De conformidad con las disposiciones del artículo 44 y 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de la administración pública (BOE núm. 236, de 2 de octubre), se le notifica y otorga audiencia al titular del establecimiento que en el anexo se menciona, en el procedimiento de baja y cancelación en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Mediante la visita de la inspección se comprobó que en el establecimiento que se relaciona en el anexo no se realiza ni ejerce actividad turística.
Considerando que en el expediente non consta ninguna comunicación de cese de la actividad, esta área provincial acordó, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 7/2001, de 27 de octubre, del turismo de Galicia, y en el artículo 17 del Decreto 82/1987, de 26 de marzo, por el que se crea el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma gallega, iniciar el expediente de baja de oficio del establecimiento relacionado en el anexo.
Los titulares disponen de un plazo de quince (15) días para hacer las alegaciones que consideren pertinentes, y podrán examinar los expedientes y obtener copia de los documentos contenido en ellos en el Área Provincial de Turismo de Lugo.
Lugo, 27 de octubre de 2020
Paloma Vázquez Fernández
Jefa del Área Provincial de Turismo de Lugo
ANEXO
Establecimiento: O Bosque.
Titular: Fernando Prieto Díaz.
Dirección: San Xoán de Alba, N-VI, km 634.
Ayuntamiento: Vilalba.