BDNS (Identif.): 541143.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las personas físicas, jurídicas o pluralidad de personas físicas que sean pymes del sector de transformación de los productos pesqueros y de la acuicultura.
Segundo. Finalidad
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para inversiones en pymes de transformación de los productos procedentes de la pesca y de la acuicultura, que tendrán como finalidad realizar inversiones que:
1. Contribuyan a ahorrar energía o reducir el impacto en el medio ambiente, incluyendo el tratamiento de residuos.
2. Mejoren la seguridad, la higiene, la salud y las condiciones de trabajo.
3. Ayuden a la transformación de capturas de pescado comercial que no se puedan destinar al consumo humano.
4. Se refieran a la transformación de subproductos obtenidos de las actividades principales de transformación.
5. Se refieran a la transformación de productos de acuicultura ecológica en virtud de los artículos 6 y 7 del Reglamento (CE) nº 834/2007.
6. Den lugar a nuevos y mejores productos, nuevos o mejores procesos, o nuevos o mejores sistemas de gestión y organización.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 18 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases y se regula el procedimiento, tramitado como expediente anticipado de gasto, para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de ayudas para inversiones en pymes de transformación de los productos pesqueros y de la acuicultura, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), y se convocan para el año 2021 (código de procedimiento PE201B).
Cuarto. Importe
Para el año 2021 las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 15.02.723A.771.1, correspondientes a la Consellería del Mar para 2021. Los importes máximos de las subvenciones que se concedan en dicho ejercicio presupuestario ascenderán a 16.000.000 de euros.
La concesión estará sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución a efectuar, en el presupuesto de gastos para el año 2021.
La distribución por anualidades será la siguiente:
– Anualidad 2021: 6.000.000 de euros.
– Anualidad 2022: 10.000.000 de euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la orden.
Se entenderá como último día del plazo para la presentación de solicitudes el correspondiente al mismo ordinal del día de su publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.
Santiago de Compostela, 18 de diciembre de 2020
Silvia Cortiñas Fernández
Secretaria general técnica de la Consellería del Mar