Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 256 Martes, 22 de diciembre de 2020 Pág. 50252

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 1246/2020-PM).

Tipo y número de recurso: RSU. Recurso de suplicación 1246/2020-PM

Juzgado de origen/autos: PO. Procedimiento ordinario 1006/2017. Juzgado de lo Social número 5 de Vigo

Recurrente: Jesús Rodríguez Fernández

Abogado: Alfredo Briales Porcioles

Recurridos: Fogasa, Caser, S.A., G.I. Granitos Ibéricos, S.A., Graniblok, S.A., Rocas Graníticas Gallegas, S.A., Maximino Fernández Vázquez, Helvetia Cía. Suiza, S.A. de Seguros, Cachotes Atios, S.L., Perpiaño de Atios Porriño, S.L., Cabaleiro Nogueira & Fernandes Lda., Mantenimiento, Construcciones y Jardinería, S.L., Cabaleiro Nogueira, S.L., Generali España, S.A. de Seguros y Reaseguros

Abogados: letrado/a de Fogasa, María Goretti Montero Castro, Mónica Díaz Rey, Beatriz Lago Gómez, Patricia Saborido Froján, Emilio de la Cuesta Mediero, María Belén Raposo Pérez

Procuradores: María del Carmen Vázquez Cueto, Jesús Antonio González-Puelles Casal, María Teresa Pita Urgoiti

Yo, M. Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 1246/2020 de esta sección, seguido a instancia de Jesús Rodríguez Fernández contra la empresa Caser, S.A., G.I. Granitos Ibéricos, S.A., Graniblok, S.A., Rocas Graníticas Gallegas, S.A., Maximino Fernández Vázquez, Helvetia Cía. Suiza, S.A. de Seguros, Cachotes Atios, S.L., Perpiaño de Atios Porriño, S.L., Cabaleiro Nogueira & Fernandes Lda., Mantenimiento, Construcciones y Jardinería, S.L., Cabaleiro Nogueira, S.L., Generali España, S.A. de Seguros y Reaseguros, sobre otros derechos de seguridad social, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:

«Que, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de Jesús Rodríguez Fernández, contra la Sentencia de 6 de noviembre de 2019, dictada por el Juzgado de lo Social número 5 de los de Vigo en el proceso promovido por el recurrente frente a las empresas Rocas Graníticas Gallegas, S.A., Perpiaño de Atios Porriño, S.L., Mantenimiento, Construcciones y Jardinería, S.L., Cachotes Atios, S.L., G.I. Granitos Ibéricos, S.A., Graniblock, S.A., Cabaleiro Nogueira, S.L. y Cabaleiro Nogueira & Fernandes Lda. y contra las entidades aseguradoras Helvetia Compañía Suiza de Seguros y Reaseguros, S.A., Generali España, S.A. y Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., debemos confirmar y confirmamos la sentencia recurrida.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación. Se les hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de dieciséis dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo Observaciones o Concepto de la transferencia los dieciséis dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o
37 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Para que sirva de notificación en legal forma a Cachotes Atios S.L., Perpiaño de Atios Porriño, S.L., Mantenimiento, Construcciones y Jardinería, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se les advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 19 de noviembre de 2020

La letrada de la Administración de justicia