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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 227 Martes, 10 de noviembre de 2020 Pág. 44686

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 1 de octubre de 2020 por la que se notifica la resolución del procedimiento para la declaración de abandono de la embarcación Rey Novo, amarrada en el puerto de Ribeira.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE núm. 236, de 2 de octubre), del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a Ángel Rey Parada, con DNI ***7967**, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, la Resolución de 15 de septiembre de 2020, de la Presidencia de la entidad pública Puertos de Galicia, que declara en situación de abandono la embarcación de la que es propietario, de nombre Rey Novo y folio 3ª-VILL-3-4390, amarrada en el puerto de Ribeira, por no ser posible la notificación en el domicilio.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La resolución se emite por encontrarse la embarcación amarrada sin actividad ni mantenimiento alguno en claro estado de abandono en el puerto de Ribeira y sin abonar tasas, con base en lo establecido en el artículo 128 de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre (DOG núm. 236, de 14 de diciembre), de puertos de Galicia, y una vez que no existe constancia de la presentación de alegaciones contra el acuerdo de iniciación del procedimiento.

De acuerdo con la normativa que se cita, y a través de los medios previstos en la Ley 5/2011 (DOG núm. 203, de 24 de octubre), de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, Puertos de Galicia va a proceder a la venta del buque y, de resultar esta fallida, a su despiece y traslado a vertedero autorizado.

Todos los costes de tramitación o que generen las actuaciones a realizar sobre el buque en función de lo que resulte sobre su estado y de su peritación serán a costa del propietario.

La presente resolución la emite el presidente de Puertos de Galicia en virtud de las competencias conferidas por el artículo 12.3, apartados a) y l), de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa y es ejecutiva, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en un plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela que corresponda.

Santiago de Compostela, 1 de octubre de 2020

Susana Lenguas Gil
Presidenta de Puertos de Galicia