

La letrada de la Administración de justicia».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Maximino Fernández Vázquez, Cachotes Atios, S.L., Rocas Graníticas Gallegas, S.A. y Perpiaño de Atios Porriño, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 15 de septiembre de 2020

La letrada de la Administración de justicia