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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Miércoles, 18 de noviembre de 2020 Pág. 45512

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2020 por la que se da publicidad de la ayuda concedida al amparo de la Orden de 29 de julio de 2020 por la que se establecen las bases del Premio a la innovación bibliotecaria de Galicia y se convoca para el año 2020.

El artículo 15.1 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, establece la obligatoriedad de publicación en el Diario Oficial de Galicia de las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario a que se imputan, el beneficiario, la cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención. Asimismo, según el artículo 17 de la orden de convocatoria, esta resolución se publicará en el DOG, en el portal de la Red de bibliotecas de Galicia (https://rbgalicia.xunta.gal) y en la página web oficial de la Secretaría General de Cultura (https://www.cultura.gal). Esta publicación sustituirá la notificación personal y surtirá los mismos efectos. En virtud de ello,

RESUELVO:

Hacer pública la concesión del Premio a la innovación bibliotecaria de Galicia 2020 al Ayuntamiento de Bóveda, por el proyecto Biblioteca accesible. Un proyecto de integración social de la Agencia de Lectura Municipal de Bóveda, al amparo de la Orden de 29 de julio de 2020 por la que se establecen las bases del Premio a la innovación bibliotecaria de Galicia y se convoca para el año 2020 (procedimiento CT237A). Dicha ayuda fue aprobada con cargo a la aplicación presupuestaria 2020 11 20 432A 760.3, proyecto 2015 00352, con un crédito presupuestario para el año 2018 de tres mil euros (3.000 €).

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien impugnarse directamente a través del recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos (2) meses, que se contarán desde la misma fecha, según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. En todo caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.

Santiago de Compostela, 11 de noviembre de 2020

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Universidad